El Ministerio Fiscal se posiciona a favor de la demanda de SAF en el recurso contra la Instrucción 1/2021 del SAE
Cuando aún siguen llegando al SAF sentencias favorables contra los convocatorias de selección interinos de sucesivos Cuerpos funcionariales por la vía de urgencia por el Covid en el pasado verano, por vulneración de derechos fundamentales, la Instrucción 1/2021 del SAE que desde la Administración pretendía solventar las deficiencias de dichos procedimientos vuelve a incluir como criterio la fecha de inscripción en la oferta de difusión, es decir, el que antes presente la solicitud, todo ello a pesar que desde el SAF ya se advirtió reiteradamente en la Mesa Sectorial de negociación a las máximas responsables de Función Pública que ello supondría nuevamente violación de derechos fundamentales en el acceso a la función pública.
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Sentencia Asesores Técnicos de Prevención: Por fin se ve reflejado su acatamiento en BOJA
En el BOJA de hoy, día 13 de mayo de 2021, POR FIN se procede a la modificación de la RPT, adscribiendo nuevamente a los Centros de Prevención de Riesgos Laborales los puestos de trabajo y las plazas que fueron objeto de redistribución y el personal funcionario que actualmente los desempeña. (Ver disposición)
Recordemos que el recurso del SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS fue consecuencia de la falta de negociación de las modificación de RPT en Mesa Sectorial (una más, recordemos también la relacionada con los Estatutos de la Agencia Tributaria de Andalucía) y que tanto el Juzgado como el TSJA coincidieron en que, al afectar la modificación de las condiciones de trabajo de personal funcionario debían ser objeto de negociación, hecho éste que no ocurrió al usar la Mesa Sectorial cómo una mera Mesa Informativa.
En el propio ACTA que constaba en el expediente administrativo, y que se incluye en los fundamentos de derecho de la SENTENCIA del TSJA, se citaba que:
“La Secretaría General Técnica da la bienvenida a los presentes. Seguidamente, comunica que el motivo de la presente convocatoria es informar a la representación del personal de la modificación de la RPT, conforme a lo previsto en la disposición transitoria única del Decreto 304/2011 y que afecta a los puestos de trabajo desempeñados por técnicos adscritos a las áreas de prevención técnica de los diversos Centros de Prevención de riesgos Laborales”
Desde el SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS seguiremos trabajando para que todo acto o disposición que afecte a las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía sea objeto de una AUTÉNTICA NEGOCIACIÓN en Mesa Sectorial y con ello evitar las constantes mermas en las condiciones de trabajo y las crónicas desdotaciones de puestos; el aumento de la creación de puestos de trabajo por libre designación y el que su provisión sea por concurso de méritos; se acabe con la sustracción de materias del personal funcionario por parte de la Mesa General (conformada en su mayoría por la representación del personal laboral); en definitiva, porque exista una AUTÉNTICA NEGOCIACIÓN y que cese la actitud de desprecio por parte de los gobiernos autonómicos (del color que sean) hacia el SAF, la organización sindical con representación mayoritaria del personal funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía, ya que ese desprecio no es ni más ni menos, que un desprecio hacia el personal funcionario al que representamos.
Recordamos en este punto aquello que el Art. 83 del anteproyecto de Ley de Función Pública de Andalucía pretende legislar en relación al Proceso Negociador, algo tan denostado a lo largo de estos años (independientemente del color de la administración que nos gobierna) y que se nos antoja imposible de conseguir, dados los antecedentes:
“Artículo 83. Proceso negociador.
3.- El proceso de negociación se abrirá en cada Mesa en la fecha que, de común acuerdo, fijen la Administración correspondiente y la mayoría de la representación sindical. A falta de acuerdo, el proceso se iniciará en el plazo máximo de un mes desde que la mayoría de una de las partes legitimadas lo promueva, salvo que existan causas legales o pactadas que lo impidan.
4.- …………”
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ANTEPROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA DE ANDALUCÍA
Resulta entre curioso e insultante, que en la elaboración de una Ley que afecta en su 95% a personal de Administración General de la Junta de Andalucía no se haya dado VOZ al SAF, organización sindical que ostenta la mayoría en este sector desde hace más de una década. Hay que recordar que los sectores educativo, sanitario y de justicia tienen sus propias leyes, acudiendo a esta Ley solo de forma subsidiaria, de ahí su mínima afectación.
Podemos afirmar desde SAF con rotundidad, ahora que el anteproyecto de Ley ya está en el Parlamento andaluz, que la única contribución que el Sindicato Andaluz de Funcionarios hace al mismo se concreta en un extenso trabajo de 69 folios presentado como “Alegaciones” al Texto tras su publicación en el BOJA y el inicio del plazo legal para que cualquier Asociación, Sindicato, colectivo o ciudadano andaluz pueda alegar lo que considere oportuno, en esta o en cualquier Ley.
Los puntos en los que presentamos nuestras ALEGACIONES (muchas de las cuales podrían haber sido obviadas si el SAF hubiera participado en la anunciada Mesa Sectorial) se puede nresumir en los siguientes PUNTOS:
1.- Usurpación de POTESTADES PÚBLICAS y mantenimiento del personal propio de las AGENCIAS.En todos los aspectos referidos, desde SAF hemos aportado no solo nuestro parecer y experiencia, y la del personal funcionario al que representamos, sino que en cada caso y como apoyo y refrendo al mismo, lo hemos hecho acompañar de un gran número de Sentencias de distintos Tribunales de Justica que corroboran los erróneos planteamientos de la futura Ley.
La redacción del articulado de una futura Ley “anti-funcionarial” deslegitima a un partido político que hace diez años presentaba ante el Tribunal Constitucional un recurso a la Ley de Reordenación del sector público andaluz (Ley 1/2011) pero que en la actualidad no le tiembla el pulso para modificar la propia Ley de Administración de la Junta de Andalucía (LAJA) a través de distintas Disposiciones en la última Ley de Presupuestos (Ley 3/2020) y con ello adscribir en una Agencia Administrativa, como la Digital de Andalucía, a personal laboral proveniente de otras entidades del sector público andaluz (SANDETEL y el Consorcio Fernando de los Ríos), lo que era imposible de conformidad con la propia Ley 9/2007.
Por último, dejamos sendos enlaces a dos resúmenes informativos, esquemáticos, sobre este proyecto de Ley. (Pincha AQUÍ)
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