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El Ministerio Fiscal se posiciona a favor de la demanda de SAF en el recurso contra la Instrucción 1/2021 del SAE

En el informe del Fiscal de 20 de abril de 2021, en el proceso por derechos fundamentales 68/21 en el Juzgado de lo contencioso nº11 de Sevilla, se pide la estimación de la demanda interpuesta por nuestra organización sindical contra la Instrucción 1/2021 (de la Dirección-Gerencia del servicio andaluz de empleo, por la que se establecen los criterios de ordenación general para la gestión de candidaturas en ofertas y se modifica la instrucción 3/2020, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las ofertas públicas de empleo), al indicar que:
“no existe circunstancias alguna que justifique que se proceda a la adjudicación de candidatos sin tener en cuenta los méritos de los participantes y estableciendo la adjudicación, una vez acreditadas titulación y disponibilidad según se desprende, por el orden de entrada de la inscripción”, y tras señalar: “...que la selección ha de realizarse mediante procedimientos ágiles que respeten los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad”, concluye que “debe estimarse la demanda interpuesta, al entender que con la actuación de la Administración se vulneran los derechos fundamentales alegados”.

Cuando aún siguen llegando al SAF sentencias favorables contra los convocatorias  de selección interinos de sucesivos Cuerpos funcionariales por la vía de urgencia por el Covid en el pasado verano, por vulneración de derechos fundamentales, la Instrucción 1/2021 del SAE que desde la Administración pretendía solventar las deficiencias de dichos procedimientos vuelve a incluir como criterio la fecha de inscripción en la oferta de difusión, es decir, el que antes presente la solicitud, todo ello a pesar que desde el SAF ya se advirtió reiteradamente en la Mesa Sectorial de negociación a las máximas responsables de Función Pública que ello supondría nuevamente violación de derechos fundamentales en el acceso a la función pública.

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Publicado: 17 Mayo 2021

Sentencia Asesores Técnicos de Prevención: Por fin se ve reflejado su acatamiento en BOJA

Como consecuencia de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla, de 15 de septiembre de 2016, por recurso del SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS, confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se anula la Orden de 27 de diciembre de 2011, por la que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías en relación a puestos de AT de Prevención.

En el BOJA de hoy, día 13 de mayo de 2021, POR FIN se procede a la modificación de la RPT, adscribiendo nuevamente a los Centros de Prevención de Riesgos Laborales los puestos de trabajo y las plazas que fueron objeto de redistribución y el personal funcionario que actualmente los desempeña. (Ver disposición)

Recordemos que el recurso del SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS fue consecuencia de la falta de negociación de las modificación de RPT en Mesa Sectorial (una más, recordemos también la relacionada con los Estatutos de la Agencia Tributaria de Andalucía) y que tanto el Juzgado como el TSJA coincidieron en que, al afectar la modificación de las condiciones de trabajo de personal funcionario debían ser objeto de negociación, hecho éste que no ocurrió al usar la Mesa Sectorial cómo una mera Mesa Informativa.

En el propio ACTA que constaba en el expediente administrativo, y que se incluye en los fundamentos de derecho de la SENTENCIA del TSJA, se citaba que:  

“La Secretaría General Técnica da la bienvenida a los presentes. Seguidamente, comunica que el motivo de la presente convocatoria es informar a la representación del personal de la modificación de la RPT, conforme a lo previsto en la disposición transitoria única del Decreto 304/2011 y que afecta a los puestos de trabajo desempeñados por técnicos adscritos a las áreas de prevención técnica de los diversos Centros de Prevención de riesgos Laborales”

Desde el SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS seguiremos trabajando para  que todo acto o disposición que afecte a las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía sea objeto de una AUTÉNTICA NEGOCIACIÓN en Mesa Sectorial y con ello evitar las constantes mermas en las condiciones de trabajo y las crónicas desdotaciones de puestos;  el aumento de la creación de puestos de trabajo por libre designación y el que su provisión sea por concurso de méritos; se acabe con la sustracción de materias del personal funcionario por parte de la Mesa General (conformada en su mayoría por la representación del personal laboral); en definitiva, porque exista una AUTÉNTICA NEGOCIACIÓN y que cese la actitud de desprecio por parte de los gobiernos autonómicos (del color que sean) hacia el SAF, la organización sindical con representación mayoritaria del personal funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía, ya que ese desprecio no es ni más ni menos, que un desprecio hacia el personal funcionario al que representamos.

Recordamos en este punto aquello que el Art. 83 del anteproyecto de Ley de Función Pública de Andalucía pretende legislar en relación al Proceso Negociador, algo tan denostado a lo largo de estos años (independientemente del color de la administración que nos gobierna) y que se nos antoja imposible de conseguir, dados los antecedentes:

“Artículo 83. Proceso negociador.
1.- Las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley están obligadas a negociar sobre todas las materias que determina la normativa estatal de carácter básico. A estos efectos, se entiende por negociación el intento de buena fe de llegar a un acuerdo entre la Administración y la representación sindical del personal, velando siempre por la satisfacción del interés general y el buen funcionamiento de los servicios públicos, y con sujeción a los límites económico-financieros y presupuestarios.
2.- La Administración y la representación sindical colaborarán activamente en el proceso negociador, proporcionándose mutuamente la información que sea necesaria para estos fines, actuando con lealtad recíproca y procurando soluciones basadas en el consenso y la corresponsabilidad.

3.- El proceso de negociación se abrirá en cada Mesa en la fecha que, de común acuerdo, fijen la Administración correspondiente y la mayoría de la representación sindical. A falta de acuerdo, el proceso se iniciará en el plazo máximo de un mes desde que la mayoría de una de las partes legitimadas lo promueva, salvo que existan causas legales o pactadas que lo impidan.

4.- …………”

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Publicado: 13 Mayo 2021

ANTEPROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA DE ANDALUCÍA

Desde el Sindicato Andaluz de Funcionarios vamos a intentar RECOPILAR las informaciones y opiniones que se han estado vertiendo y que se están generando diariamente sobre el AnteProyecto de Ley de Función Pública andaluza, con el que se pretende acabar con la Ley actual que data del año 1985 y en el que, como es bien sabido, no ha participado el Sindicato Andaluz de Funcionarios a pesar de las promesas no escritas y los compromisos sí escritos, entre ellos el del propio Consejero de Presidencia, Interior y Administración Pública.

Resulta entre curioso e insultante, que en la elaboración de una Ley que afecta en su 95% a personal de Administración General de la Junta de Andalucía no se haya dado VOZ al SAF, organización sindical que ostenta la mayoría en este sector desde hace más de una década. Hay que recordar que los sectores educativo, sanitario y de justicia tienen sus propias leyes, acudiendo a esta Ley solo de forma subsidiaria, de ahí su mínima afectación.

Que en la elaboración de este anteproyecto de Ley SÍ hayan participado sindicatos residuales o inexistentes entre la representación del personal funcionario de administración general (por el hecho de tener representación en la Mesa General) y no lo haya hecho el SAF, dice a las claras el talante de la Función Pública andaluza que existe actualmente en el Gobierno del Cambio y en las manos en las que nos encontramos el personal funcionario. Por otra parte, no dudamos que los sindicatos de clase que han aparecido en la FOTO de presentación del anteproyecto, ahora la criticarán, la matizarán e intenten desmarcarse de los aspectos más polémicos, con la típica estrategia de jugar a dos bandas.

Podemos afirmar desde SAF con rotundidad, ahora que el anteproyecto de Ley ya está en el Parlamento andaluz, que la única contribución que el Sindicato Andaluz de Funcionarios hace al mismo se concreta en un extenso trabajo de 69 folios presentado como “Alegaciones” al Texto tras su publicación en el BOJA y el inicio del plazo legal para que cualquier Asociación, Sindicato, colectivo o ciudadano andaluz pueda alegar lo que considere oportuno, en esta o en cualquier Ley.

En nuestro escrito de Alegaciones analizamos pormenorizadamente el texto íntegro del Proyecto de Ley, que consideramos la “Consolidación de la privatización, politización y el enchufismo en la administración pública andaluza, con la consiguiente merma de derechos consolidados de los funcionarios públicos andaluces tras muchos años de negociación y lucha sindical con la administración andaluza”.

Los puntos en los que presentamos nuestras ALEGACIONES (muchas de las cuales podrían haber sido obviadas si el SAF hubiera participado en la anunciada Mesa Sectorial) se puede nresumir en los siguientes PUNTOS:

1.- Usurpación de POTESTADES PÚBLICAS y mantenimiento del personal propio de las AGENCIAS.
2.- La figura del DIRECTIVO PROFESIONAL y la LIBRE DESIGNACIÓN: Hacia la privatización y el control político de la administración andaluza.
3.- La CARRERA HORIZONTAL y las RETRIBUCIONES: Hacia la pérdida de derechos retributivos.
4.- Los PROCESOS SELECTIVOS: Introducción del concepto de Idoneidad y eliminación del concepto de Objetividad, con el consiguiente quebranto de los principios de Igualdad, Mérito y Capacidad en el acceso. Adiós a la “meritocracia” y apuntalamiento del enchufismo.
5.- MOVILIDAD del personal funcionario: Concurso ordinario de méritos, Concurso específico y movilidad voluntaria provisional.
6.- Merma alarmante de la NEGOCIACIÓN SINDICAL y la participación en las modificaciones de las RPTs.

En todos los aspectos referidos, desde SAF hemos aportado no solo nuestro parecer y experiencia, y la del personal funcionario al que representamos, sino que en cada caso y como apoyo y refrendo al mismo, lo hemos hecho acompañar de un gran número de Sentencias de distintos Tribunales de Justica que corroboran los erróneos planteamientos de la futura Ley.

Es comprensible que en una Secretaría General para la Administración Pública afloren las ocurrencias como la de “El Genoma del Funcionario” (ahora desmentido por el Consejero tras la alarma social creada) ya que parece que todo vale.

La redacción del articulado de una futura Ley “anti-funcionarial” deslegitima a un partido político que hace diez años presentaba ante el Tribunal Constitucional un recurso a la Ley de Reordenación del sector público andaluz (Ley 1/2011) pero que en la actualidad no le tiembla el pulso para modificar la propia Ley de Administración de la Junta de Andalucía (LAJA) a través de distintas Disposiciones en la última Ley de Presupuestos (Ley 3/2020) y con ello adscribir en una Agencia Administrativa, como la Digital de Andalucía, a personal laboral proveniente de otras entidades del sector público andaluz (SANDETEL y el Consorcio Fernando de los Ríos), lo que era imposible de conformidad con la propia Ley 9/2007.

Y cuando decimos UN partido lo afirmamos con la seguridad y la rotundidad de que, hasta este momento, el resto de partidos del arco parlamentario andaluz TAMPOCO han participado un ápice en la elaboración de este anteproyecto de Ley (ni los del Pacto de Gobierno, ni los de la oposición) y será ahora, en trámite parlamentario cuando confiamos en que expongan sus discrepancias y este proyecto de Ley, por el bien de todo el personal funcionario de administración general de Andalucía, no llegue a ver su luz en las condiciones actuales.

Por último, dejamos sendos enlaces a dos resúmenes informativos, esquemáticos, sobre este proyecto de Ley. (Pincha AQUÍ)

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Publicado: 29 Abril 2021
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