AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA: UNA SITUACIÓN QUE NO PUEDE CONTINUAR
El SAF tiene constancia de personas en situación de baja laboral vinculada a cuadros de estrés y ansiedad derivados del entorno de trabajo. Esta realidad exige una respuesta inmediata.
| TRES ESCRITOS FORMALES SIN RESPUESTA: EL SAF ACTÚA, LA ADMINISTRACIÓN CALLA |
HASTA LA FECHA, LA ADMINISTRACIÓN NO HA RESPONDIDO A NINGUNO DE LOS TRES ESCRITOS NI HA CORREGIDO LAS PRÁCTICAS DENUNCIADAS.
Este silencio administrativo no detendrá la acción del SAF. Refuerza, si cabe, nuestra determinación de utilizar todas las vías legales disponibles para defender al personal afectado.
| PRINCIPALES IRREGULARIDADES DETECTADAS EN LA AGENCIA |
Las denuncias recibidas por el SAF abarcan un amplio espectro de vulneraciones que afectan prácticamente a todos los ámbitos de la relación laboral:
- Vacaciones, asuntos particulares y permisos: negativas a días sueltos, denegaciones sin motivación escrita y comunicación verbal de criterios sin resolución formal.
- Denegación de permisos para asistir a pruebas selectivas oficiales convocadas por Administraciones Públicas, derecho reconocido expresamente en la normativa vigente.
- Limitación de visitas médicas a un máximo de 3 horas en lugar del tiempo indispensable que establece la ley, afectando a consultas, pruebas diagnósticas, rehabilitación y urgencias sin aviso previo.
- Obstáculos a la conciliación familiar: lactancia, reducción de jornada, cuidado de hijos, personas mayores y familiares hasta segundo grado con dependencia.
- Posible discriminación por razón de sexo: el ejercicio de derechos de maternidad, corresponsabilidad o cuidados se convierte en motivo de presión sobre la productividad, afectando especialmente a las mujeres.
- Presiones sobre el personal interino por ejercer derechos reconocidos y exigencia de mantener idéntica carga de trabajo pese a permisos o reducciones de jornada en vigor.
- Restricciones improcedentes en teletrabajo: denegación del día de teletrabajo en semanas con vacaciones o asuntos propios, exigencia de cuatro días presenciales mínimos y uso indebido del Plan General de Inspección 2025-2026 para justificar limitaciones que dicho Plan no habilita.
- Falta de transparencia en productividad, cargas de trabajo y criterios organizativos: modificaciones sin explicación, decisiones comunicadas verbalmente y ausencia de instrucciones escritas.
- Rotación inestable de puestos sin planificación ni justificación suficiente, generando inseguridad y desorganización en los equipos.
- Deterioro del clima laboral con riesgo psicosocial: testimonios que describen un ambiente de angustia, estrés y malestar sostenido.
| IMPORTANTE: Si trabajas en la Agencia Andaluza de la Energía y has vivido alguna de estas situaciones, contacta con el SAF. Tu testimonio es fundamental para nuestra actuación. Escríbenos a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o llámanos al 954 223 557. |
| LO QUE EL SAF EXIGE A LA ADMINISTRACIÓN |
El SAF reclama a la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía y a los órganos competentes de la Consejería que adopten de forma inmediata las siguientes medidas:
- Aplicar al personal funcionario de carrera e interino la normativa que le corresponde, cesando la aplicación de criterios propios del convenio colectivo del personal laboral.
- Garantizar que toda denegación de permisos, vacaciones, teletrabajo o derechos de conciliación se realice por escrito, con motivación jurídica concreta y recursos procedentes.
- Respetar íntegra e incondicionalmente los derechos de conciliación, salud familiar, lactancia, reducción de jornada, visitas médicas, urgencias y asistencia a pruebas selectivas.
- Cesar cualquier presión, penalización o trato desfavorable por el ejercicio de derechos reconocidos, especialmente respecto del personal interino y de las trabajadoras.
- Garantizar la transparencia en productividad, cargas de trabajo, criterios de organización, vacaciones y teletrabajo.
- Evaluar con carácter urgente el clima laboral y los posibles riesgos psicosociales existentes en la Agencia.
- Convocar al SAF a una reunión urgente con la Dirección Gerencia y los órganos competentes de la Consejería para adoptar medidas correctoras efectivas.
Queda en evidencia que ambas persisten en las prácticas discriminatorias que ya ejercían contra los representantes legales del colectivo funcionarial cuando estaban al frente de la Función Pública, trasladándolas ahora al personal de la agencia que dirigen.
En consecuencia en el día de hoy hemos dirigido un escrito al Consejero de Industria, Energía y Minas en el que denunciamos la situación descrita y solicitamos su intervención inmediata, así como una respuesta formal a este Sindicato, con el fin de garantizar la correcta aplicación de la normativa vigente y la protección de los derechos del personal funcionario de carrera e interino adscrito a la Agencia Andaluza de la Energía.
DE NO PRODUCIRSE UNA RESPUESTA INMEDIATA, EL SAF ACTIVARÁ TODAS LAS VÍAS JURÍDICAS DISPONIBLES: DENUNCIA ANTE ORGANISMOS COMPETENTES, EVALUACIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES, Y LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVAS O PENALES QUE PROCEDAN.
| RECUERDA: Tus derechos como funcionario/a no dependen de la voluntad de quien te gestiona. Están reconocidos por ley. El SAF está aquí para que se respeten. |
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SAF SOLICITA AL GOBIERNO LA RECUPERACIÓN ÍNTEGRA DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS
El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha presentado ante el Consejo de Ministros, a través de la Presidencia del Gobierno y de los Ministerios para la Transformación Digital y de la Función Pública y de Hacienda, una solicitud formal para que se apruebe con carácter urgente un real decreto-ley que restituya el importe íntegro de las pagas extraordinarias del personal empleado público.
Esta iniciativa responde a una situación de injusticia retributiva que se prolonga ya más de quince años: los recortes introducidos por el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, adoptados como medida excepcional para reducir el déficit público en plena crisis económica, siguen afectando hoy a las nóminas de miles de funcionarios, pese a que el contexto que los justificó ha quedado completamente superado.
| EL RECORTE DE 2010: UNA MEDIDA TEMPORAL QUE LLEVA 15 AÑOS VIGENTE |
El RDL 8/2010 estableció para la paga extraordinaria de diciembre unas cuantías reducidas de sueldo y trienios, congelando esos importes en valores inferiores a los de una mensualidad ordinaria. Lo que nació como una medida coyuntural y temporal se ha consolidado de facto como una merma permanente del poder adquisitivo del personal público.
A ello se añade una anomalía retributiva de especial gravedad: en la tabla fijada por el RDL 8/2010, el subgrupo A1 —el de mayor titulación exigida y mayor responsabilidad— percibe en la paga extraordinaria una cuantía de sueldo y trienios inferior a la de los subgrupos A2 y B. Esta inversión retributiva carece de toda lógica y vulnera los principios básicos de coherencia, proporcionalidad y racionalidad del sistema retributivo de la función pública.
DATO: El subgrupo A1 cobra menos en paga extra que el A2 y el B, tanto en sueldo como en trienios. Así lo fijó el RDL 8/2010 y así sigue, quince años después, sin que ningún gobierno lo haya corregido
| LO QUE SAF EXIGE AL GOBIERNO |
En el escrito presentado ante el Consejo de Ministros, SAF solicita expresamente que el real decreto-ley contemple las siguientes medidas:
- Recuperación íntegra de las pagas extraordinarias, de modo que cada una incluya una mensualidad completa de sueldo y trienios, equivalente a la de una mensualidad ordinaria, además del complemento de destino o concepto equivalente.
- Eliminación de las cuantías reducidas de sueldo y trienios en las pagas extraordinarias introducidas por el RDL 8/2010 y mantenidas, directa o indirectamente, en la normativa presupuestaria posterior.
- Corrección inmediata de cualquier tabla retributiva en la que un subgrupo superior figure con una cuantía inferior a la de un subgrupo de clasificación inferior en concepto de sueldo o trienios de paga extraordinaria.
- Disposición habilitante para que el Gobierno y las Administraciones Públicas competentes efectúen las adaptaciones presupuestarias y de nómina necesarias, con efectos desde el 1 de enero del ejercicio correspondiente.
SAF EXIGE QUE SE PONGA FIN A UN RECORTE EXCEPCIONAL QUE LLEVA 15 AÑOS CONVERTIDO EN PERMANENTE.
| EL MOMENTO ES AHORA: EL GOBIERNO YA HA USADO EL REAL DECRETO-LEY PARA SUBIDAS SALARIALES |
SAF recuerda en su escrito que el propio Gobierno de España ha recurrido recientemente al real decreto-ley para regular incrementos retributivos del personal al servicio del sector público en un contexto de prórroga presupuestaria. No existe, por tanto, ningún obstáculo normativo para abordar también, con ese mismo instrumento, la recuperación íntegra de las pagas extraordinarias y la corrección de la anomalía retributiva existente.
La medida solicitada, además, debe tener carácter básico y resultar aplicable al conjunto de las Administraciones Públicas, al afectar a las bases del régimen estatutario del personal funcionario y a la coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal.
POSICIÓN SAF: La recuperación íntegra de las pagas extraordinarias no es una mejora discrecional. Es la restitución de un derecho retributivo recortado por una medida excepcional adoptada en un contexto económico ya superado. El SAF continuará con todas las acciones que sean necesarias hasta conseguirlo.
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COMUNICADO CONJUNTO SAF – CSIF – UGT: Acuerdo sobre la resolución de homogeneización del teletrabajo en la Junta de Andalucía
El pasado 21 de abril de 2026, SAF, CSIF y UGT suscribimos con la Administración un Pacto en el seno de la Mesa Sectorial de Negociación mediante el que ésta se comprometía a culminar la aprobación del futuro Decreto de Teletrabajo antes del 30 de septiembre de 2026 y asumía la implantación de un marco provisional de aplicación homogénea del teletrabajo que permitiera dotar a esta modalidad de prestación de servicios de un marco más claro, homogéneo y estable hasta la entrada en vigor del nuevo Decreto.
Como desarrollo de este Pacto, la Administración ha aprobado ahora una resolución de homogeneización del teletrabajo, de aplicación inmediata en toda la Administración General de la Junta de Andalucía.
Durante las últimas semanas, SAF, CSIF y UGT hemos presionado para que dicha resolución incorpore el mayor número posible de garantías y mejoras para el personal empleado público.
Esta resolución pone fin a la actual disparidad de aplicación de criterios entre centros directivos y establece reglas claras y comunes para todo el personal funcionario, recogiendo mejoras reales respecto a la situación anterior.
Principales mejoras conseguidas:
- Todos los días hábiles de la semana son teletrabajables, de manera que la solicitud de teletrabajo podrá referirse a cualquiera de los días laborables.
- Los días de teletrabajo no se ven reducidos por festivos, puentes, permisos, vacaciones o ausencias justificadas.
- Silencio administrativo positivo: si la Administración no resuelve en el plazo de dos meses, la solicitud se entiende concedida.
- Causas de denegación tasadas y regladas, con la garantía de un mínimo de presencialidad semanal que deberá aplicarse de forma objetiva y motivada.
- Mayores garantías frente a la revocación: trámite de audiencia y preaviso suficiente, evitando decisiones unilaterales sin la debida justificación.
- El personal de atención a la ciudadanía por vías telemáticas pasa a poder acceder al teletrabajo, siempre que quede garantizada la adecuada prestación del servicio.
- El personal directivo y de coordinación de equipos podrá acceder al teletrabajo en supuestos excepcionales debidamente justificados.
- Flexibilización del requisito de antigüedad para solicitar el teletrabajo.
- Prohibición expresa de mecanismos de control y vigilancia desproporcionados sobre la persona teletrabajadora.
- Tramitación electrónica obligatoria de las solicitudes, lo que agiliza y unifica el procedimiento en toda la Junta.
- Mayor seguridad jurídica y flexibilidad en la ubicación del teletrabajo.
Seguimos trabajando
No obstante lo anterior, la Administración continúa manteniendo una visión más restrictiva del teletrabajo que la existente en otras administraciones públicas, lo que limita el alcance de algunas de las mejoras planteadas por las organizaciones sindicales.
SAF, CSIF y UGT continuaremos exigiendo a la Administración el cumplimiento del calendario comprometido para la aprobación del Decreto de Teletrabajo antes del 30 de septiembre de 2026.
Queremos manifestar nuestro profundo rechazo a la actitud mostrada por las 2 organizaciones sindicales que se autoexcluyeron de este proceso de negociación y que durante semanas se han dedicado a obstaculizar nuestro trabajo y a desinformar.
Desde nuestras organizaciones continuaremos defendiendo la ampliación del teletrabajo a dos días semanales, tal y como recoge el proyecto de decreto, por lo que exigimos que su implantación definitiva no se demore más de dos meses desde su publicación, evitando que la efectividad de la nueva regulación quede aplazada por desarrollos internos, criterios organizativos posteriores o retrasos administrativos.
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