CONVALIDACIÓN DEL DECRETO LEY DE CREACIÓN DE LA AGENCIA TRADE
Desde el Sindicato Andaluz de Funcionarios podemos afirmar con rotundidad que son tan responsables de la actual situación de politización y desprofesionalización de la administración de la Junta de la Andalucía tanto aquellos que durante décadas construyeron una red clientelar de proporciones bíblicas, como éstos que teniendo ocasión de derruirlas están optando por mantenerlas, intentándonos hacer creer que con una manita de chapa y pintura está todo solucionado.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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Impugnamos llamamientos SAE de Interinos, habiendo personas en las Bolsas
Desde el SAF estamos siendo testigos de cómo, a pesar de haberse incluido a numeroso personal en las Bolsas de Interinos el 1 de julio de 2021, se nos ha ido convocado durante todo el mes de julio y en todas las provincias a numerosas Comisiones de Valoración para la baremación de candidatos propuestos por el SAE (procesos iniciados mediante Oferta Genérica al SAE), a sabiendas de que existía personal en la Bolsa del Cuerpo correspondiente y con la condición de disponible, con la burda excusa desde la DGRHFP que cuando se inició el procedimiento no había personal en la BOLSA.
Hemos alegado en dichos procedimientos y exigido a la DGRHFP que en dichos casos la Administración esta obligada a declarar el archivo del procedimiento por desaparición sobrevenida del objeto del mismo, ya que la única razón de ser del procedimiento por oferta genérica al SAE es la inexistencia de personal en BOLSA, siendo un procedimiento excepcional y subsidiario, procediendo por tanto el archivo y el llamamiento urgente de personal de la Bolsa, acto éste que además es más rápido para la propia Administración, que tanto usa como excusa la celeridad y urgencia.
Pues bien, se esta seleccionando personal sin experiencia previa en la Administración y sin haber acreditado nunca la superación de ningún ejercicio en una fase de oposición existiendo personal que si tiene los conocimientos específicos suficientes y acreditados por la superación de pruebas en las oposiciones del Cuerpo a seleccionar, lo que entendemos es una grave vulneración de los principios constitucionales que rigen el acceso a la condición de personal funcionario interino (igualdad, mérito y capacidad)
Desde el SAF no vamos a ser meros testigos de lo que esta pasando ni colaboradores necesarios en dichos procesos por lo que, además de la impugnación de este procedimiento ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, no vamos a asistir a las Comisiones de Valoración cuando exista personal disponible en Bolsa, presentando escritos instando a que se archive el procedimiento y que así conste en acta.
SEGUIMOS LUCHANDO POR TUS DERECHOS
Informativo concurso de méritos 2021 y grupo de trabajo bolsa única para funcionario interino
Durante la semana pasada y esta, se han celebrado reuniones informativas, que de informativa solo tenía el nombre, en relación con la convocatoria del próximo concurso de méritos.
El número total de plazas convocadas por las distintas Consejerías, Delegaciones Territoriales y Agencias son de casi 3200 puestos de trabajo. Número inferior a otras convocatorias, y esto se debe a la detracción masiva de puestos base para ofertarlos a los nuevos funcionarios, y por supuesto por la insultante desdotación de las RPT de la Administración General de la Junta de Andalucía.
BOLSA ÚNICA PARA PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO.
La cuestión principal para la constitución de dicha bolsa, va a ser los criterios para ordenarla. Por parte del SAF, como siempre hemos apostado, es que estas bolsas deberán ordenarse en primer lugar por aquellos opositores de la última Oferta de Empleo Público que habiendo superado los ejercicios propuestos por el Tribunal correspondiente, por la nota establecido por dicho Tribunal, no hubieran aprobado el proceso selectivo en cuestión. Esa ensoñación de ser aprobado sin plaza, no tiene cabida.
Nuestra propuesta es la siguiente en relación con la modificación del artículo 28 de Decreto 2/2002:
“La Bolsa Única estará integrada por un listado de candidatos, en donde figurará en primer lugar aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado éste, sí han obtenido la puntuación que la Comisión de Selección considere suficiente. Las listas se ordenarán en función de la puntuación obtenida por los candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin.
Agotados los candidatos del proceso selectivo de la última Oferta de Empleo Público en que se hubieran convocado plazas de su Cuerpo y/o Especialidad, se incluirán a continuación en la Bolsa Única aquellos que hubieran superado pruebas selectivas de las tres últimas Ofertas de Empleo Público en que se hubieran convocado plazas para su Cuerpo y/o Especialidad, teniendo preferencia aquellos que hubieran superado ejercicios de la Oferta de Empleo Público más reciente.
A continuación de los anteriores, se incluirá a aquellos candidatos que cumplan el requisito de haber superado en algún momento un ejercicio de prueba selectiva de su Cuerpo y/o Especialidad, y se tendrá en cuenta para la ordenación de estos candidatos la experiencia profesional, la formación y la superación de ejercicios de pruebas selectivas correspondientes al Cuerpo, Especialidad, Opción o, en su caso, Subopción, al que se participe.
En último lugar, en defecto de los anteriores, se podrán incorporar candidatos atendiendo a la formación y a la experiencia profesional en el Cuerpo y/o Especialidad correspondiente u otros méritos que se quieran apreciar, pero teniendo carácter preferente la experiencia profesional.
Desde SAF hemos solicitado a la Consejería de Presidencia que inste al gobierno del “cambio” la derogación del Decreto Ley 5/2013, no es lógico que tengamos más de una norma de regulación de las bolsas de interinos. Bolsa única, deberá estar regida por la Orden que la regule. Solo un colectivo, sin privilegios.
En relación con las ofertas genéricas al SAE, actualmente un auténtico escándalo. SAF ha propuesto en la modificación del artículo 28 del Decreto 2/2002:
“Si durante la gestión de oferta genérica al SAE se incluyera a personal disponible en la Bolsa Única con carácter previo al nombramiento, se procederá al archivo de dicha oferta genérica por desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento”
El acceso a la función pública andaluza debe estar regido por los principios constituciones de igualdad, mérito y capacidad. Junto a los de publicidad y libre concurrencia. No tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico privilegios para un colectivo de ciudadanos.
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