En el día de hoy se ha celebrado una reunión de la Mesa Sectorial en la que se han sometido a negociación los siguientes puntos:
Punto 1.- Aprobación actas pendientes
No se ha incluido nuestra intervención en Mesa Técnica en el acta de Mesa Sectorial a pesar de que se nos dijo que se haría. Solicitamos que se incluya como anexo al acta y a partir de ahora reiteraremos todas nuestras intervenciones.
Por parte de la Administración se indica que las transcripciones se anexan al acta de la Mesa Técnica, no a la de la Mesa Sectorial. Insistimos en que al no figurar como anexo se nos dificulta a efectos de impugnación. Según la Administración las actas son resúmenes y seguirán con el mismo procedimiento.
Punto 2.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ). Expte 350/22.
Comenzamos subrayando que, una vez más, no se ha tenido en cuenta ninguna de las alegaciones hechas por nuestro sindicato en las últimas Mesas Técnicas. Esto vuelve a dejar patente el talante negociador de esta Administración en estas cuestiones.
Estamos de acuerdo con la modificación puesto que al no haber una memoria que regule exactamente en qué consiste el requisito de “formación en documentación” requerido para la ocupación del puesto, supone un impedimento.
Así mismo, si se ha realizado la modificación en la denominación de la plaza debería quitarse la palabra Documentación del nombre ”sección Documentación e Información” y pasar a denominarse únicamente “Sección de Información” o como el departamento de servicios centrales “Sección de Información y Difusión”. La Administración manifiesta que no pueden atender a esta cuestión porque afectaría a más puestos y retrasaría la tramitación. Desde SAF lo consideramos razonable pero pedimos que lo tengan en cuento para el futuro.
Punto 3.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía. Expte 26/23.
Se debería haber aprovechado esta propuesta para cambiar el modo de provisión del puesto, pues atendiendo a lo expresado en la memoria justificativa nada apunta a que este puesto deba seguir siendo PLD, debiendo pasar a PC. Más si cabe cuando no solo se ha modificado la denominación del puesto y ubicación del puesto, si no también las funciones. Esto justifica la necesidad de cambiar su forma de provisión a concurso.
Igualmente para todos los puestos con niveles inferiores a 30, el procedimiento de provisión debiera ser PC.
Estamos en desacuerdo con la adscripción del puesto a Sevilla.
Punto 4.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Expte 243/22.
Mostramos nuestra negativa a la creación de puestos PLD. Estamos de acuerdo en incrementar el número de personas de secretarías de altos cargos pero que sea por concurso.
Sobre redistribución de Servicios observamos que se podrían unificar los tres Servicios; ahora es el momento de hacerlo. Se pierde una buena ocasión de equiparación aunque ello implique un aumento de gasto, como se ha hecho en el SAE.
En cuanto a la plaza de A.T. Enseñanzas Deportivas reiteramos que es el momento para que esta plaza sea solo A1, quitar la adscripción AX y modificar el cuerpo preferente a A1.2027.
La plaza de Coordinador IACP del área de evaluación y acreditación, en función de lo expuesto en la memoria que se ha remitido a las centrales sindicales por la asunción de gestión económica en fondos europeos, no se justifica el carácter AX de la misma solicitando la eliminación de la misma.
Punto 5.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Cierre Centro Actividades Náuticas de Almería. Expte 511/21.
Nos mostramos conformes con la propuesta, especialmente con la eliminación de PLD que no deben recuperarse.
Punto 6: Punto 6.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Expte 312/22.
Reiteramos los manifestado en la Mesa Técnica del pasado 7 de febrero.
Punto 7.- Negociación de la Resolución por la que se convocan proceso selectivo de acceso libre para ingreso en en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020), correspondiente a la OEP 2021, y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas.
Se amplía de uno a dos los exámenes orales, eliminándose el examen que era sobre pregunta de desarrollo, a lo cual nos oponemos, entendemos que con un examen oral es suficiente y se rebajaría también el margen de subjetividad y de “fortuna” entre comillas, que supone la selección aleatoria o al azar de seis temas del temario y la gran cantidad de factores que juegan en un examen oral. Entendemos necesario la existencia de un examen que suponga desarrollo escrito de un tema.
Así mismo, observamos una falta de publicidad de los criterios de corrección que el Tribunal (Comisión de Selección) va a tener en cuenta, esencialmente para los ejercicios segunda tercero y cuarto. Se estarían vulnerando los principios de seguridad jurídica, publicidad, transparencia e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos relativo al deber de motivación de los actos administrativos en los que se ejercitan potestades discrecionales como es el caso de la discrecionalidad técnica de la que gozan los tribunales de selección y que tiene como importante contrapeso la doctrina del control jurisdiccional de los aledaños del juicio técnico. Es abundante la jurisprudencia en este sentido sobre la necesidad de publicidad previa de los criterios de corrección.
La Administración informa que sí se van a publicitar los criterios de valoración antes de cada ejercicio.
El apellido como último criterio de desempate se va a eliminar.
Punto 8.- Información de cuestiones correspondientes a los procesos selectivos ordinarios y de estabilización.
La Administración nos informa de lo siguiente respecto a la resolución de los procesos en curso:
Promoción Interna: En los procesos de estabilización el A2.1100 es el que está más retrasado. En próximos días el tribunal informará sobre los recursos.
Faltan por convocar el C.1 que se prevé no antes del 25 de marzo y los cuerpos A1.2200 y A2.2200 que están pendientes de acordar con el centro directivo. No tienen previsión de plazos respecto a esto 2 últimos cuerpos.
Acceso Libre: Prevén terminar en el primer semestre del año 3 cuerpos generarles: A1.11, A1.12, A2.11.
Faltan por convocar los cuerpos A1.600 (se prevé convocar un próximos días) y A1.2200.
Ha habido problemas con el BOJA. No han informado de los nuevos criterios de publicación y han supuesto algún retraso.
Van a publicar un documento con las previsiones próximamente.
Respecto al problema de las áreas funcionales de los cuerpos de doble adscripción, nos informa que han elaborado un informe jurídico al respecto que nos leen y nos facilitarán. En resumen consideran que el Decreto 2/2002 establece funcionarios “podrán” permanecer en puestos de doble adscripción pero no obliga a ello. Por tanto consideran que los aspirantes deberán cumplir también el requisitos del puesto de trabajo. Daría problemas en cuestiones como concursos de traslados. Dicen que siempre se ha hecho así pero por primera vez se ha metido en “las bases”.
Les aclaramos que no se ha incluido en las bases, si no en la oferta de vacantes. Han cambiado las reglas del juego al final de la partida y por eso consideramos que es ilegal. La Administración reconoce que no está en las bases. Lo dijo así por error técnico pero insiste en que siempre se ha hecho así y lo único que han hecho ha sido darle literalidad a esta cuestión para evitar problemas.
Los aspirantes se han presentado con unas reglas del juego y ahora no se pueden cambiar a última hora y menos yendo en contra de precedentes administrativos en los últimos años. Advertimos de que jurídicamente no se sostiene y que se avecina una avalancha de impugnaciones judiciales.
Según la Administración, no están cambiando nada si no que se está aclarando un aspecto. La Directora General manifiesta que si un juez dice que un conservadores de museos pueden estar en Oficinas Comarcales Agrarias lo acatarán pero consideran que no es lógico. Es cierto que no aparece en las bases pero “la ley está por encima” y obliga a hacer ese cambio (no dice ni qué Ley, ni qué artículo). Además no pueden permitir de cara a la ciudadanía que un conservador de museos sean nombrados en una OCA. En el futuro lo incluirán en las bases.
Por otro lado, nos informan que no van a pagar indemnizaciones de oficio por cese de interinos.
Punto 9.-Información sobre las bolsas del personal funcionario e interino.
ISA lee un “manifiesto unitario” firmado por ellos mismos, UGT y CC.OO. Por otra parte CSIF no lo ha firmado pero dice estar de acuerdo. Afirman que es injusto el cese de personal interino que no ha superado los procesos de estabilización. Consideran que los repetidos procesos de estabilización hechos a medida de un colectivo concreto han sido insuficientes y afean a la Administración una supuesta “falta de compromiso”.
Van a publicar un listado de personas que cumplen los requisitos del colectivo I para que sepan que en caso de ser cesados integrarían parte de ese colectivo. Los 3 requisitos a cumplir serían haberse presentado al proceso selectivo de estabilización, no haberlo superado y tener más de 15 años de experiencia. Esperan publicarlo antes de Semana Santa.
Respecto a las prorrogas y ceses de personal interino, la Administración aclara que los nombramientos vinculados a programas permiten 3+1 años y es el centro directivo el que tiene que hacer una memoria justificando la prorroga para poderse autorizar. En igualdad de condiciones, el criterio de quién cesa lo decide el órgano gestor en función de sus necesidades.
Punto 10.- Información sobre el concurso de méritos
La Administración afirma que no pueden convocar un concurso porque están inmersos en las ofertas de vacantes y el “movimiento” que esto supone lo impide. Una vez que esa fase termine se lo plantearán. Puede que coincida con la entrada en vigor del concurso de abierto y permanente en cuyo caso se haría de esa manera.
Desde el SAF no entendemos en qué afecta la oferta de puestos base por la resolución de procesos selectivos a la convocatoria de un concurso de méritos de puestos de estructura. Consideramos que no es un motivo justificado para retrasar el concurso. La totalidad de organizaciones sindicales coincide con nuestra postura.
La Administración argumenta que quieren que las personas que están pendientes de tomar posesión puedan concursar y por eso prefieren esperar y no convocar un nuevo concurso.
Punto 1.- Aprobación actas pendientes
No se ha incluido nuestra intervención en Mesa Técnica en el acta de Mesa Sectorial a pesar de que se nos dijo que se haría. Solicitamos que se incluya como anexo al acta y a partir de ahora reiteraremos todas nuestras intervenciones.
Por parte de la Administración se indica que las transcripciones se anexan al acta de la Mesa Técnica, no a la de la Mesa Sectorial. Insistimos en que al no figurar como anexo se nos dificulta a efectos de impugnación. Según la Administración las actas son resúmenes y seguirán con el mismo procedimiento.
Punto 2.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ). Expte 350/22.
Comenzamos subrayando que, una vez más, no se ha tenido en cuenta ninguna de las alegaciones hechas por nuestro sindicato en las últimas Mesas Técnicas. Esto vuelve a dejar patente el talante negociador de esta Administración en estas cuestiones.
Estamos de acuerdo con la modificación puesto que al no haber una memoria que regule exactamente en qué consiste el requisito de “formación en documentación” requerido para la ocupación del puesto, supone un impedimento.
Así mismo, si se ha realizado la modificación en la denominación de la plaza debería quitarse la palabra Documentación del nombre ”sección Documentación e Información” y pasar a denominarse únicamente “Sección de Información” o como el departamento de servicios centrales “Sección de Información y Difusión”. La Administración manifiesta que no pueden atender a esta cuestión porque afectaría a más puestos y retrasaría la tramitación. Desde SAF lo consideramos razonable pero pedimos que lo tengan en cuento para el futuro.
Punto 3.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Agencia Tributaria de Andalucía. Expte 26/23.
Se debería haber aprovechado esta propuesta para cambiar el modo de provisión del puesto, pues atendiendo a lo expresado en la memoria justificativa nada apunta a que este puesto deba seguir siendo PLD, debiendo pasar a PC. Más si cabe cuando no solo se ha modificado la denominación del puesto y ubicación del puesto, si no también las funciones. Esto justifica la necesidad de cambiar su forma de provisión a concurso.
Igualmente para todos los puestos con niveles inferiores a 30, el procedimiento de provisión debiera ser PC.
Estamos en desacuerdo con la adscripción del puesto a Sevilla.
Punto 4.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Expte 243/22.
Mostramos nuestra negativa a la creación de puestos PLD. Estamos de acuerdo en incrementar el número de personas de secretarías de altos cargos pero que sea por concurso.
Sobre redistribución de Servicios observamos que se podrían unificar los tres Servicios; ahora es el momento de hacerlo. Se pierde una buena ocasión de equiparación aunque ello implique un aumento de gasto, como se ha hecho en el SAE.
En cuanto a la plaza de A.T. Enseñanzas Deportivas reiteramos que es el momento para que esta plaza sea solo A1, quitar la adscripción AX y modificar el cuerpo preferente a A1.2027.
La plaza de Coordinador IACP del área de evaluación y acreditación, en función de lo expuesto en la memoria que se ha remitido a las centrales sindicales por la asunción de gestión económica en fondos europeos, no se justifica el carácter AX de la misma solicitando la eliminación de la misma.
Punto 5.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Cierre Centro Actividades Náuticas de Almería. Expte 511/21.
Nos mostramos conformes con la propuesta, especialmente con la eliminación de PLD que no deben recuperarse.
Punto 6: Punto 6.- Negociación de la modificación de la RPT correspondiente a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Expte 312/22.
Reiteramos los manifestado en la Mesa Técnica del pasado 7 de febrero.
Punto 7.- Negociación de la Resolución por la que se convocan proceso selectivo de acceso libre para ingreso en en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020), correspondiente a la OEP 2021, y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas.
Se amplía de uno a dos los exámenes orales, eliminándose el examen que era sobre pregunta de desarrollo, a lo cual nos oponemos, entendemos que con un examen oral es suficiente y se rebajaría también el margen de subjetividad y de “fortuna” entre comillas, que supone la selección aleatoria o al azar de seis temas del temario y la gran cantidad de factores que juegan en un examen oral. Entendemos necesario la existencia de un examen que suponga desarrollo escrito de un tema.
Así mismo, observamos una falta de publicidad de los criterios de corrección que el Tribunal (Comisión de Selección) va a tener en cuenta, esencialmente para los ejercicios segunda tercero y cuarto. Se estarían vulnerando los principios de seguridad jurídica, publicidad, transparencia e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos relativo al deber de motivación de los actos administrativos en los que se ejercitan potestades discrecionales como es el caso de la discrecionalidad técnica de la que gozan los tribunales de selección y que tiene como importante contrapeso la doctrina del control jurisdiccional de los aledaños del juicio técnico. Es abundante la jurisprudencia en este sentido sobre la necesidad de publicidad previa de los criterios de corrección.
La Administración informa que sí se van a publicitar los criterios de valoración antes de cada ejercicio.
El apellido como último criterio de desempate se va a eliminar.
Punto 8.- Información de cuestiones correspondientes a los procesos selectivos ordinarios y de estabilización.
La Administración nos informa de lo siguiente respecto a la resolución de los procesos en curso:
Promoción Interna: En los procesos de estabilización el A2.1100 es el que está más retrasado. En próximos días el tribunal informará sobre los recursos.
Faltan por convocar el C.1 que se prevé no antes del 25 de marzo y los cuerpos A1.2200 y A2.2200 que están pendientes de acordar con el centro directivo. No tienen previsión de plazos respecto a esto 2 últimos cuerpos.
Acceso Libre: Prevén terminar en el primer semestre del año 3 cuerpos generarles: A1.11, A1.12, A2.11.
Faltan por convocar los cuerpos A1.600 (se prevé convocar un próximos días) y A1.2200.
Ha habido problemas con el BOJA. No han informado de los nuevos criterios de publicación y han supuesto algún retraso.
Van a publicar un documento con las previsiones próximamente.
Respecto al problema de las áreas funcionales de los cuerpos de doble adscripción, nos informa que han elaborado un informe jurídico al respecto que nos leen y nos facilitarán. En resumen consideran que el Decreto 2/2002 establece funcionarios “podrán” permanecer en puestos de doble adscripción pero no obliga a ello. Por tanto consideran que los aspirantes deberán cumplir también el requisitos del puesto de trabajo. Daría problemas en cuestiones como concursos de traslados. Dicen que siempre se ha hecho así pero por primera vez se ha metido en “las bases”.
Les aclaramos que no se ha incluido en las bases, si no en la oferta de vacantes. Han cambiado las reglas del juego al final de la partida y por eso consideramos que es ilegal. La Administración reconoce que no está en las bases. Lo dijo así por error técnico pero insiste en que siempre se ha hecho así y lo único que han hecho ha sido darle literalidad a esta cuestión para evitar problemas.
Los aspirantes se han presentado con unas reglas del juego y ahora no se pueden cambiar a última hora y menos yendo en contra de precedentes administrativos en los últimos años. Advertimos de que jurídicamente no se sostiene y que se avecina una avalancha de impugnaciones judiciales.
Según la Administración, no están cambiando nada si no que se está aclarando un aspecto. La Directora General manifiesta que si un juez dice que un conservadores de museos pueden estar en Oficinas Comarcales Agrarias lo acatarán pero consideran que no es lógico. Es cierto que no aparece en las bases pero “la ley está por encima” y obliga a hacer ese cambio (no dice ni qué Ley, ni qué artículo). Además no pueden permitir de cara a la ciudadanía que un conservador de museos sean nombrados en una OCA. En el futuro lo incluirán en las bases.
Por otro lado, nos informan que no van a pagar indemnizaciones de oficio por cese de interinos.
Punto 9.-Información sobre las bolsas del personal funcionario e interino.
ISA lee un “manifiesto unitario” firmado por ellos mismos, UGT y CC.OO. Por otra parte CSIF no lo ha firmado pero dice estar de acuerdo. Afirman que es injusto el cese de personal interino que no ha superado los procesos de estabilización. Consideran que los repetidos procesos de estabilización hechos a medida de un colectivo concreto han sido insuficientes y afean a la Administración una supuesta “falta de compromiso”.
Van a publicar un listado de personas que cumplen los requisitos del colectivo I para que sepan que en caso de ser cesados integrarían parte de ese colectivo. Los 3 requisitos a cumplir serían haberse presentado al proceso selectivo de estabilización, no haberlo superado y tener más de 15 años de experiencia. Esperan publicarlo antes de Semana Santa.
Respecto a las prorrogas y ceses de personal interino, la Administración aclara que los nombramientos vinculados a programas permiten 3+1 años y es el centro directivo el que tiene que hacer una memoria justificando la prorroga para poderse autorizar. En igualdad de condiciones, el criterio de quién cesa lo decide el órgano gestor en función de sus necesidades.
Punto 10.- Información sobre el concurso de méritos
La Administración afirma que no pueden convocar un concurso porque están inmersos en las ofertas de vacantes y el “movimiento” que esto supone lo impide. Una vez que esa fase termine se lo plantearán. Puede que coincida con la entrada en vigor del concurso de abierto y permanente en cuyo caso se haría de esa manera.
Desde el SAF no entendemos en qué afecta la oferta de puestos base por la resolución de procesos selectivos a la convocatoria de un concurso de méritos de puestos de estructura. Consideramos que no es un motivo justificado para retrasar el concurso. La totalidad de organizaciones sindicales coincide con nuestra postura.
La Administración argumenta que quieren que las personas que están pendientes de tomar posesión puedan concursar y por eso prefieren esperar y no convocar un nuevo concurso.
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