En el SAF hemos tenido conocimiento, por parte del personal funcionario de algunas oficinas del SAE, que desde hace algún tiempo se estaría habilitando, en algunas Oficinas o Centros de Empleo, al personal laboral propio del SAE el acceso al programa informático SILA (que sustituirá a HERMES). Desconocemos hasta el momento si esto obedece a alguna Instrucción, Circular o es simplemente mediante orden verbal.
Nos consta que desde dicho programa informático se pueden realizar una serie de funciones que conllevan claramente el desempeño de potestades administrativas puesto que se tiene acceso a datos personales y se gestionan expedientes administrativos desde los mismos, como el alta de demandantes nuevos, que requiere tener conocimiento de sus datos personales, la emisión de certificados (fecha de antigüedad para contratos bonificados, fecha de antigüedad para estar exento en pago de tasas de oposiciones, certificado que se exige por la Seguridad Social a efectos de tramitación del Ingreso Mínimo Vital etc..), gestión de ofertas ( no sabemos si desde SILA también tendrán acceso, desde HERMES únicamente podían el Director o habilitado), así cómo posible acceso al grupo para el cobro de la RAI (Renta Básica de Inserción) por violencia de género en caso de que se tramite su demanda optando por datos no protegidos.
Nos llama poderosamente la atención cómo el Gobierno autonómico del PP quiere dar ahora acceso a potestades administrativas al personal laboral propio del SAE (no olvidemos que es personal procedente de la FAFFE, UTEDLT, etcétera), mientras desde la oposición criticó y votó en contra de la convalidación del Decreto-ley 1/2016, de 15 de marzo, con motivo de su DA 1ª, en virtud de la cual se pretendía regularizar la atribución de potestades públicas a personal distinto al funcionario.
Ahora parece que es tiempo de aplicar aquello de “donde dije digo, digo Diego” y parece que quieren optar por dar dichas funciones sin reflejarlo en ningún sitio, por la vía de dar acceso a dicho personal de manera directa a SILA.
La Consejería de Empleo, la Consejería de la Presidencia, la SGAP y la DGRHFP y el propio SAE tras el escrito que presentamos debido al “INFORME DE SITUACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN EL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO”, tienen perfecto conocimiento de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de las numerosas STSJA, no sólo porque estaba la representación letrada de la Junta en dichos procedimientos sino también porque desde el SAF se las hemos remitido en numerosas ocasiones.
También hemos de recordar que el procedimiento abreviado 202/2019 por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla de 2 de octubre de 2019, por la presunta perpetración de delitos de USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS, PREVARICACIÓN y MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS (artículos 402, 404 y 432 y ss. del Código Penal), sigue abierto y con multitud de altos cargos “investigados”, en relación a contratos a empresas privadas para el control de realización de la actividad en cursos de formación, así como también se está investigando en el mismo Juzgado la denuncia presentada por nuestra organización sindical por supuesta prevaricación y tráfico de influencias en el acceso de determinado personal de la FAFFE.
Asimismo, es importante no olvidar que, en el supuesto de que alguna autoridad o funcionario titular de un órgano esté habilitando a personal laboral para el desempeño de potestades administrativas, correspondientes única y exclusivamente a personal funcionario, podría estar incurriendo en prevaricación.
Resulta del todo incomprensible como teniendo en cuenta estas sentencias, las potestades que referimos en todas nuestras demandas y denuncias penales, insistan en dar el acceso y/o gestión de registros administrativos de las Oficinas y Centros de Empleo a personal laboral propio del SAE.
Por todo lo anteriormente expuesto, desde el SAF hemos presentado sendos escritos dirigidos a la Dirección Gerencia del SAE, a la SGT de la Consejería de Empleo y a la D.G.RR.HH.F.P solicitando que:
1- Nos remitan la Instrucción, Circular, Orden o cualquier instrumento jurídico que esté dando cobertura o habilitando al personal laboral propio de la Agencia a acceder a los registros informáticos y bases de datos del SAE (Hermes, SILA ETC).
En caso de no existir y ser todo fruto de una Orden Verbal, hemos solicitado que nos sea remitida la autoridad de procedencia, fecha, destinatarios y contenido de la misma.
2- Se den las instrucciones pertinentes para que cese con carácter inmediato todo acceso por parte de personal laboral propio del SAE a registros y bases de datos de empleo que pudiera suponer usurpación de potestades administrativas.
Así mismo hemos advertido que nuestra organización sindical se reserva el ejercicio de las acciones que procedan ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo y/o penal, por la posible existencia de indicios racionales de ilicitud penal por prevaricación y usurpación de funciones.
C1.2100 - Cuerpo de Ayudantes Técnicos (Especialidad Agentes de Medio Ambiente)
En las mismas se indica para los cuerpos A1.1000, A1.1200, A2.1100, A2.1200 que el primer ejercicio NO se celebrará ANTES del 15 de septiembre de 2022.
Para los cuerpos C1.1000, C2.1000 y C1.21000 la previsión contenida en la convocatoria es que el ejercicio NO se celebre ANTES del 3 de octubre de 2022.
Ante el crecimiento desbocado de la inflación que ronda el 9%, desde el SAF venimos solicitando reiteradamente a la Administración la actualización de las retribuciones del personal funcionario en el ámbito de las competencias autonómicas.
En este sentido, denunciamos las ridículas cantidades que el personal funcionario viene recibiendo por las indemnizaciones por razón del servicio, que desde hace 16 años no han sido actualizadas. La no actualización de las cantidades correspondientes a las indemnizaciones por razón del servicio debe ser atendida por la Junta de Andalucía de manera urgente ya que, en caso contrario, se estaría causando un considerable perjuicio económico al personal funcionario.
Las cantidades establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, que regula las indemnizaciones por razón del servicio, ha sido actualizada por última vez en la Orden de 11 de julio 2006 que viene a actualizar las cantidades a percibir en lo referente a los anexo II (Dietas en territorio nacional) y III (Dietas en territorio extranjero).
Si tomamos como referencia los datos estadísticos del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA (INE) previos a la crisis de Ucrania la variación del IPC en España desde el mes de julio de 2006 hasta enero de 2022, estas cantidades se deberían haber incrementado un 28 %, pero si nos vamos al precio del combustible el aumento ha sido muy superior al 100%. Basta señalar los precios a cierre del año 2006 y compararlos con los actuales:
AÑO 2006: Gasolina: 0,9654 €/litro; Gasóleo: 0,9092 €/litro
AÑO 2022: Gasolina: 2,138 €/litro; Gasóleo: 2,106 €/litro
En la situación actual se están dando casos en los que los 0,19 €/km. ni siquiera compensan el coste íntegro del combustible por lo que el desgaste de nuestros vehículos privado está recayendo completamente sobre nuestros bolsillos.
Desde el SAF reivindicamos el derecho del personal funcionario a percibir unas indemnizaciones por razón del servicio JUSTAS, sin tener que soportar la perdida de poder adquisitivo por la mera dejadez de la Administración Andaluza en determinar las cantidades que corresponden por dichos conceptos.
Ante esta sangrante situación, el pasado mes de marzo solicitamos por escrito a la Secretaria General para la Administración Pública que se actualizaran las cantidades correspondientes a las indemnizaciones por razón del servicio según el Decreto 54/1989 al menos en lo correspondiente a las cantidades establecidas en el ANEXO II y III, según el incremento de IPC y del combustible acumulado desde que se actualizaron por última vez en el ejercicio 2006.
En el día de ayer recibimos una comunicación escrita por parte de la SGAP en el que se nos informa de lo siguiente:
“En este orden de cosas este centro directivo es consciente de la que cuantía de la indemnizaciones por razón del servicio precisaría de una actualización, en todo caso dentro del marco normativo vigente, por lo que se va a proponer a la Consejería competente en materia de Hacienda, como responsable de la actualización de las cuantías de dichas indemnizaciones, estudiar la cuestión en el escenario de elaboración del presupuesto para el ejercicio 2023.”
Como es obvio, la composición del próximo Parlamento de Andalucía facilitará la aprobación de las leyes de presupuestos de los próximos años pero desde el SAF entendemos que no es suficiente y que el personal funcionario no tiene por qué asumir un coste económico por el desempeño de su puesto de trabajo. Actualmente si el consumo supera aproximadamente los 8 litros por cada 100 km al personal funcionario le está costando dinero trabajar. Todo ello sin contar con los costes de mantenimiento del vehículo, coste que corresponde a la Administración.
Por todo ello vamos a exigir que la actualización se produzca con carácter inmediato sin esperar futuros presupuestos y que, en caso contrario, ningún funcionario tenga que poner su propio coche para el desempeño de sus funciones, sino que le sea habilitado un coche del parque de vehículos de la Administración autonómica.