CONSEGUIMOS EL RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS DE GRUPO SUPERIOR
LA ADMINISTRACIÓN DA SU BRAZO A TORCER TRAS AÑOS DE LUCHA DEL SAF MEDIANTE CONSTANTES RECLAMACIONES Y QUEJAS ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y DE SUS AFILIADOS EN LOS TRIBUNALES.
En fecha 27 de enero de 2022, se ha dictado la Instrucción 1/2022, de la DGRHFP, por la que se modifica parcialmente la Instrucción 3/2005, sobre reconocimiento de trienios y de servicios previos al personal funcionario y laboral al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Así, la nueva redacción del apartado Undécimo de la Instrucción 3/2005 reconoce la aplicación del artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985, valorándose el desempeño realizado en Grupo Superior. Pero es el segundo párrafo y el Undécimo ter de la Instrucción el que pone solución a la problemática suscitada, el indicar:
“En los casos que proceda, las personas funcionarias a quienes en el reconocimiento de trienios completados en más de un grupo de clasificación profesional no se les hubiese aplicado el artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de diciembre, podrán solicitar la revocación de la correspondiente resolución y la actualización de los importes en que se hubiesen valorado, con el consiguiente abono de las diferencias, para cuyo cálculo se aplicarán las normas de prescripción de las obligaciones a cargo de la Hacienda de la Junta de Andalucía establecidas en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo”
“Las personas afectadas por el contenido del párrafo segundo del apartado undécimo y por el párrafo primero del apartado undécimo bis de la presente Instrucción que puedan tener derecho al abono de las diferencias retributivas podrán solicitar a los órganos competentes en materia de gestión de personal de las Consejerías y Agencias en que prestan servicio la revocación del calculo anterior y la aplicación del nuevo conforme a las normas contenidas en esta Instrucción, a cuyos efectos el plazo de prescripción será el fijado en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo”.
Han sido más de cinco años de constantes reclamaciones por parte del SAF a la SGAP, a la DGRHFP y a diversos órganos gestores, de quejas al Defensor del Pueblo y comunicaciones al mismo de los constantes incumplimientos por parte de los máximos dirigentes de la función pública, de exigencia y advertencias en multitud de Mesas Sectoriales, así como diversas sentencias ganadas por parte de afiliados a nuestra organización sindical desde el 20 de septiembre de 2016 hasta la actualidad.
Nos llama la atención que en la parte expositiva de la nueva Instrucción se indica como causante de la misma la queja 21/14 pero se omiten la referencia de las quejas presentadas previamente por nuestra organización sindical y nuestras comunicaciones de incumplimiento al mismo, la última de ellas, el 9 de diciembre de 2020 donde, con abundante mención de fundamentación jurídica de sentencias de los Juzgados de lo Contencioso, se solicitaba al Defensor del Pueblo la exigencia de responsabilidades, incluso penales, que pudieran proceder contra los titulares de aquellos órganos o unidades administrativas que seguían incumpliendo.
Apenas mes y medio después de dicha comunicación el 25 de enero de 2021, Defensor del Pueblo inicia actuación de oficio 21/14, que es la que ha dado lugar a está Instrucción 1/2022, que pone fin a varios años de lucha sindical del SAF, desoyendo constantemente cada vez que comunicábamos en Mesa Sectorial que con las redacciones que iban dando de la Instrucción 3/2005 no se solventaba el problema, pues únicamente se aplicaban a los trienios perfeccionados con posterioridad a la entrada en vigor de dichas modificaciones, provocando que los funcionarios afectados tuvieran que acudir a los Juzgados a reclamar aquello a lo que tenían derecho por Ley.
El personal funcionario afectado ahora podrá tener reconocido su trienio en el Grupo Superior, previa solicitud al órgano de gestión de personal de su Consejería o Agencia de la revocación de la Resolución de reconocimiento de trienio perfeccionado erróneamente.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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PREVISIÓN DE CONVOCATORIAS DE PROMOCIÓN INTERNA
Según se nos comunica desde la Secretaría de la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General, las CONVOCATORIAS DE PROMOCIÓN INTERNA que engloba las Ofertas de Empleo Público de los años 2019, 2020 y 2021 han sido mandadas al BOJA para proceder a su publicación, la cual se espera el próximo lunes 31 de enero. Tanto de los Cuerpos Generales como de los Facultativos.
Te recordamos el número de plazas que serán convocadas en este ENLACE
INFORMATIVO MESA SECTORIAL EXTRAORDINARIA 27 de enero de 2022
El día 27 de enero de 2022, y presidida por la Directora General de RRHH y Función Pública, se ha celebrado la reunión extraordinaria por videoconferencia de la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía con TRES puntos en el orden del día, de los que pasamos a informar.
Desde SAF hemos mostrado nuestra disconformidad a que esta reunión sea extraordinaria, cuando no hay ninguna necesidad de ello. Las modificaciones de RPT deben negociarse en reunión ordinaria de la Mesa, siendo la única causa de que hubiera sido convocada así, según nos confirman, el hecho que el 2 de febrero se cumplen DOS meses desde la Mesa Técnica, lo que hubiera supuesto que te tuviera que repetir la Mesa Técnica del IAJ. La Administración argumenta los innumerables asuntos que lleva entre manos, y ello es motivo suficiente para hacer de ésta, una convocatoria Extraordinaria que por supuesto no compartimos.
Punto 1: Negociación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Andaluz de la Juventud (Expte. 179-21)
Nos hemos ratificado en absolutamente todas las observaciones y alegaciones que se hicieron en la Mesa Técnica celebrada el 2 de diciembre pasado y cuyos detalles se pueden consultar en este enlace (Pincha Aquí).
En primer lugar, decir que no se ha aceptado, como de costumbre, ni una sola de las cuestiones que planteamos en Mesa Técnica, salvo la adaptación de la denominación de los puestos a lenguaje no sexista. Ni siquiera nos han remitido documentación que solicitamos, como la ficha IV de algunos puestos, por lo que volvemos aquí a hacer el paripé y cumplir el trámite, pues está claro que aquí no hay negociación ni nada que se le parezca.
No podemos tolerar, una vez más, la creación de PLDs, de niveles inferiores al 30. Están incumpliendo las medidas/puntos 19 y 21 del pacto de gobierno entre Partido Popular y Ciudadanos, en la que se comprometían a restringir el sistema de libre designación y primar mérito y capacidad. A nuestras preguntas de si se ha realizado el gobierno actual alguna consulta a la D.G. de RRHH y FP, a la SGAP o al Gabinete Jurídico conducente a la eliminación de la libre designación como forma de provisión en niveles inferior a 30 o en cualquier nivel de carrera profesional, o si se ha consultado cómo hacer esta reconversión desde instancias más altas, se nos contesta que la Mesa no es el Foro de discusión de este tema y por tanto que vayamos con nuestras consultas allá donde correspondan…
Punto 2.- Negociación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Expte. 194-21)
Se vuelve a incumplir aquí el acuerdo de gobierno de eliminar libre designación por debajo del nivel 30, es este caso para los puestos de Secretario/a de Alto Cargo. Nos oponemos a dicha forma de provisión, que debe ser por concurso, o en todo caso deberían ser nombrados como personal eventual, y se debe quitar de la memoria justificativa de dichos puestos la mención a “una disponibilidad que ha de tener quien lo ocupe, de un horario que sea lo suficientemente compatible con las necesidades del órgano directivo, en ocasiones fuera de la jornada de trabajo habitual”.
La jornada del personal funcionario está regulada, y dichas condiciones que aquí se imponen requieren de la aprobación de una jornada especial que no tienen esos puestos, por lo que se debe eliminar.
Asimismo, estos puestos deben ser nivel 18, y no 17, pues se está discriminando con respecto a Secretarios/as de Altos Cargos de Servicios Centrales, no bastando la excusa puesta en Mesa Técnica de que no hay dinero, pues la diferencia de 7 puestos de nivel 17 a 18 es irrisoria, unos 2.708 € anuales para los 7 puestos, todo ello con un presupuesto de un millón y medio de euros según nos comentaban.
No obstante, estamos satisfechos con la ampliación que supone la creación de los puestos de Técnicos de Prevención, pero se sigue incumpliendo la Ley de Prevención y la sentencia del TSJA, ganada por el SAF, al no incorporar los Técnicos Intermedios y los de carácter básico con formación en prevención de riesgos. Solicitamos la creación de los mismos.
Asimismo reiteramos que por qué se crean en la D.T. de Granada dos puestos de técnico superior con distinto código (y no un solo código con dos puestos) y también comprobamos que no han confeccionado las fichas IV de los puestos base, al ser de nueva creación, como ya solicitamos y volvemos a pedir.
En último lugar hemos propuesto una modificación (QUE SORPRESIVAMENTE VA A SER ESTUDIADA), relacionada con determinados puestos de Asesor Técnico nivel 23 de las Delegaciones Territoriales (conservador de patrimonio, arqueólogos,…) pues muchos de ellos están realizando funciones de INSPECCIÓN, al estar acreditados como inspectores por Resolución de la DG de Bienes Culturales, y cuyas funciones de inspección están incluso reguladas en el Decreto 168/2003, Reglamento de actividades arqueológicas. Es inaceptable que estén considerados a efectos de RPT cómo asesores con trabajo de oficina, cuando son inspectores. Realizan visitas de inspección exponiéndose sobre el terreno con riesgos físicos en su actividad por las peculiaridades de sus funciones, asumiendo unas mayores responsabilidades que las propias de asesor, y ni siquiera están reconocidos sus puestos como Inspectores. Por ello desde SAF proponemos la modificación de dichos puestos, pasando a ser denominados INSPECTORES, con nivel de complemento de destino 25. Si no se realiza ahora, esperamos alcanzar el compromiso de la Consejería de analizar dichos puestos y estudiar su situación de cara a negociar nuestra propuesta en la próxima modificación de RPT. Confiamos que esta propuesta sea tenida en cuenta.
Desde SAF hemos mostrado nuestra disconformidad a que esta reunión sea extraordinaria, cuando no hay ninguna necesidad de ello. Las modificaciones de RPT deben negociarse en reunión ordinaria de la Mesa, siendo la única causa de que hubiera sido convocada así, según nos confirman, el hecho que el 2 de febrero se cumplen DOS meses desde la Mesa Técnica, lo que hubiera supuesto que te tuviera que repetir la Mesa Técnica del IAJ. La Administración argumenta los innumerables asuntos que lleva entre manos, y ello es motivo suficiente para hacer de ésta, una convocatoria Extraordinaria que por supuesto no compartimos.
Punto 1: Negociación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Andaluz de la Juventud (Expte. 179-21)
Nos hemos ratificado en absolutamente todas las observaciones y alegaciones que se hicieron en la Mesa Técnica celebrada el 2 de diciembre pasado y cuyos detalles se pueden consultar en este enlace (Pincha Aquí).
En primer lugar, decir que no se ha aceptado, como de costumbre, ni una sola de las cuestiones que planteamos en Mesa Técnica, salvo la adaptación de la denominación de los puestos a lenguaje no sexista. Ni siquiera nos han remitido documentación que solicitamos, como la ficha IV de algunos puestos, por lo que volvemos aquí a hacer el paripé y cumplir el trámite, pues está claro que aquí no hay negociación ni nada que se le parezca.
No podemos tolerar, una vez más, la creación de PLDs, de niveles inferiores al 30. Están incumpliendo las medidas/puntos 19 y 21 del pacto de gobierno entre Partido Popular y Ciudadanos, en la que se comprometían a restringir el sistema de libre designación y primar mérito y capacidad. A nuestras preguntas de si se ha realizado el gobierno actual alguna consulta a la D.G. de RRHH y FP, a la SGAP o al Gabinete Jurídico conducente a la eliminación de la libre designación como forma de provisión en niveles inferior a 30 o en cualquier nivel de carrera profesional, o si se ha consultado cómo hacer esta reconversión desde instancias más altas, se nos contesta que la Mesa no es el Foro de discusión de este tema y por tanto que vayamos con nuestras consultas allá donde correspondan…
Punto 2.- Negociación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Expte. 194-21)
Se vuelve a incumplir aquí el acuerdo de gobierno de eliminar libre designación por debajo del nivel 30, es este caso para los puestos de Secretario/a de Alto Cargo. Nos oponemos a dicha forma de provisión, que debe ser por concurso, o en todo caso deberían ser nombrados como personal eventual, y se debe quitar de la memoria justificativa de dichos puestos la mención a “una disponibilidad que ha de tener quien lo ocupe, de un horario que sea lo suficientemente compatible con las necesidades del órgano directivo, en ocasiones fuera de la jornada de trabajo habitual”.
La jornada del personal funcionario está regulada, y dichas condiciones que aquí se imponen requieren de la aprobación de una jornada especial que no tienen esos puestos, por lo que se debe eliminar.
Asimismo, estos puestos deben ser nivel 18, y no 17, pues se está discriminando con respecto a Secretarios/as de Altos Cargos de Servicios Centrales, no bastando la excusa puesta en Mesa Técnica de que no hay dinero, pues la diferencia de 7 puestos de nivel 17 a 18 es irrisoria, unos 2.708 € anuales para los 7 puestos, todo ello con un presupuesto de un millón y medio de euros según nos comentaban.
No obstante, estamos satisfechos con la ampliación que supone la creación de los puestos de Técnicos de Prevención, pero se sigue incumpliendo la Ley de Prevención y la sentencia del TSJA, ganada por el SAF, al no incorporar los Técnicos Intermedios y los de carácter básico con formación en prevención de riesgos. Solicitamos la creación de los mismos.
Asimismo reiteramos que por qué se crean en la D.T. de Granada dos puestos de técnico superior con distinto código (y no un solo código con dos puestos) y también comprobamos que no han confeccionado las fichas IV de los puestos base, al ser de nueva creación, como ya solicitamos y volvemos a pedir.
En último lugar hemos propuesto una modificación (QUE SORPRESIVAMENTE VA A SER ESTUDIADA), relacionada con determinados puestos de Asesor Técnico nivel 23 de las Delegaciones Territoriales (conservador de patrimonio, arqueólogos,…) pues muchos de ellos están realizando funciones de INSPECCIÓN, al estar acreditados como inspectores por Resolución de la DG de Bienes Culturales, y cuyas funciones de inspección están incluso reguladas en el Decreto 168/2003, Reglamento de actividades arqueológicas. Es inaceptable que estén considerados a efectos de RPT cómo asesores con trabajo de oficina, cuando son inspectores. Realizan visitas de inspección exponiéndose sobre el terreno con riesgos físicos en su actividad por las peculiaridades de sus funciones, asumiendo unas mayores responsabilidades que las propias de asesor, y ni siquiera están reconocidos sus puestos como Inspectores. Por ello desde SAF proponemos la modificación de dichos puestos, pasando a ser denominados INSPECTORES, con nivel de complemento de destino 25. Si no se realiza ahora, esperamos alcanzar el compromiso de la Consejería de analizar dichos puestos y estudiar su situación de cara a negociar nuestra propuesta en la próxima modificación de RPT. Confiamos que esta propuesta sea tenida en cuenta.
Punto 3.- Negociación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (Expte. 279-21).
Nuevamente, nos ratificamos en todo lo expuesto en la correspondiente Mesa Técnica, cuyo detalle se puede conocer en el siguiente enlace (Pincha Aquí).
La documentación aportada y la memoria que justifica la propuesta no recogen lo que se pretende, claramente de manera intencionada. El expediente abierto de la modificación es Técnico Superior P.R.L. pero se falsea el motivo de la modificación incluyendo sin ninguna documentación la adscripción a la Agencia de Servicios Sociales de Andalucía (ASSDA) de determinados puestos.
Sobre este extremo se nos respondió que era un “error en determinados puestos, que cuando se crearon constaban como “adscripción funcional” a la citada Agencia. No obstante, como consecuencia de varias modificaciones y los cambios que han sufrido las RPT ha desaparecido el requisito existente… por lo que se aportará para que se lleve a Mesa Sectorial directamente. Se comunicará a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, no obstante se enviará la documentación a la representación sindical para que comprueben lo que se está explicando en esta Mesa Técnica.”
Pues bien, no se nos ha enviado nada. Si por error en una modificación pasada dejaron de estar adscritos a la Agencia, ahora se requiere una modificación con la documentación pertinente para su adscripción, hecho éste que no se ha realizado, por lo que solicitamos se retiren de esta propuesta los puestos adscritos a la Agencia de Servicios Sociales de Andalucía, por no estar dentro de la convocatoria de la mesa Técnica realizada previamente y no haberse documentado la misma, incumpliendo la buena fe en la negociación. En concreto los puestos:
11455910 Titulado/a Superior (CA)
11451810 Titulado/a Superior (GR)
11167610 Dp. Gestión Administrativa e Informes (MA)
11156310 Asesor/a Técnico/a (SE)
Con respecto a los puestos de Técnicos de Prevención, la norma estatal y su desarrollo reglamentario - y con el mismo carácter de obligatoriedad - exige la existencia de Técnicos intermedios y de carácter básico en P.R.L. que la Administración de la Junta de Andalucía ignora e incumple, y además desobedece sistemáticamente las sentencias del TSJA (Sentencia de 24 de enero de 2019, Recurso 554/2016, de la Sala Cont. Adm. en Sevilla) y el criterio técnico de la Inspección de Trabajo y sus cientos de requerimientos.
Por lo tanto, la propuesta es incompleta a todas luces, sin contemplar tampoco en la R.P.T. propuesta de puestos de técnicos de nivel básico, administrativo ni con conocimientos de diseño gráfico, etc. que apoyen a los Técnicos Superiores.
Exigimos la creación del personal técnico necesario para cumplir con lo que dispone la normativa creando los puestos intermedios y básicos que las sentencias están determinando y que si se solicita nos hagan llegar la propuesta.
Recordemos que la explicación que nos dieron en Mesa Técnica era que: “aunque actualmente en la D.G. de RRHH y FP no se ha definido esta categoría de puestos, tampoco en la D. G. de Trabajo y Bienestar Laboral, que ha apoyado la propuesta de creación de puestos en la Consejería, no ha determinado tampoco cual sería la estructura preventiva en la Junta de Andalucía por tanto no se puede hacer otra cosa actualmente.”
Desde SAF hemos preguntado si creen que esto justifica la falta de dichos puestos, la ausencia de medios personales para la prevención. La falta de definición de la categoría de los puestos y la determinación de la estructura preventiva. Es decir, no se modifica la RPT para crear estos puestos porque no se han hecho unas actuaciones que se enmarcan precisamente con la modificación de RPT.
Seguimos esperando una contestación en esta Mesa sobre qué actuaciones están realizando o si no han hecho nada hasta ahora para la creación de estos puestos.
En otro orden de cosas, como ya comentamos en Mesa Técnica, no tiene sentido crear puestos idénticos con distintos códigos, pudiendo crearse un código multipuesto en aquellas Delegaciones que tienen 2 AT de nueva creación y/o además exista también un código preexistente que los puede aglutinar. No nos parece suficiente la justificación de que : “se trata de poder identificar correctamente cada uno y cuando sea necesario nuevamente realizar adecuaciones no se tienen que duplicar o dividir sobre todo si se trata de puestos que ya estén ocupados, hay una mayor dificultad para ello”. Por lo que seguimos solicitando que se unifiquen en un código multipuesto a lo cual tampoco está por la labor la DG de RRHH y FP. argumentando una mayor seguridad jurídica para el funcionario que los ocupa.
En cuanto a la financiación de esta propuesta, no entendemos y así lo denunciamos que 7 de los 16 puestos creados están desdotados, exigiendo su dotación.
En conclusión, se ha despachado una Mesa Sectorial Extraordinaria en poco más de hora y media, con los mismos vicios de las anteriores pero con una ya acostumbrada rapidez por cubrir el expediente. Hasta se vuelve una anécdota el dar o no la aprobación, por parte sindical, a los puntos tratados. Desde SAF nos mostramos inflexibles y expondremos las veces que haga falta en estas Mesas los incumplimientos de la Administración, que no solo no es capaz de corregir todo aquello que criticaba desde la oposición y refrendaba en sus acuerdos de gobierno, sino que ahora lo multiplica en cada modificación de RPTs. Y todo ello por mucho que a las personas que representan a la Administración en la Mesa, les resulte cansino y repetitivo.
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
Nuevamente, nos ratificamos en todo lo expuesto en la correspondiente Mesa Técnica, cuyo detalle se puede conocer en el siguiente enlace (Pincha Aquí).
La documentación aportada y la memoria que justifica la propuesta no recogen lo que se pretende, claramente de manera intencionada. El expediente abierto de la modificación es Técnico Superior P.R.L. pero se falsea el motivo de la modificación incluyendo sin ninguna documentación la adscripción a la Agencia de Servicios Sociales de Andalucía (ASSDA) de determinados puestos.
Sobre este extremo se nos respondió que era un “error en determinados puestos, que cuando se crearon constaban como “adscripción funcional” a la citada Agencia. No obstante, como consecuencia de varias modificaciones y los cambios que han sufrido las RPT ha desaparecido el requisito existente… por lo que se aportará para que se lleve a Mesa Sectorial directamente. Se comunicará a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, no obstante se enviará la documentación a la representación sindical para que comprueben lo que se está explicando en esta Mesa Técnica.”
Pues bien, no se nos ha enviado nada. Si por error en una modificación pasada dejaron de estar adscritos a la Agencia, ahora se requiere una modificación con la documentación pertinente para su adscripción, hecho éste que no se ha realizado, por lo que solicitamos se retiren de esta propuesta los puestos adscritos a la Agencia de Servicios Sociales de Andalucía, por no estar dentro de la convocatoria de la mesa Técnica realizada previamente y no haberse documentado la misma, incumpliendo la buena fe en la negociación. En concreto los puestos:
11455910 Titulado/a Superior (CA)
11451810 Titulado/a Superior (GR)
11167610 Dp. Gestión Administrativa e Informes (MA)
11156310 Asesor/a Técnico/a (SE)
Con respecto a los puestos de Técnicos de Prevención, la norma estatal y su desarrollo reglamentario - y con el mismo carácter de obligatoriedad - exige la existencia de Técnicos intermedios y de carácter básico en P.R.L. que la Administración de la Junta de Andalucía ignora e incumple, y además desobedece sistemáticamente las sentencias del TSJA (Sentencia de 24 de enero de 2019, Recurso 554/2016, de la Sala Cont. Adm. en Sevilla) y el criterio técnico de la Inspección de Trabajo y sus cientos de requerimientos.
Por lo tanto, la propuesta es incompleta a todas luces, sin contemplar tampoco en la R.P.T. propuesta de puestos de técnicos de nivel básico, administrativo ni con conocimientos de diseño gráfico, etc. que apoyen a los Técnicos Superiores.
Exigimos la creación del personal técnico necesario para cumplir con lo que dispone la normativa creando los puestos intermedios y básicos que las sentencias están determinando y que si se solicita nos hagan llegar la propuesta.
Recordemos que la explicación que nos dieron en Mesa Técnica era que: “aunque actualmente en la D.G. de RRHH y FP no se ha definido esta categoría de puestos, tampoco en la D. G. de Trabajo y Bienestar Laboral, que ha apoyado la propuesta de creación de puestos en la Consejería, no ha determinado tampoco cual sería la estructura preventiva en la Junta de Andalucía por tanto no se puede hacer otra cosa actualmente.”
Desde SAF hemos preguntado si creen que esto justifica la falta de dichos puestos, la ausencia de medios personales para la prevención. La falta de definición de la categoría de los puestos y la determinación de la estructura preventiva. Es decir, no se modifica la RPT para crear estos puestos porque no se han hecho unas actuaciones que se enmarcan precisamente con la modificación de RPT.
Seguimos esperando una contestación en esta Mesa sobre qué actuaciones están realizando o si no han hecho nada hasta ahora para la creación de estos puestos.
En otro orden de cosas, como ya comentamos en Mesa Técnica, no tiene sentido crear puestos idénticos con distintos códigos, pudiendo crearse un código multipuesto en aquellas Delegaciones que tienen 2 AT de nueva creación y/o además exista también un código preexistente que los puede aglutinar. No nos parece suficiente la justificación de que : “se trata de poder identificar correctamente cada uno y cuando sea necesario nuevamente realizar adecuaciones no se tienen que duplicar o dividir sobre todo si se trata de puestos que ya estén ocupados, hay una mayor dificultad para ello”. Por lo que seguimos solicitando que se unifiquen en un código multipuesto a lo cual tampoco está por la labor la DG de RRHH y FP. argumentando una mayor seguridad jurídica para el funcionario que los ocupa.
En cuanto a la financiación de esta propuesta, no entendemos y así lo denunciamos que 7 de los 16 puestos creados están desdotados, exigiendo su dotación.
En conclusión, se ha despachado una Mesa Sectorial Extraordinaria en poco más de hora y media, con los mismos vicios de las anteriores pero con una ya acostumbrada rapidez por cubrir el expediente. Hasta se vuelve una anécdota el dar o no la aprobación, por parte sindical, a los puntos tratados. Desde SAF nos mostramos inflexibles y expondremos las veces que haga falta en estas Mesas los incumplimientos de la Administración, que no solo no es capaz de corregir todo aquello que criticaba desde la oposición y refrendaba en sus acuerdos de gobierno, sino que ahora lo multiplica en cada modificación de RPTs. Y todo ello por mucho que a las personas que representan a la Administración en la Mesa, les resulte cansino y repetitivo.
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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