NOS REUNIMOS CON LA OFICINA ANDALUZA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN
El pasado jueves 10 de octubre, representantes del Sindicato Andaluz de Funcionarios, encabezados por su Presidente-Coordinador, Alfonso Dueñas Ranchal, han mantenido una reunión en la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, atendiendo a la invitación efectuada por su Director, Ricardo Vicente Puyol Sánchez, persona de dilatada trayectoria en Andalucía como magistrado.
En una primera toma de contacto, el Director de esta Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción creada en junio del año 2021 al amparo de la Ley 2/2021, nos ha hecho llegar de primera mano tanto los fines, como los objetivos que se pretenden y las personas e instituciones que tienen el derecho y el deber de interactuar con la misma. En todo momento quedó muy clara la absoluta protección a la persona denunciante, un vacío legal que hasta el momento no estaba perfectamente delimitado, más allá del amparo legal que proporciona la Justicia a los Testigos y denunciantes protegidos.
Esta Oficina llega como un ente propio, ubicada en la sede del Parlamento andaluz, y desde mayo pasado provista de un Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento muy concreto y específico. El 1 de junio del presente 2022 ha comenzado a funcionar a pleno rendimiento (ver Resolución).
En la visita nos hicieron partícipes no solo de su existencia sino del deseo de colaboración para con el Sindicato Andaluz de Funcionarios, pionero en la denuncia de innumerables casos de corrupción y nepotismo (véase nuestra denuncia del casi centenar de enchufados del PSOE y de UGT en la extinta Faffe, con gran repercusión mediática y cuya tramitación continúa en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, a la espera de evacuación de informes de la UCO). Las denuncias que tramitará esta Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción no solo afectan a particulares, sino que también podrán ampararse en el anonimato.
Tanto el Director, como las dos personas de las subdirecciones que estuvieron presentes en la reunión con los representantes del SAF, se mostraron muy interesados en darnos a conocer la existencia de esta Oficina y de que a su vez, diésemos a conocer a nuestra afiliación su existencia y sus objetivos, para lo cual nos han brindado la oportunidad de participar en cualquier tipo de actividad (Foros, Jornadas, Cursos, etc.) que desde el SAF pudieran ser organizados.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
Pincha AQUÍ para descargar el INFORMATIVO en formato PDF
En una primera toma de contacto, el Director de esta Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción creada en junio del año 2021 al amparo de la Ley 2/2021, nos ha hecho llegar de primera mano tanto los fines, como los objetivos que se pretenden y las personas e instituciones que tienen el derecho y el deber de interactuar con la misma. En todo momento quedó muy clara la absoluta protección a la persona denunciante, un vacío legal que hasta el momento no estaba perfectamente delimitado, más allá del amparo legal que proporciona la Justicia a los Testigos y denunciantes protegidos.
Esta Oficina llega como un ente propio, ubicada en la sede del Parlamento andaluz, y desde mayo pasado provista de un Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento muy concreto y específico. El 1 de junio del presente 2022 ha comenzado a funcionar a pleno rendimiento (ver Resolución).
En la visita nos hicieron partícipes no solo de su existencia sino del deseo de colaboración para con el Sindicato Andaluz de Funcionarios, pionero en la denuncia de innumerables casos de corrupción y nepotismo (véase nuestra denuncia del casi centenar de enchufados del PSOE y de UGT en la extinta Faffe, con gran repercusión mediática y cuya tramitación continúa en el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, a la espera de evacuación de informes de la UCO). Las denuncias que tramitará esta Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción no solo afectan a particulares, sino que también podrán ampararse en el anonimato.
Tanto el Director, como las dos personas de las subdirecciones que estuvieron presentes en la reunión con los representantes del SAF, se mostraron muy interesados en darnos a conocer la existencia de esta Oficina y de que a su vez, diésemos a conocer a nuestra afiliación su existencia y sus objetivos, para lo cual nos han brindado la oportunidad de participar en cualquier tipo de actividad (Foros, Jornadas, Cursos, etc.) que desde el SAF pudieran ser organizados.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
Pincha AQUÍ para descargar el INFORMATIVO en formato PDF
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA SUBIDA RETRIBUTIVA
Según hemos tenido conocimiento, de acuerdo con el artículo 23 del Real Decreto-Ley 18/2022, de 18 de octubre, la Administración va a proceder a actualizar con el 1,5% adicional las retribuciones mensuales de todos los perceptores que tienen o han tenido un puesto activo desde el 1 de enero de 2022 en SIRHUS, sin que sea necesaria la solicitud de los interesados.
Esta actualización se realizará a lo largo de esta semana y comprenderá, además, los atrasos correspondientes a las nóminas de enero a octubre de 2022.
Así mismo, desde la nómina de este mes de noviembre, habrá de abonarse todas las retribuciones variables con los importes actualizados (nocturnos, festivos, horas de presencia¿). Respecto a los atrasos de los importes abonados en las nóminas de enero a octubre de estos conceptos, serán abonados directamente por SIRHUS.
En cuanto a los complementos personales de carácter mensual, deberán, así mismo, actualizarse.
Se adjuntan tablas de importes de los colectivos A con los importes debidamente actualizados con la subida total del 3,50%.
Esta actualización se realizará a lo largo de esta semana y comprenderá, además, los atrasos correspondientes a las nóminas de enero a octubre de 2022.
Así mismo, desde la nómina de este mes de noviembre, habrá de abonarse todas las retribuciones variables con los importes actualizados (nocturnos, festivos, horas de presencia¿). Respecto a los atrasos de los importes abonados en las nóminas de enero a octubre de estos conceptos, serán abonados directamente por SIRHUS.
En cuanto a los complementos personales de carácter mensual, deberán, así mismo, actualizarse.
Se adjuntan tablas de importes de los colectivos A con los importes debidamente actualizados con la subida total del 3,50%.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
CONTINUAMOS ACTUANDO CONTRA LA ATRIBUCIÓN POTESTADES PUBLICAS A PERSONAL LABORAL PROPIO DEL SAE
Este Sindicato ha tenido conocimiento de que desde el SAE se estaría habilitando a su personal laboral propio (procedente de la FAFFE, UTEDLT y demás) para el acceso al programa informático SILA, que sustituirá a HERMES.
Desconocemos si estas actuaciones se están realizando como consecuencia de alguna Instrucción, Circular o simplemente mediante orden verbal.
En concreto, en varios Centros de Empleo el personal laboral propio del SAE está accediendo al programa que gestiona las demandas y ofertas de empleo de la Comunidad Autónoma.
Hay que señalar que el programa informático SILA permite realizar una serie de funciones que conllevan claramente el desempeño de potestades administrativas, puesto que tienen acceso a datos personales, participan en la gestión de expedientes administrativos y emiten certificados, todo ello con relación a la gestión de las demandas de empleo, las ofertas de empleo y las actuaciones necesarias para la Renta Básica de Inserción.
Conviene recordar también las disposiciones al respecto establecidas por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dispone en su artículo 9 "Funcionarios de carrera", apartado 2º que:
"En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca."
También parece que el SAE estaría haciendo oídos sordos a la vasta jurisprudencia del TSJA y del Tribunal Supremo en este mismo sentido.
Por todo lo anteriormente expuesto, desde el SAF dirigimos el pasado mes de julio escritos a la Dirección Gerencia del SAE, a la SGT de la Consejería de Empleo. Ante la falta de respuesta, hemos dirigido sendos escritos a cada una de las Direcciones Provinciales del SAE instando a que se nos remita la Instrucción, Circular, Orden o cualquier instrumento jurídico que esté dando cobertura o habilitando al personal laboral propio de la Agencia a acceder a los registros informáticos y bases de datos del SAE (Hermes, SILA ETC).
Así mismo hemos interesado que se den de inmediato las instrucciones pertinentes a los Directores ATE y de Oficinas SAE, para que cese con carácter inmediato todo acceso por parte de personal laboral propio del SAE a registros y bases de datos de empleo que pudiera suponer la usurpación de potestades administrativas.
Desde el SAF manifestamos que, en defensa del ejercicio de las potestades públicas por el personal a quien realmente corresponden, conforme a la Ley y al Derecho, iniciaremos las acciones legales que correspondan ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo y/o penal contra toda autoridad o funcionario que habilite y permita al personal laboral propio del SAE el uso de programas informáticos que suponga ejercicio de potestades públicas, reservadas exclusivamente al personal funcionario, por poder incurrir en la existencia de indicios racionales de ilicitud penal por la presunta comisión de los delitos previstos en el Código Penal de usurpación de funciones públicas, prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos y malversación indicados anteriormente.
Desconocemos si estas actuaciones se están realizando como consecuencia de alguna Instrucción, Circular o simplemente mediante orden verbal.
En concreto, en varios Centros de Empleo el personal laboral propio del SAE está accediendo al programa que gestiona las demandas y ofertas de empleo de la Comunidad Autónoma.
Hay que señalar que el programa informático SILA permite realizar una serie de funciones que conllevan claramente el desempeño de potestades administrativas, puesto que tienen acceso a datos personales, participan en la gestión de expedientes administrativos y emiten certificados, todo ello con relación a la gestión de las demandas de empleo, las ofertas de empleo y las actuaciones necesarias para la Renta Básica de Inserción.
Conviene recordar también las disposiciones al respecto establecidas por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dispone en su artículo 9 "Funcionarios de carrera", apartado 2º que:
"En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca."
También parece que el SAE estaría haciendo oídos sordos a la vasta jurisprudencia del TSJA y del Tribunal Supremo en este mismo sentido.
Por todo lo anteriormente expuesto, desde el SAF dirigimos el pasado mes de julio escritos a la Dirección Gerencia del SAE, a la SGT de la Consejería de Empleo. Ante la falta de respuesta, hemos dirigido sendos escritos a cada una de las Direcciones Provinciales del SAE instando a que se nos remita la Instrucción, Circular, Orden o cualquier instrumento jurídico que esté dando cobertura o habilitando al personal laboral propio de la Agencia a acceder a los registros informáticos y bases de datos del SAE (Hermes, SILA ETC).
Así mismo hemos interesado que se den de inmediato las instrucciones pertinentes a los Directores ATE y de Oficinas SAE, para que cese con carácter inmediato todo acceso por parte de personal laboral propio del SAE a registros y bases de datos de empleo que pudiera suponer la usurpación de potestades administrativas.
Desde el SAF manifestamos que, en defensa del ejercicio de las potestades públicas por el personal a quien realmente corresponden, conforme a la Ley y al Derecho, iniciaremos las acciones legales que correspondan ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo y/o penal contra toda autoridad o funcionario que habilite y permita al personal laboral propio del SAE el uso de programas informáticos que suponga ejercicio de potestades públicas, reservadas exclusivamente al personal funcionario, por poder incurrir en la existencia de indicios racionales de ilicitud penal por la presunta comisión de los delitos previstos en el Código Penal de usurpación de funciones públicas, prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos y malversación indicados anteriormente.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
Pincha AQUÍ para descargar el INFORMATIVO en formato PDF