GRAVES INCIDENCIAS EN LAS TOMAS DE POSESIÓN DE PROMOCIÓN INTERNA
En las últimas horas estamos teniendo conocimiento de numerosas incidencias ocurridas en el acto de selección de vacantes del cuerpo A1.1200, celebrada en el día de ayer. Según nos informa un considerable número de personas afectadas, Función Pública no ha aceptado que se pueda permanecer en el mismo puesto de doble adscripción cumpliendo alguno de los 3 requisitos que la Administración planteó en la reunión celebrada el pasado 30 de Marzo con el Secretario General para la Administración Pública y que a posteriori fueron plasmados en un ambigua Nota Informativa.
En la citada reunión se acordó que la Administración publicaría de forma inmediata la previsión de ofertas de vacantes y tomas de posesión. Además se comprometió a la publicación de la citada nota, cuyos criterios permitirían que un porcentaje muy alto de las personas afectadas pudieran quedarse en su puesto de doble adscripción. Únicamente en algunos cuerpos específicos tendría un efecto marginal, mientras que en los generarles no habría apenas incidencias.
Por parte de los sindicatos se acordó de forma unánime desconvocar la concentración prevista porque, por un lado, se entendía que se daba respuesta al retraso en las oferta de vacantes y tomas de posesión y, por otro, una altísima proporción de personas afectadas por el problema creado por la Administración en materia de casos de doble adscripción se vería beneficiada.
Desde el SAF siempre mantuvimos y lo seguimos haciendo que, aunque supuestamente se solventaba el problema de la inmensa mayoría de personas afectadas, nuestra postura seguía siendo de total oposición al añadido de la resolución de vacantes, sobre la cual siempre hemos entendido que sólo cabe la declaración de nulidad o revocación parcial de dicho añadido y, en consecuencia, ya anunciamos nuestra determinación a impugnarlo en vía jurisdiccional.
Recientemente hemos conocido a través del titular de la Subdirección de Ordenación y Regulación, que “no sólo se pedía que el cuerpo al que se promociona existiese en la Consejería, sino que el puesto de doble adscripción debía cumplir requisitos de las áreas”.
Esta “nueva interpretación” no se corresponde ni con lo acordado en la reunión, ni con el literal de lo redactado en la Nota Informativa por lo que consideramos que la Administración ha faltado a su palabra. De hecho, con este nuevo “criterio”, el numero de personas afectadas será mucho más alto incluso dentro de los propios cuerpos generales.
En consecuencia, anunciamos que convocaremos nuevas concentraciones a la mayor brevedad posible para exigir el cumplimiento íntegro de las bases y la revocación del citado añadido, solos o con el resto de sindicatos que estén de acuerdo en dar una respuesta contundente.
Exigimos el cese de los máximos responsables de este enésimo desaguisado en materia de Función Pública. Hasta que no se produzcan estos ceses el conflicto está garantizado.
En la citada reunión se acordó que la Administración publicaría de forma inmediata la previsión de ofertas de vacantes y tomas de posesión. Además se comprometió a la publicación de la citada nota, cuyos criterios permitirían que un porcentaje muy alto de las personas afectadas pudieran quedarse en su puesto de doble adscripción. Únicamente en algunos cuerpos específicos tendría un efecto marginal, mientras que en los generarles no habría apenas incidencias.
Por parte de los sindicatos se acordó de forma unánime desconvocar la concentración prevista porque, por un lado, se entendía que se daba respuesta al retraso en las oferta de vacantes y tomas de posesión y, por otro, una altísima proporción de personas afectadas por el problema creado por la Administración en materia de casos de doble adscripción se vería beneficiada.
Desde el SAF siempre mantuvimos y lo seguimos haciendo que, aunque supuestamente se solventaba el problema de la inmensa mayoría de personas afectadas, nuestra postura seguía siendo de total oposición al añadido de la resolución de vacantes, sobre la cual siempre hemos entendido que sólo cabe la declaración de nulidad o revocación parcial de dicho añadido y, en consecuencia, ya anunciamos nuestra determinación a impugnarlo en vía jurisdiccional.
Recientemente hemos conocido a través del titular de la Subdirección de Ordenación y Regulación, que “no sólo se pedía que el cuerpo al que se promociona existiese en la Consejería, sino que el puesto de doble adscripción debía cumplir requisitos de las áreas”.
Esta “nueva interpretación” no se corresponde ni con lo acordado en la reunión, ni con el literal de lo redactado en la Nota Informativa por lo que consideramos que la Administración ha faltado a su palabra. De hecho, con este nuevo “criterio”, el numero de personas afectadas será mucho más alto incluso dentro de los propios cuerpos generales.
En consecuencia, anunciamos que convocaremos nuevas concentraciones a la mayor brevedad posible para exigir el cumplimiento íntegro de las bases y la revocación del citado añadido, solos o con el resto de sindicatos que estén de acuerdo en dar una respuesta contundente.
Exigimos el cese de los máximos responsables de este enésimo desaguisado en materia de Función Pública. Hasta que no se produzcan estos ceses el conflicto está garantizado.
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SOLICITAMOS LA INMEDIATA REVISIÓN DE LOS COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS
En marzo del año 2017 desde el SAF exigimos a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, la revisión al alza de los complementos específicos de las RPT. En ese momento ya considerábamos que se encontraban incursos en una serie de irregularidades, como estar obsoletos desde hacía décadas (máximo cuando la disminución de personal funcionario en los últimos 14 años, es de más de un 15% y la asunción de nuevas funciones, dificultad y responsabilidad ha aumentado considerablemente), ser asignados de manera lineal pese a estar tajantemente prohibido por el Tribunal Supremo, así como la no asignación de la peligrosidad a los puestos de trabajo.
Como consecuencia de ello, en Mesa Sectorial de 20 de diciembre de 2017 se incluyó el siguiente punto del orden del día: “7. Negociación de los criterios para la determinación de los complementos específicos.”
En relación al mismo, se remitió un documento en PDF elaborado por el Servicio de Planificación y Evaluación de Puestos de Trabajo en el que se reflejaba el procedimiento para la determinación de los factores del complemento especifico, lo que incluía también la peligrosidad. Por otro lado, se acordó la creación de un Grupo de Trabajo para la aprobación de la actualización los mismos. Un Grupo de Trabajo que a día de hoy, más de cinco años después, aún no se ha constituido.
Por este motivo hemos solicitado a la Secretaria General para la Administración Pública que proceda a la inmediata convocatoria de Mesa Sectorial de carácter extraordinario, para tratar los siguientes asuntos:
1.- Fijación de calendario para grupo de trabajo para determinación del complemento específico con el mandamiento de revisión al alza en los puestos de trabajo de personal funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía, dado el aumento de carga de trabajo por la paulatina disminución de personal en los últimos quince años, el tiempo transcurrido desde la última revisión y la discriminación retributiva con respecto del personal laboral que tiene atribuida una menor responsabilidad y dificultad técnica.
2.- Negociación y aprobación del procedimiento para el reconocimiento del factor de peligrosidad o penosidad, complemento cuya atribución es prácticamente inexistente en la RPT de personal funcionario de Administración General.
Dado el retraso en la constitución del mencionado Grupo de Trabajo (cinco años y medio) y su imperiosa necesidad, dada la situación inflacionaria actual, entendemos que la actualización y revisión de los complementos específicos no admite demora.
Por todo ello, desde el SAF anunciamos que, si no recibimos contestación por parte de la Administración en un plazo máximo de 10 diez naturales, iniciaremos acciones de protesta para exigir unas condiciones salariales dignas que incluyan unos complementos específicos acordes a las circunstancias de responsabilidad, dificultad y penosidad actuales y no del año 2002.
Como consecuencia de ello, en Mesa Sectorial de 20 de diciembre de 2017 se incluyó el siguiente punto del orden del día: “7. Negociación de los criterios para la determinación de los complementos específicos.”
En relación al mismo, se remitió un documento en PDF elaborado por el Servicio de Planificación y Evaluación de Puestos de Trabajo en el que se reflejaba el procedimiento para la determinación de los factores del complemento especifico, lo que incluía también la peligrosidad. Por otro lado, se acordó la creación de un Grupo de Trabajo para la aprobación de la actualización los mismos. Un Grupo de Trabajo que a día de hoy, más de cinco años después, aún no se ha constituido.
Por este motivo hemos solicitado a la Secretaria General para la Administración Pública que proceda a la inmediata convocatoria de Mesa Sectorial de carácter extraordinario, para tratar los siguientes asuntos:
1.- Fijación de calendario para grupo de trabajo para determinación del complemento específico con el mandamiento de revisión al alza en los puestos de trabajo de personal funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía, dado el aumento de carga de trabajo por la paulatina disminución de personal en los últimos quince años, el tiempo transcurrido desde la última revisión y la discriminación retributiva con respecto del personal laboral que tiene atribuida una menor responsabilidad y dificultad técnica.
2.- Negociación y aprobación del procedimiento para el reconocimiento del factor de peligrosidad o penosidad, complemento cuya atribución es prácticamente inexistente en la RPT de personal funcionario de Administración General.
Dado el retraso en la constitución del mencionado Grupo de Trabajo (cinco años y medio) y su imperiosa necesidad, dada la situación inflacionaria actual, entendemos que la actualización y revisión de los complementos específicos no admite demora.
Por todo ello, desde el SAF anunciamos que, si no recibimos contestación por parte de la Administración en un plazo máximo de 10 diez naturales, iniciaremos acciones de protesta para exigir unas condiciones salariales dignas que incluyan unos complementos específicos acordes a las circunstancias de responsabilidad, dificultad y penosidad actuales y no del año 2002.
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ESCANDALOSAS AUTOENMIENDAS AL PROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA
Es bien conocida nuestra postura contraria a la aprobación de la futura Ley de Función Pública de Andalucía que se encuentra actualmente en trámite parlamentario. Una Ley que viene dar carta de naturaleza a la usurpación de potestades públicas y a llevar la politización de la Administración a sus más altas cotas.
Hablamos de un proyecto de Ley que contó con el aval en Mesa Sectorial del la totalidad del resto de sindicatos (CSIF, ISA, UGT y CC.OO.). Algunos de ellos se las prometían muy felices al manifestar que esperaban que el texto se “mejorara” durante su trámite parlamentario “para que la norma sea más clarificadora y que garantice sobre las potestades públicas y logre la despolitización real de la Administración andaluza”.
Lamentablemente la realidad es muy tozuda y nos ha acabado dando la razón. El pasado 24 de marzo el BOPA publicaba las enmiendas parciales presentadas por los distintos Grupos Parlamentarios. Entre todas ellas queremos llamar la atención sobre dos presentadas por el propio Grupo Parlamentario Popular de Andalucía que, como bien es sabido, cuenta con una mayoría absoluta en la cámara que le permitirá aprobarlas sin ningún tipo de problema.
La primera de ellas establece lo siguiente:
Gracias a esta enmienda todos los puestos PLD de la Administración General de la Junta de Andalucía podrán ser ocupados por personal funcionario de cualquier otra Administración española (AGE, Local, personal docente, sanitario, etc.).
¿Abrir la puerta a que funcionarios de cualquier Administración, cuyo único mérito sea su militancia o simpatía con el gobierno de turno pueda ser nombrado para la totalidad de puestos PLD es “despolitizar la Administración”?
Para continuar El Grupo Parlamentario Popular de Andalucía propone la siguiente enmienda:
Conviene recordar que el actual Consejero de la Presidencia, Antonio Sanz, afirmaba allá por el año 2011, desde la oposición, que la creación de una "administración paralela creada por la Junta" pretendía que “potestades públicas que corresponden exclusivamente al ejercicio de los funcionarios fueran ejercidas por personal ajeno”.
El entonces secretario del PP-A cargaba contra lo que entonces no dudaba en calificar como “Administración Paralela” argumentando literalmente lo siguiente:
"El PSOE ha buscado una válvula de escape para incorporar a potestades públicas a personal ajeno a la función pública; ha buscado la puerta de atrás para incorporar a muchas personas de la administración que no tienen la condición de funcionario público y que van a terminar haciendo funciones que le corresponderían solamente a los funcionarios".
Esta enmienda deja en evidencia que el Partido Popular, una vez en el gobierno de la Junta de Andalucía, está haciendo exactamente lo mismo que criticaba sin paliativos desde la oposición, asignando potestades administrativas a personal de Sociedades Mercantiles, yendo mucho más allá de lo que jamás el PSOE se atrevió.
La LAJA actualmente establece con rotundidad en su art. 75 que las sociedades mercantiles del sector público andaluz “en ningún caso podrán ejercer potestades administrativas”. Parece que el Gobierno actual pretende que estas sociedades jueguen con dos barajas en el mercado con esta modificación, aunque para ello tenga que quebrar principios constitucionales.
Esta enmienda entraña una gravedad extrema, pues recordemos que el propio Partido Popular presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Reordenación, por la atribución de potestades a las Agencias (reservando las potestades a personal funcionario) y ahora pretende “colar” una enmienda para atribuir potestades administrativas a sociedades mercantiles como Cetursa, Canal Sur, Inturjoven, VEIASA, etc. Una absoluta barbaridad.
En conclusión, ni en nuestras peores previsiones contemplábamos modificaciones legislativas tan lesivas para los derechos de nuestro colectivo y del conjunto de la ciudadanía andaluza.
Solicitamos al resto de sindicatos que anteriormente dieron su visto bueno a este Proyecto de Ley a que, a la vista de estas enmiendas, manifiesten su rechazo a las mismas y se unan al SAF para la realización de acciones conjuntas dirigidas a evitar su aprobación definitiva.
El entonces secretario del PP-A cargaba contra lo que entonces no dudaba en calificar como “Administración Paralela” argumentando literalmente lo siguiente:
"El PSOE ha buscado una válvula de escape para incorporar a potestades públicas a personal ajeno a la función pública; ha buscado la puerta de atrás para incorporar a muchas personas de la administración que no tienen la condición de funcionario público y que van a terminar haciendo funciones que le corresponderían solamente a los funcionarios".
Esta enmienda deja en evidencia que el Partido Popular, una vez en el gobierno de la Junta de Andalucía, está haciendo exactamente lo mismo que criticaba sin paliativos desde la oposición, asignando potestades administrativas a personal de Sociedades Mercantiles, yendo mucho más allá de lo que jamás el PSOE se atrevió.
La LAJA actualmente establece con rotundidad en su art. 75 que las sociedades mercantiles del sector público andaluz “en ningún caso podrán ejercer potestades administrativas”. Parece que el Gobierno actual pretende que estas sociedades jueguen con dos barajas en el mercado con esta modificación, aunque para ello tenga que quebrar principios constitucionales.
Esta enmienda entraña una gravedad extrema, pues recordemos que el propio Partido Popular presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Reordenación, por la atribución de potestades a las Agencias (reservando las potestades a personal funcionario) y ahora pretende “colar” una enmienda para atribuir potestades administrativas a sociedades mercantiles como Cetursa, Canal Sur, Inturjoven, VEIASA, etc. Una absoluta barbaridad.
En conclusión, ni en nuestras peores previsiones contemplábamos modificaciones legislativas tan lesivas para los derechos de nuestro colectivo y del conjunto de la ciudadanía andaluza.
Solicitamos al resto de sindicatos que anteriormente dieron su visto bueno a este Proyecto de Ley a que, a la vista de estas enmiendas, manifiesten su rechazo a las mismas y se unan al SAF para la realización de acciones conjuntas dirigidas a evitar su aprobación definitiva.
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