MESA TÉCNICA MODIFICACIÓN RPT: AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA
(Propuesta 5550910)
Asisten en representación del Centro Directivo, su Secretaria General, el Jf. de Sv. de Personal y Administración General y la Jf. de Gabinete de RRHH, así como el Jf. de Sv. de Sistemas de Información Sectoriales.
Tras las explicaciones de los representantes de la Administración con una somera explicación de lo propuesto, se pasa la palabra a las OO.SS. Para que expresen su posición y análisis a la modificación de R.P.T.
En primer lugar, y con carácter previo al punto del orden del día, queremos dejar constancia que la postura de SAF es coincidente con los acuerdos ante el abuso de la discrecionalidad (PLD) y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo.
Ya todos somos conocedores de los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante la DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
Por lo anteriormente expuesto no estamos conformes con lo presentado, denunciamos que continua el abuso en la discrecionalidad (PLD), y aplicación de criterios que cercena la carrera administrativa sin estudio de afectación a Subgrupo en la creación de puestos.
Entrando en la modificación propuesta, se circunscribe esta creación de puestos a la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, que se dice cuenta con un conjunto de instrumentos de tecnologías de la información, telecomunicaciones, ciberseguridad y gobierno abierto, y su propia estrategia digital, que la Agencia Digital de Andalucía tiene que asumir como propios, y como consta en las memorias se afirma que se han tenido que corregir varias consideraciones impuestas por la DGRRHHFP, y que como consecuencia de ello han tenido que subsanar y se ha retrasado la tramitación de la modificación que se presenta. Consta “En vistas de lo anterior, todas las memorias han sido adaptadas a los requerimientos realizados por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y, concretamente, a nuestro Catálogo de Puestos vigente en la Agencia”.
Se justifica así que la A.D.A. debe adecuar su Relación de Puestos de Trabajo a las nuevas necesidades que tiene que asumir, dado que actualmente dispone de una Relación de puestos de trabajo manifiestamente infradotada y se hace imprescindible contar con puestos en la Dirección General de Estrategia Digital para poder dar la necesaria cobertura en todo lo relativo a la Seguridad y Gestión de Emergencias de Andalucía y de igual forma al asumir una importante carga de gestión administrativa por parte de la Secretaría General, sería necesario que este centro directivo contase con 2 nuevas unidades administrativas de gestión.
En resúmen, lo presentado es una ampliación de puestos (9): Se han creado 3 plazas PLD, 2 puestos PCE (desdotados y sin poder cubrirlos hasta la aprobación de las bases, su negociación, convocatoria...) y 4 PC (todas desdotadas).
Creemos que teniendo en cuenta la eliminación de 05 puestos F y 2 L , tenían que haber acometido una modificación más ambiciosa. (sobre todo en el ámbito provincial).
CON CARÁCTER GENERAL
- Como se ha dicho en la primera parte de la intervención NOS OPONEMOS a la creación de puestos al amparo del art. 128 de la L. 5/2023 por debajo del Nivel 30. En concreto:
17558210 SV. SIST. INFORMAC. SECT. (N.28)
17558410 GBTE. ESTRATÉGICO (N.27)
17558310 GBTE. ESTRATÉGICO (N.27)
La justificación del Sv. conlleva que “el puesto exige una disponibilidad amplia, con capacidad de respuesta ante situaciones imprevistas, dado que la gestión de emergencias no se limita a horarios convencionales...
Los Gabinetes reflejan: “Las funciones asignadas al puesto requieren una combinación de conocimientos técnicos avanzados en sistemas de información, comunicaciones, ciberseguridad, análisis de riesgos y gestión de infraestructuras tecnológicas, junto con una experiencia específica en el ámbito de la protección civil y la gestión de emergencias”, así como “una trayectoria profesional contrastada en el ámbito de las TIC aplicadas a emergencias”.
Para aplicar lo dispuesto, se deberá establecer en el puesto de Servicio la jornada especial, y para los Gabinetes Estratégicos la formación necesaria para llevar a cabo las condiciones de desempeño y competencias que se van a asumir. Pero no consta nada al particular por lo que se exige no queda reflejado en la simulación propuesta ni en la creación de los puestos PLD.
La Ley 5/2023 establece en su art. 36. “Jornada de trabajo y horario del personal funcionario” que: “…De acuerdo con la normativa estatal de carácter básico, se determinarán y desarrollarán reglamentariamente la jornada de trabajo general y las jornadas especiales de trabajo del personal funcionario, los horarios en que se presta esta jornada, así como otras medidas que pudieran adoptarse en el marco de la negociación colectiva”. Actualmente la Resolución de 26 de mayo 2003 regula ciertos aspectos de los puestos con Jornada Especial de los servicios de Protección Civil.
Y esa formación de Protección Civil y Emergencias debe quedar acreditada en la memoria justificativa.
Insistir que la actual Resolución de 26 de mayo de 2003 dictada por la SGT de la Consejería de Gobernación, vino a regular aspectos de la prestación de servicios del personal adscrito a puestos de trabajo de los Servicios de Protección Civil. Esta Resolución NO satisface el mandato del art. 2.7 del Decreto 349/1996 tal y como reconoció, el citado en esta mesa, Subdirector de Emergencias Juan Ramón Rodríguez Claudio en un Informe de enero 2024 a solicitud del Defensor del Pueblo Andaluz.
Por tanto subrayar que seguimos sin una regulación única, legal y obligatoria sobre Jornada Especial. Como tampoco se acredita esa ”experiencia específica en el ámbito de la protección civil y gestión de emergencias”, ya que no se recoge ningún requisito de formación específico para la cobertura de esos puestos, en materia de emergencias y protección civil orientada al conocimiento y gestión de los riesgos colectivos, y referida en todo o parte de los aspectos relativos a su prevención, planificación intervención, o respuesta a las emergencias, recuperación, evaluación e inspección.
Por otro lado en relación a la alusión al REJA (RED DIGITAL DE EMERGENCIAS), por parte del Jf. de Sv. de Sistemas de Información Sectoriales, hacemos constar que no es sólo instalar y mantener la misma, existe una falta de formación sobre ésta a todos los efectivos del 112, los cuales están demandando continuamente un protocolo de comunicación REJA y que se les garantice una adecuada formación tanto teórica como práctica (por ejemplo, el manejo de los terminales). Ponemos de manifiesto, visto la memoria justificativa de ésta modificación de RPT, que la ADA evidencia su intención de no subsanar por el momento esta carencia que entendemos prioritaria para garantizar el servicio que se persigue. “Ayudar para que el sistema funcione. En definitiva salvar vidas”.
17558410 GBTE. ESTRATÉGICO (N.27)
17558310 GBTE. ESTRATÉGICO (N.27)
La justificación del Sv. conlleva que “el puesto exige una disponibilidad amplia, con capacidad de respuesta ante situaciones imprevistas, dado que la gestión de emergencias no se limita a horarios convencionales...
Los Gabinetes reflejan: “Las funciones asignadas al puesto requieren una combinación de conocimientos técnicos avanzados en sistemas de información, comunicaciones, ciberseguridad, análisis de riesgos y gestión de infraestructuras tecnológicas, junto con una experiencia específica en el ámbito de la protección civil y la gestión de emergencias”, así como “una trayectoria profesional contrastada en el ámbito de las TIC aplicadas a emergencias”.
Para aplicar lo dispuesto, se deberá establecer en el puesto de Servicio la jornada especial, y para los Gabinetes Estratégicos la formación necesaria para llevar a cabo las condiciones de desempeño y competencias que se van a asumir. Pero no consta nada al particular por lo que se exige no queda reflejado en la simulación propuesta ni en la creación de los puestos PLD.
La Ley 5/2023 establece en su art. 36. “Jornada de trabajo y horario del personal funcionario” que: “…De acuerdo con la normativa estatal de carácter básico, se determinarán y desarrollarán reglamentariamente la jornada de trabajo general y las jornadas especiales de trabajo del personal funcionario, los horarios en que se presta esta jornada, así como otras medidas que pudieran adoptarse en el marco de la negociación colectiva”. Actualmente la Resolución de 26 de mayo 2003 regula ciertos aspectos de los puestos con Jornada Especial de los servicios de Protección Civil.
Y esa formación de Protección Civil y Emergencias debe quedar acreditada en la memoria justificativa.
Insistir que la actual Resolución de 26 de mayo de 2003 dictada por la SGT de la Consejería de Gobernación, vino a regular aspectos de la prestación de servicios del personal adscrito a puestos de trabajo de los Servicios de Protección Civil. Esta Resolución NO satisface el mandato del art. 2.7 del Decreto 349/1996 tal y como reconoció, el citado en esta mesa, Subdirector de Emergencias Juan Ramón Rodríguez Claudio en un Informe de enero 2024 a solicitud del Defensor del Pueblo Andaluz.
Por tanto subrayar que seguimos sin una regulación única, legal y obligatoria sobre Jornada Especial. Como tampoco se acredita esa ”experiencia específica en el ámbito de la protección civil y gestión de emergencias”, ya que no se recoge ningún requisito de formación específico para la cobertura de esos puestos, en materia de emergencias y protección civil orientada al conocimiento y gestión de los riesgos colectivos, y referida en todo o parte de los aspectos relativos a su prevención, planificación intervención, o respuesta a las emergencias, recuperación, evaluación e inspección.
Por otro lado en relación a la alusión al REJA (RED DIGITAL DE EMERGENCIAS), por parte del Jf. de Sv. de Sistemas de Información Sectoriales, hacemos constar que no es sólo instalar y mantener la misma, existe una falta de formación sobre ésta a todos los efectivos del 112, los cuales están demandando continuamente un protocolo de comunicación REJA y que se les garantice una adecuada formación tanto teórica como práctica (por ejemplo, el manejo de los terminales). Ponemos de manifiesto, visto la memoria justificativa de ésta modificación de RPT, que la ADA evidencia su intención de no subsanar por el momento esta carencia que entendemos prioritaria para garantizar el servicio que se persigue. “Ayudar para que el sistema funcione. En definitiva salvar vidas”.
- En cuanto a los Departamentos Técnicos (20256410 y 17559510) tanto en la memoria funcional como en las memorias de creación de los puestos aparecen con forma de provisión PC, en consonancia con lo que la memoria determina conforme “a nuestro Catálogo de Puestos vigente en la Agencia”. Sin embargo aparece en la simulación como PCE. Estamos absolutamente en contra de la creación sin justificación, sin baremo específico, y sin ninguna documentación que demuestre la necesidad de cobertura por el sistema de provisión de los puestos PCE que figuran.
Estos puestos deben crearse por el sistema de provisión PC, y su cobertura por los sistemas establecidos por el concurso abierto y permanente, y mientras tanto, por el sistema de movilidad provisional amparado en el art. 129 de la Ley (si se diera el caso excepcional)
El sistema propuesto impide sine día su cobertura, independientemente de su dotación futura. Entre otras cosas...(Art. 70.3 “La Consejería con competencias en materia de función pública negociará con la representación de las organizaciones sindicales unos baremos adecuados a las funciones de puestos de trabajo homogéneos, de acuerdo con los criterios previstos en este decreto”.) Y no se ha hecho…
En cuanto al Catálogo de Puestos vigente en la Agencia que se refieren, hacemos referencia al tipo “Departamento Técnico” existente, tanto de adscripción al A1 como A1-A2, todos con el sistema de provisión PC:
114610, 9268310, 13189010, 9271510, 1723210, 8523610, 6673510, 53910, 6981410, 6628710, 6950510, 6628810, 62010, 6703710, 6628910, 6948210, 6708010, 6629010, 70510, 6629110, 74310, 6629210, 6690610, 6629310, 78810, 6629410, 6953110, 7995910, 105510, 7978510, 9680010, 9147710, 7049810, 7050110, 11068910, 2316910, 9178010, 9336910, 686710, 8159510, 8158910, 11723010, 8158910, 11723010, 8159310, 1717710, 8420810, 12406810, 7048010, 2044510, 13503310, 13503710, 420810, 12397610, 9167410, 2757610, 6869610…
Nos dice la Secretaria General que se trata de un error en la formulación de la propuesta, ya que la ADA en ningún momento ha previsto ese sistema de provisión. Entonces... ¿Es la DGRRHHFP la que impone algo que los Centros Directivos no han solicitado e intentan hacer valer un criterio no negociado, ni consensuado y mucho menos regulado?
114610, 9268310, 13189010, 9271510, 1723210, 8523610, 6673510, 53910, 6981410, 6628710, 6950510, 6628810, 62010, 6703710, 6628910, 6948210, 6708010, 6629010, 70510, 6629110, 74310, 6629210, 6690610, 6629310, 78810, 6629410, 6953110, 7995910, 105510, 7978510, 9680010, 9147710, 7049810, 7050110, 11068910, 2316910, 9178010, 9336910, 686710, 8159510, 8158910, 11723010, 8158910, 11723010, 8159310, 1717710, 8420810, 12406810, 7048010, 2044510, 13503310, 13503710, 420810, 12397610, 9167410, 2757610, 6869610…
Nos dice la Secretaria General que se trata de un error en la formulación de la propuesta, ya que la ADA en ningún momento ha previsto ese sistema de provisión. Entonces... ¿Es la DGRRHHFP la que impone algo que los Centros Directivos no han solicitado e intentan hacer valer un criterio no negociado, ni consensuado y mucho menos regulado?
- Mantenemos que no estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura construidos: 20256210, 17559710, 17558810, 20256910, 20256410, 17558510.
Solicitamos si no se procede a la construcción conforme “a nuestro Catálogo de Puestos vigente en la Agencia”, que los puestos que figuran en el mismo de doble adscripción, y en el caso de que sea más de 1, se proceda a establecer el Cuerpo Preferente en cada uno de ellos conforme al subgrupo, opción y especialidad de origen:
- Un. Gestión Administrativa (A2-C1): 20256210 (A2), 17559710 (C1), como ejemplo
- Gest. Servicios Tecnológicos (A1-A2): 17558810 (A1), 20256910 (A2), como ejemplo
- Dp. Técnico (A1-A2), 20256410 (A1), 17558510 (A2), como ejemplo
Nos oponemos a la eliminación de puestos imprescindibles para la carrera administrativa del Personal Auxiliar de Administración (C2.1000) 14429710 y 6756210 Auxiliar de Gestión, ya que la promoción de este personal cada vez está más limitada al estar despareciendo paulatinamente puestos de trabajo de doble adscripción y sin creación de puestos del Cuerpo Preferente C2.
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: En la memoria general figura:
“La presente propuesta de modificación de la RPT tiene un coste 0, ya que no se solicita dotación para los mismos.
El compromiso para dotar estas plazas será, principalmente, mediante incremento de plantilla presupuestaria (si la hubiese). En caso contrario, se procederá mediante desdotaciones de otros puestos susceptibles. Asimismo, de cara a la desdotación, se realizará un estudio sobre las peticiones formuladas en las últimas ONCs, de manera que, si en dos procesos consecutivos un puesto queda sin solicitudes, se valorará su desdotación con el fin de reasignar dichos recursos a aquellos puestos que se consideren más necesarios en la presente modificación”.
No sabemos que es lo que se pretende con afirmar en la memoria al afirmar: “En base a ello, se acredita la viabilidad económica de la modificación de la relación de puestos de trabajo propuesta”
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende.
Todos sabemos lo que puede pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para dotar los PLD`s.
Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
“La presente propuesta de modificación de la RPT tiene un coste 0, ya que no se solicita dotación para los mismos.
El compromiso para dotar estas plazas será, principalmente, mediante incremento de plantilla presupuestaria (si la hubiese). En caso contrario, se procederá mediante desdotaciones de otros puestos susceptibles. Asimismo, de cara a la desdotación, se realizará un estudio sobre las peticiones formuladas en las últimas ONCs, de manera que, si en dos procesos consecutivos un puesto queda sin solicitudes, se valorará su desdotación con el fin de reasignar dichos recursos a aquellos puestos que se consideren más necesarios en la presente modificación”.
No sabemos que es lo que se pretende con afirmar en la memoria al afirmar: “En base a ello, se acredita la viabilidad económica de la modificación de la relación de puestos de trabajo propuesta”
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende.
Todos sabemos lo que puede pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para dotar los PLD`s.
Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
- Y tampoco se han creado en esa Agencia la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…” Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan medidas o proyectos a desarrollar de carácter transversal… (Medida 4)
Se nos indica que esperan que se den las directrices por parte de la SGAP y de la DGRRHHFP para construir los puestos conforme a criterios homogéneos.
Volvemos a denunciar la cada vez más insuficiente dotación de plazas y la más notoria falta de efectivos por procedimientos de desdotación y la amortización de plazas por jubilación de los titulares.
Por poner el ejemplo de Granada – extensivo al resto de provincias – decir que tras el último movimiento de personal del CAP y a las jubilaciones se ha perdido más de un 30% del personal.
Todo esto está provocando que el servicio que se pretende dar no sea lo exigente que debiera y hasta reconocido por los propios funcionarios como “deficitario” y se está dando a la ciudadanía un mal servicio público por esta carencia, además de provocar en muchos casos la sobrecarga de trabajo y situaciones de stress laboral.
Ante esta situación nos planteamos la denuncia a la Inspección de Trabajo por las consecuencias que está teniendo esta situación.
La Agencia Digital de Andalucía no ha hecho nada, ni se prevé que lo haga, lo único que hace es repartir todo el trabajo que hacían estas personas entre el resto.
Como se ha dicho en el seno de la Mesa Técnica está llevando esta situación a que la ADA realice contratos millonarios para externalizar servicios que podrían llevarse a cabo con personal de los Cuerpos y Especialidades si se produjera la dotación de los puestos.
Volvemos a denunciar la cada vez más insuficiente dotación de plazas y la más notoria falta de efectivos por procedimientos de desdotación y la amortización de plazas por jubilación de los titulares.
Por poner el ejemplo de Granada – extensivo al resto de provincias – decir que tras el último movimiento de personal del CAP y a las jubilaciones se ha perdido más de un 30% del personal.
Todo esto está provocando que el servicio que se pretende dar no sea lo exigente que debiera y hasta reconocido por los propios funcionarios como “deficitario” y se está dando a la ciudadanía un mal servicio público por esta carencia, además de provocar en muchos casos la sobrecarga de trabajo y situaciones de stress laboral.
Ante esta situación nos planteamos la denuncia a la Inspección de Trabajo por las consecuencias que está teniendo esta situación.
La Agencia Digital de Andalucía no ha hecho nada, ni se prevé que lo haga, lo único que hace es repartir todo el trabajo que hacían estas personas entre el resto.
Como se ha dicho en el seno de la Mesa Técnica está llevando esta situación a que la ADA realice contratos millonarios para externalizar servicios que podrían llevarse a cabo con personal de los Cuerpos y Especialidades si se produjera la dotación de los puestos.
SEGUIREMOS INFORMANDO
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MESA SECTORIAL DE 27 DE FEBRERO DE 2026 SOBRE MODIFICACIÓN DE RPT
Preside la Mesa Sectorial el Director General de Recursos Humanos y Función Pública, acompañado de la Subdirectora de Análisis y Evaluación de Puestos de Trabajo, y la Jf Sv. de R.P.T.
Por parte de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (por videoconferencia), el Jf. de Sv. de Gestión de Personal No Docente.
Por la Consejería de Industria, Energía y Minas, su S.G.T. y la Jefa de Servicio de Personal y Administración General.
Tras la presentación inicial, se procede a las intervenciones por parte de las Organizaciones Sindicales, y lo hacemos en primer lugar ya que somos el sindicato más representativo en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Por parte de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (por videoconferencia), el Jf. de Sv. de Gestión de Personal No Docente.
Por la Consejería de Industria, Energía y Minas, su S.G.T. y la Jefa de Servicio de Personal y Administración General.
Tras la presentación inicial, se procede a las intervenciones por parte de las Organizaciones Sindicales, y lo hacemos en primer lugar ya que somos el sindicato más representativo en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía.
PUNTO PRIMERO: MODIFICACIÓN DE RPT DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCA- TIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL (EXPTE. 504/25)
Tras la brevísima intervención del representante Centro Directivo proponente...
En primer lugar, manifestar que no asistimos a la Mesa Técnica por un problema de comunicación con el cambio de fecha ya que se remitió a otro correo en lugar del que se debe remitir para las convocatorias de ámbito de negociación, y que en varias ocasio- nes se ha facilitado a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para evitar este tipo de inconvenientes. Ya parece que se ha tomado nota...
Entrando en la propuesta tal como se indica en la memoria de la modificación de la RPT es, “heterogénea en su contenido por incluir varias actuaciones de contenido diverso en la línea de ir adaptando la relación de puestos a la realidad”.
En lo que afecta a esta Mesa Sectorial, y como figura en la documentación remitida para este ámbito, se ha eliminado de la anterior la visión general para la Mesa
Técnica, y se ha circunscrito a los cambios de puestos de personal funcionario. Entendemos que esa decisión impide ver el contexto de lo que se propone, independientemente que hay puestos en la propuesta de categorías propias del personal laboral cuyo ámbito es otro.
Pero la memoria justificativa engloba todos los apartados, y se entrecruzan y son alguno objeto también de esta Mesa, al justificarse creación de puestos F por supresión de puestos L (no todos, como se verá), así como la creación de plazas de titulados superiores psicólogos (así -sin aplicar el lenguaje no sexista-) que parecen puestos vetados al sexo femenino.
Empezando por esto último, S.A.F. manifiesta su total oposición a la construcción de puestos de personal laboral de psicólogo/a (Punto 1º de la memoria).
El art. 20 del D. 209/2025 si bien determina: “...se crea en cada provincia la Unidad de Apoyo al Profesorado, como una unidad administrativa que orientará e informará de todos aquellos aspectos relacionados con la asistencia jurídica y psicológica contemplados en el presente Decreto”, la ley 5/2023, en su artículo 15.3 dice: “Los puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía serán desempeñados con carácter general por personal funcionario público”
El apartado 4 que se refiere a los puestos que podrán desempeñarse por personal laboral determina en su letra e): “... cuando no existan cuerpos de personal funcionario”
Existe ese cuerpo de personal funcionario en nuestra Ley de Función Pública: Grupo A. Subgrupo A1: A1.2016. Psicología.
Requisito: títulos universitarios oficiales de Grado en el ámbito del conocimiento en cien- cias del comportamiento y psicología, de acuerdo con la normativa vigente, o Licenciatu- ra en Psicología.
Por lo tanto, entendemos que las plazas creadas deben adscribirse al personal funcionario perteneciente a este Cuerpo (A1.2016) y no a personal laboral, con las características propias de un puesto tipo “Personal Superior Facultativo”, según la nueva denominación de estos puestos base.
En concreto: 20122610 (AL), 20122710 (CA), 20124810 (CO), 20124910 (GR), 20125010
(HU), 20125510 (JA), 20125810 y 20193410 (MA), 20193610 y 20125710 (SE)
No deja de ser “curioso” que el Director General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos se preocupe de una manera muy explícita en la memoria de la defensa para que la categoría de psicólogo/a “vuelve a tener protagonismo propio y de futuro” o “relanzar la importancia y necesidad de la categoría laboral”
En primer lugar, manifestar que no asistimos a la Mesa Técnica por un problema de comunicación con el cambio de fecha ya que se remitió a otro correo en lugar del que se debe remitir para las convocatorias de ámbito de negociación, y que en varias ocasio- nes se ha facilitado a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para evitar este tipo de inconvenientes. Ya parece que se ha tomado nota...
Entrando en la propuesta tal como se indica en la memoria de la modificación de la RPT es, “heterogénea en su contenido por incluir varias actuaciones de contenido diverso en la línea de ir adaptando la relación de puestos a la realidad”.
En lo que afecta a esta Mesa Sectorial, y como figura en la documentación remitida para este ámbito, se ha eliminado de la anterior la visión general para la Mesa
Técnica, y se ha circunscrito a los cambios de puestos de personal funcionario. Entendemos que esa decisión impide ver el contexto de lo que se propone, independientemente que hay puestos en la propuesta de categorías propias del personal laboral cuyo ámbito es otro.
Pero la memoria justificativa engloba todos los apartados, y se entrecruzan y son alguno objeto también de esta Mesa, al justificarse creación de puestos F por supresión de puestos L (no todos, como se verá), así como la creación de plazas de titulados superiores psicólogos (así -sin aplicar el lenguaje no sexista-) que parecen puestos vetados al sexo femenino.
Empezando por esto último, S.A.F. manifiesta su total oposición a la construcción de puestos de personal laboral de psicólogo/a (Punto 1º de la memoria).
El art. 20 del D. 209/2025 si bien determina: “...se crea en cada provincia la Unidad de Apoyo al Profesorado, como una unidad administrativa que orientará e informará de todos aquellos aspectos relacionados con la asistencia jurídica y psicológica contemplados en el presente Decreto”, la ley 5/2023, en su artículo 15.3 dice: “Los puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía serán desempeñados con carácter general por personal funcionario público”
El apartado 4 que se refiere a los puestos que podrán desempeñarse por personal laboral determina en su letra e): “... cuando no existan cuerpos de personal funcionario”
Existe ese cuerpo de personal funcionario en nuestra Ley de Función Pública: Grupo A. Subgrupo A1: A1.2016. Psicología.
Requisito: títulos universitarios oficiales de Grado en el ámbito del conocimiento en cien- cias del comportamiento y psicología, de acuerdo con la normativa vigente, o Licenciatu- ra en Psicología.
Por lo tanto, entendemos que las plazas creadas deben adscribirse al personal funcionario perteneciente a este Cuerpo (A1.2016) y no a personal laboral, con las características propias de un puesto tipo “Personal Superior Facultativo”, según la nueva denominación de estos puestos base.
En concreto: 20122610 (AL), 20122710 (CA), 20124810 (CO), 20124910 (GR), 20125010
(HU), 20125510 (JA), 20125810 y 20193410 (MA), 20193610 y 20125710 (SE)
No deja de ser “curioso” que el Director General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos se preocupe de una manera muy explícita en la memoria de la defensa para que la categoría de psicólogo/a “vuelve a tener protagonismo propio y de futuro” o “relanzar la importancia y necesidad de la categoría laboral”
Se nos dice por la Consejería que esta categoría laboral se ha considerado por la agilidad en su cobertura, en contra del sistema para ser ocupadas por personal funcionario, y desde la DGRRHHFP que es una categoría que cuadra en la adscripción laboral...
Si se continua con esta vulneración de lo dispuesto en la Ley, procederemos a la impugnación de la modificación de RPT tras su publicación, y que se resuelva en contencioso-administrativo la justificación y aceptación por parte de la DGRRHHFP de esta decisión.
En cuanto al apartado 4º Eliminación de plazas de personal administrativo de adscripción (L) y creación de plazas (F).
Se dice: En la línea ya iniciada hay plazas de personal auxiliar administrativo y, en este caso una plaza de Administrativo ... que son de adscripción (L) y deben por prescripción legal pasar a ser (F). En este último caso se ha creado un monitor escolar en ese centro para compensar la pérdida del Administrativo.
En Cuevas de Almanzora, se crean 2 puestos de Personal de Administración (Administrativos/as, por supresión de 2 plazas de Aux. Admtvo/a. (L) en Huelcar-Overa.
En Valverde del Camino, se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, sin reflejarse en la memoria esta circunstancia ya que no es por “prescripción legal” al no suprimirse plaza de Laboral (Debe constar en el expediente esta necesidad). Se nos indica que efectivamente es una plaza de nueva creación y no es por supresión, y que es de necesaria con prioridad, y se procederá a su dotación y cobertura con la máxima urgencia.
En Málaga se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
En Sevilla se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
Todos los puestos desdotados
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: No se aporta la memoria económica como dispone la directriz 2 a) de la Instrucción 2/1999, de 8 de marzo, modificada por la 3/2023 de 31 de octubre, que determina que deberá ser remitida por la Consejería con la información relativa a “...la propuesta en su conjunto, suscrita por la persona titular del órgano proponente, explicando los fundamentos, circunstancias y costes de la propuesta, así como de los objetivos en que se basa para los diferentes aspectos que se contienen en la misma”
Todos los puestos creados de personal funcionario están desdotados, y tampoco se acompaña el cronograma de dotación de plazas previsto acordado con la DGRRHHFP para que se acompañara a la Mesa Sectorial como documentación complementaria.
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende. Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria. Nos contestan que “los créditos son los que son”...y que irán dotando cuando se pueda.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal (Medida 4) El representante de la Consejería dijo que “tomo nota”...
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Ejemplo más que notorio lo expuesto en la memoria del D.G. con lenguaje sexista en la definición de lo propuesto. (titulados superiores psicólogos)
En cuanto al apartado 4º Eliminación de plazas de personal administrativo de adscripción (L) y creación de plazas (F).
Se dice: En la línea ya iniciada hay plazas de personal auxiliar administrativo y, en este caso una plaza de Administrativo ... que son de adscripción (L) y deben por prescripción legal pasar a ser (F). En este último caso se ha creado un monitor escolar en ese centro para compensar la pérdida del Administrativo.
En Cuevas de Almanzora, se crean 2 puestos de Personal de Administración (Administrativos/as, por supresión de 2 plazas de Aux. Admtvo/a. (L) en Huelcar-Overa.
En Valverde del Camino, se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, sin reflejarse en la memoria esta circunstancia ya que no es por “prescripción legal” al no suprimirse plaza de Laboral (Debe constar en el expediente esta necesidad). Se nos indica que efectivamente es una plaza de nueva creación y no es por supresión, y que es de necesaria con prioridad, y se procederá a su dotación y cobertura con la máxima urgencia.
En Málaga se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
En Sevilla se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
Todos los puestos desdotados
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: No se aporta la memoria económica como dispone la directriz 2 a) de la Instrucción 2/1999, de 8 de marzo, modificada por la 3/2023 de 31 de octubre, que determina que deberá ser remitida por la Consejería con la información relativa a “...la propuesta en su conjunto, suscrita por la persona titular del órgano proponente, explicando los fundamentos, circunstancias y costes de la propuesta, así como de los objetivos en que se basa para los diferentes aspectos que se contienen en la misma”
Todos los puestos creados de personal funcionario están desdotados, y tampoco se acompaña el cronograma de dotación de plazas previsto acordado con la DGRRHHFP para que se acompañara a la Mesa Sectorial como documentación complementaria.
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende. Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria. Nos contestan que “los créditos son los que son”...y que irán dotando cuando se pueda.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal (Medida 4) El representante de la Consejería dijo que “tomo nota”...
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Ejemplo más que notorio lo expuesto en la memoria del D.G. con lenguaje sexista en la definición de lo propuesto. (titulados superiores psicólogos)
PUNTO SEGUNDO: MODIFICACIÓN DE RPT DE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (EXPTE. 505/25)
En primer lugar, queremos dejar constancia que la postura de SAF coincidente con los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante esta DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
La S.G.T. hace referencia al Acuerdo de ampliación de plantilla aprobado por la Cª Economía, que permite traer esta modificación con los Puestos Base dotados, que es una apuesta decidida para mejorar las provincias, y que empezó con una dotación de casi 70 puestos a finales de 2025. Esta segunda ampliación, dota 27 P.B. solicitados por las S.G.P. con carácter preferente en las áreas de Energía, Industria y Minas, constituyen necesidades estructurales en las D.T.
También se argumentan las nuevas competencias asumidas por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales para construir un nuevo Servicio dentro de la Secretaría General de Industria y Minas.
En el ámbito territorial, se dice que las carencias de personal resultan especialmente preocupantes por estar generando, en ocasiones, la imposibilidad de cumplir los plazos legalmente establecidos en la tramitación de sus expedientes administrativos...Se añade, que en el ámbito de energía las provincias, han debido asumir nuevas funciones y se determina que en los servicios periféricos se precisa un apoyo administrativo-jurídico ante las cuestiones que se plantean en la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos.
Para ello, lo que se ha presentado es una ampliación de puestos: Se han creado 1 plaza PLD, 3 PC (todas desdotadas) en SSCC, y 27 Puestos Base (todos dotados) en DT, salvo Córdoba.
Ya manifestamos que al Sindicato Andaluz de Funcionarios nos parece una planificación deficiente las fechas en la que se ha iniciado la modificación de ésta RPT para dotarse de los recursos humanos necesarios para cumplir con el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias.
Teniendo en cuenta:
La S.G.T. hace referencia al Acuerdo de ampliación de plantilla aprobado por la Cª Economía, que permite traer esta modificación con los Puestos Base dotados, que es una apuesta decidida para mejorar las provincias, y que empezó con una dotación de casi 70 puestos a finales de 2025. Esta segunda ampliación, dota 27 P.B. solicitados por las S.G.P. con carácter preferente en las áreas de Energía, Industria y Minas, constituyen necesidades estructurales en las D.T.
También se argumentan las nuevas competencias asumidas por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales para construir un nuevo Servicio dentro de la Secretaría General de Industria y Minas.
En el ámbito territorial, se dice que las carencias de personal resultan especialmente preocupantes por estar generando, en ocasiones, la imposibilidad de cumplir los plazos legalmente establecidos en la tramitación de sus expedientes administrativos...Se añade, que en el ámbito de energía las provincias, han debido asumir nuevas funciones y se determina que en los servicios periféricos se precisa un apoyo administrativo-jurídico ante las cuestiones que se plantean en la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos.
Para ello, lo que se ha presentado es una ampliación de puestos: Se han creado 1 plaza PLD, 3 PC (todas desdotadas) en SSCC, y 27 Puestos Base (todos dotados) en DT, salvo Córdoba.
Ya manifestamos que al Sindicato Andaluz de Funcionarios nos parece una planificación deficiente las fechas en la que se ha iniciado la modificación de ésta RPT para dotarse de los recursos humanos necesarios para cumplir con el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias.
Teniendo en cuenta:
- la antigüedad del mandato europeo, incluida la relativa a la fase nacional, el cual se remonta al menos al año 2023 con la aprobación del Reglamento UE 2023/2411 del Parlamento Europeo que ya venia a modificar dos reglamentos anteriores (UE 2017/1001 y 2019/1753)
- así como a la obligación de su entrada en vigor en los Estados Miembros a fecha 01 de diciembre de 2025.
CON CARÁCTER GENERAL
Como se dijo en la primera parte de la intervención nos oponemos a la creación de puestos al amparo del art. 128 de la L. 5/2023 por debajo del Nivel 30. En concreto:
- 20402610 SV. IND. GEOG. Y ORD. IND (N. 28)
Su justificación no se ajusta a una motivación real, y es un corta-pega acordado con Función Pública: “la provisión del puesto mediante concurso con base en un baremo debidamente diseñado no es suficiente, dado que inciden factores no objetivables, no integrables en dicho baremo”. Genoma del funcionario de Ana María Vielma.
Ya solicitamos se aclarara en Mesa Técnica que significa “la disponibilidad de esta persona cuando la adecuada prestación del servicio lo requiera”. Ya se nos indicó que no va a suponer vulneración de condiciones de trabajo ni derecho a la conciliación. (Ya hemos visto en otras ocasiones condiciones de semi esclavitud en la disponibilidad de puestos). Para ejemplo de ello los puestos de Coordinación de Protocolo y Un. de Protocolo de la Secretaría General de Presidencia, y la propuesta efectuada y retirada por la Cª de Economía que pretendía fijar un horario 24/7 a las Jf. Secretaría Consejera y Viceconsejera.
Volvemos a reclamar que el puesto PLD creado debe constar con la titulación correspondiente, conforme a lo referido en competencias, funciones y tareas de la memoria. P-A1.2004 (Ingeniería Industrial. Requisito: título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada. D.A. 5ª L. 5/2023).
Mantenemos que no estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura: 20404410
20662610 ASESORÍA TÉCNICA. Agradecemos se atendiera la petición de que dicho puesto se adscriba al Cuerpo preferente A2.2004 con titulación de Ingeniero/a Técnico/a Industrial.
También vemos que se han matizado las funciones de la SECCIÓN DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS como la ASESORÍA TÉCNICA y ya no reflejan dentro de sus funciones “Resolución” en procedimientos.
En relación a los PUESTOS BASE, manifestamos que no se ha elaborado la memoria justificativa de cada uno de los puestos a crear, conforme a lo dispuesto en la Directriz 2 de la Instrucción 2/99, modificada por la Instrucción 3/23 de la DGRRHHFP. Además, entendemos que los adscritos a Cuerpos Superiores Facultativos y Técnicos Facultativos, deberían llevar las titulaciones específicas determinadas en la D.A. 5ª de la Ley 5/2023. En concreto a los P-A1.2004; P-A1.2005 y P-A2.2005;
Nos contestaron que los P.B. no necesitan memoria (cuando no hay exclusión en la Instrucción 2/99), y que adscribirlo a unas funciones concretas encorseta...
En lo que respecta a lo presentado en relación a los puestos creados por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias, volvemos a hacer constar que con lo propuesto se vuelve a dejar claro que el CENTRALISMO de la Administración deja desatendida a las Delegaciones Territoriales, y volvemos a denunciar esta práctica del actual ejecutivo en contra del desarrollo de los servicios periféricos donde radica la verdadera gestión de las políticas públicas y la atención directa al ciudadano en general y al usuario en cada caso concreto, y donde cada vez es más notoria la falta de efectivos.
Resulta sorprendente que ni siquiera en un ámbito como el de las propias Indicaciones Geográficas, absolutamente ligados al territorio, no se contemple por parte de la Consejería competente la creación de estructura periférica suficiente y coherente con la distribución geográfica de las IG concluidas en el informe al que hacen referencia.
La Memoria hace alusión a un estudio, el cual identifica hasta 62 categorías de potenciales denominaciones. E incluía cuáles eran las 22 Indicaciones Geográficas prioritarias.
No entendemos el porqué no se realiza en los ámbitos territoriales plasmación de la necesidad de instrumentar las nuevas competencias relativas a la protección de las in- dicaciones geográficas de productos artesanales e industriales.
Se crea en el ámbito de los SS.CC. una unidad administrativa con nivel de jefatura de ser- vicio, sin que tenga su reflejo en las D.T. la concreción de una necesaria estructura míni- ma de puestos.
Dentro de las funciones del Jf. de Servicio, se encuentra la Coordinación y supervi- sión de la unidad administrativa, así como de las unidades administrativas de los servi- cios periféricos que desarrollen funciones en la materia en los respectivos ámbitos pro- vinciales.
Se reproduce de nuevo al final de la memoria la misma competencia: “función de coordinación y supervisión del servicio y de las unidades administrativas provinciales que de- sarrollan en el ámbito territorial funciones de administración industrial”.
Entendemos desde SAF que dichas unidades administrativas de los servicios peri- féricos deberían contar como mínimo:
Ya solicitamos se aclarara en Mesa Técnica que significa “la disponibilidad de esta persona cuando la adecuada prestación del servicio lo requiera”. Ya se nos indicó que no va a suponer vulneración de condiciones de trabajo ni derecho a la conciliación. (Ya hemos visto en otras ocasiones condiciones de semi esclavitud en la disponibilidad de puestos). Para ejemplo de ello los puestos de Coordinación de Protocolo y Un. de Protocolo de la Secretaría General de Presidencia, y la propuesta efectuada y retirada por la Cª de Economía que pretendía fijar un horario 24/7 a las Jf. Secretaría Consejera y Viceconsejera.
Volvemos a reclamar que el puesto PLD creado debe constar con la titulación correspondiente, conforme a lo referido en competencias, funciones y tareas de la memoria. P-A1.2004 (Ingeniería Industrial. Requisito: título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada. D.A. 5ª L. 5/2023).
Mantenemos que no estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura: 20404410
20662610 ASESORÍA TÉCNICA. Agradecemos se atendiera la petición de que dicho puesto se adscriba al Cuerpo preferente A2.2004 con titulación de Ingeniero/a Técnico/a Industrial.
También vemos que se han matizado las funciones de la SECCIÓN DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS como la ASESORÍA TÉCNICA y ya no reflejan dentro de sus funciones “Resolución” en procedimientos.
En relación a los PUESTOS BASE, manifestamos que no se ha elaborado la memoria justificativa de cada uno de los puestos a crear, conforme a lo dispuesto en la Directriz 2 de la Instrucción 2/99, modificada por la Instrucción 3/23 de la DGRRHHFP. Además, entendemos que los adscritos a Cuerpos Superiores Facultativos y Técnicos Facultativos, deberían llevar las titulaciones específicas determinadas en la D.A. 5ª de la Ley 5/2023. En concreto a los P-A1.2004; P-A1.2005 y P-A2.2005;
Nos contestaron que los P.B. no necesitan memoria (cuando no hay exclusión en la Instrucción 2/99), y que adscribirlo a unas funciones concretas encorseta...
En lo que respecta a lo presentado en relación a los puestos creados por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias, volvemos a hacer constar que con lo propuesto se vuelve a dejar claro que el CENTRALISMO de la Administración deja desatendida a las Delegaciones Territoriales, y volvemos a denunciar esta práctica del actual ejecutivo en contra del desarrollo de los servicios periféricos donde radica la verdadera gestión de las políticas públicas y la atención directa al ciudadano en general y al usuario en cada caso concreto, y donde cada vez es más notoria la falta de efectivos.
Resulta sorprendente que ni siquiera en un ámbito como el de las propias Indicaciones Geográficas, absolutamente ligados al territorio, no se contemple por parte de la Consejería competente la creación de estructura periférica suficiente y coherente con la distribución geográfica de las IG concluidas en el informe al que hacen referencia.
La Memoria hace alusión a un estudio, el cual identifica hasta 62 categorías de potenciales denominaciones. E incluía cuáles eran las 22 Indicaciones Geográficas prioritarias.
No entendemos el porqué no se realiza en los ámbitos territoriales plasmación de la necesidad de instrumentar las nuevas competencias relativas a la protección de las in- dicaciones geográficas de productos artesanales e industriales.
Se crea en el ámbito de los SS.CC. una unidad administrativa con nivel de jefatura de ser- vicio, sin que tenga su reflejo en las D.T. la concreción de una necesaria estructura míni- ma de puestos.
Dentro de las funciones del Jf. de Servicio, se encuentra la Coordinación y supervi- sión de la unidad administrativa, así como de las unidades administrativas de los servi- cios periféricos que desarrollen funciones en la materia en los respectivos ámbitos pro- vinciales.
Se reproduce de nuevo al final de la memoria la misma competencia: “función de coordinación y supervisión del servicio y de las unidades administrativas provinciales que de- sarrollan en el ámbito territorial funciones de administración industrial”.
Entendemos desde SAF que dichas unidades administrativas de los servicios peri- féricos deberían contar como mínimo:
- SECCIÓN/DEPARTAMENTO DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS
(A1.2004) I. Industrial
- ASESORÍA TÉCNICA (A2.2004) I.T. Industrial
- NG. DE GESTIÓN / AUXILIAR DE GESTIÓN (C2.1000)
Nos respondieron que no se realiza esta estructura provincial porque se descono- ce la demanda que se va a derivar de esa nueva competencia y que hasta que se conoz- ca, los puestos base actuales harán funciones relativas a la protección de las indicacio- nes geográficas de productos artesanales e industriales.
Desde SAF reiteramos que se debe avanzar en el principio de desconcentración y crear las estructuras desconcentradas en las delegaciones territoriales, de un nuevo de- partamento de indicaciones geográficas protegidas, adscrito a la delegación competente en materia de industria.
Además, aprovechamos para recordar a la SGT de la Consejería de Industria, para trasladar nuevamente la necesidad de dotar adecuadamente los puestos de Promoción Industrial en las Delegaciones Territoriales.
Desde hace unos cuatro años, los Servicios de Industria y Minas en las Delegaciones Territoriales cuentan formalmente con tres departamentos: Industria, Minas y Promoción Industrial. Sin embargo, en la práctica el departamento de Promoción Industrial carece de actividad específica desde hace más de dos décadas, tras dejar de tramitar subvenciones, por lo que los puestos existentes suelen desempeñar funciones de apoyo al servicio o a otros departamentos.
Esta situación contrasta con la evolución reciente de la política industrial de la Junta de Andalucía. La Consejería ha creado en servicios centrales un Servicio de Promoción Industrial y ha aprobado nuevas bases reguladoras de incentivos para proyectos industriales tractores, destinadas a financiar infraestructuras y favorecer nuevas inversiones industriales.
Además, las propias bases reguladoras contemplan la posibilidad de realizar convocatorias de incentivos de ámbito provincial o municipal (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/122/6) , promovidas a propuesta de las Delegaciones Territoriales. Sin embargo, hasta el momento no se han desarrollado convocatorias provincializadas.
Desde el sindicato consideramos que estas políticas deberían ir acompañadas de una verdadera estructura territorial de promoción industrial, dotando los puestos existentes en las Delegaciones Territoriales. Esto permitiría aplicar de forma efectiva el principio de desconcentración administrativa, facilitando la tramitación, seguimiento y justificación de los proyectos directamente en el territorio y reforzando el apoyo a la actividad industrial en las provincias.
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: En la memoria general figura: “Mediante la modificación de la relación de puestos de trabajo que se propone, se pretende dar respuesta tanto a necesida- des originadas por las nuevas competencias asumidas por esta Consejería como a aquellas carencias estructurales que se han detectado en el tiempo...”
Como se dijo en MT nos satisface que los 27 Puestos Base adscritos a Delegacio- nes Territoriales estén contemplados con dotación presupuestaria, pero no es suficien- te...
Porque también se dice (y esto en relación a los puestos de SS.CC.): Para dar cobertura financiera a los mismos, nos planteamos desdotar, por ejemplo, aquellos puestos que en reiteradas ofertas de necesaria cobertura de concurso abierto y permanente queden va- cantes Creemos que no hay aún perspectiva para desdotar puestos de ONC ya que solo ha habido 2.
Todos sabemos lo que puede pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para do- tar el PLD. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario. Desde el SAF nos opone- mos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal…(Medida 4)
Habrá que motivar a la Administración con denuncias por incumplimientos. Nos dijeron que una Consejera Técnica hace las funciones actualmente...Eso no es lo que recoge el mandato: “dotándola de Puestos de trabajo idóneos”.
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de gé- nero en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Volvemos a poner encima de la Mesa cuestiones que hemos tratado en anteriores Mesas Técnicas de esa Consejería y que tiene que ver con los puestos desdotados del Archivo Central y periféricos...Incumpliendo lo mandatado por la Ley 7/2011. Preguntamos por su dotación, y se nos dijo...”Cuando se pueda” No es así, la Ley hay que cumplirla.
Lo mismo ocurre en relación a la ausencia de puestos de prevencionista en las D.T., y se nos dice que corresponde su construcción a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, ya que es el Centro Directivo del que dependen las Delegaciones Territoriales. Pero no hay…, lo que comunicaremos a la Inspección Laboral.
Manifestamos que se han realizado cambios con respecto a la propuesta inicial, pero no es del todo satisfactoria al no incluir apartados que consideramos fundamentales para su aprobación.
En cuanto a la observación efectuada por el Director General de RRHHFP que pensaba que se le daría el Vº Bº a esta propuesta, y por alusiones, indicarle que si se hubiera construido una estructura periférica para llevar las IG, y no como dice la SGT de la Cª de Industria “una vez se vea la demanda”, esta organización habría dado dicha conformidad. Si hay una memoria que indica que el Jf. de Sv. coordina dichas unidades periféricas, deben quedar construidas en esta modificación.
Además, aprovechamos para recordar a la SGT de la Consejería de Industria, para trasladar nuevamente la necesidad de dotar adecuadamente los puestos de Promoción Industrial en las Delegaciones Territoriales.
Desde hace unos cuatro años, los Servicios de Industria y Minas en las Delegaciones Territoriales cuentan formalmente con tres departamentos: Industria, Minas y Promoción Industrial. Sin embargo, en la práctica el departamento de Promoción Industrial carece de actividad específica desde hace más de dos décadas, tras dejar de tramitar subvenciones, por lo que los puestos existentes suelen desempeñar funciones de apoyo al servicio o a otros departamentos.
Esta situación contrasta con la evolución reciente de la política industrial de la Junta de Andalucía. La Consejería ha creado en servicios centrales un Servicio de Promoción Industrial y ha aprobado nuevas bases reguladoras de incentivos para proyectos industriales tractores, destinadas a financiar infraestructuras y favorecer nuevas inversiones industriales.
Además, las propias bases reguladoras contemplan la posibilidad de realizar convocatorias de incentivos de ámbito provincial o municipal (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/122/6) , promovidas a propuesta de las Delegaciones Territoriales. Sin embargo, hasta el momento no se han desarrollado convocatorias provincializadas.
Desde el sindicato consideramos que estas políticas deberían ir acompañadas de una verdadera estructura territorial de promoción industrial, dotando los puestos existentes en las Delegaciones Territoriales. Esto permitiría aplicar de forma efectiva el principio de desconcentración administrativa, facilitando la tramitación, seguimiento y justificación de los proyectos directamente en el territorio y reforzando el apoyo a la actividad industrial en las provincias.
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: En la memoria general figura: “Mediante la modificación de la relación de puestos de trabajo que se propone, se pretende dar respuesta tanto a necesida- des originadas por las nuevas competencias asumidas por esta Consejería como a aquellas carencias estructurales que se han detectado en el tiempo...”
Como se dijo en MT nos satisface que los 27 Puestos Base adscritos a Delegacio- nes Territoriales estén contemplados con dotación presupuestaria, pero no es suficien- te...
Porque también se dice (y esto en relación a los puestos de SS.CC.): Para dar cobertura financiera a los mismos, nos planteamos desdotar, por ejemplo, aquellos puestos que en reiteradas ofertas de necesaria cobertura de concurso abierto y permanente queden va- cantes Creemos que no hay aún perspectiva para desdotar puestos de ONC ya que solo ha habido 2.
Todos sabemos lo que puede pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para do- tar el PLD. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario. Desde el SAF nos opone- mos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal…(Medida 4)
Habrá que motivar a la Administración con denuncias por incumplimientos. Nos dijeron que una Consejera Técnica hace las funciones actualmente...Eso no es lo que recoge el mandato: “dotándola de Puestos de trabajo idóneos”.
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de gé- nero en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Volvemos a poner encima de la Mesa cuestiones que hemos tratado en anteriores Mesas Técnicas de esa Consejería y que tiene que ver con los puestos desdotados del Archivo Central y periféricos...Incumpliendo lo mandatado por la Ley 7/2011. Preguntamos por su dotación, y se nos dijo...”Cuando se pueda” No es así, la Ley hay que cumplirla.
Lo mismo ocurre en relación a la ausencia de puestos de prevencionista en las D.T., y se nos dice que corresponde su construcción a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, ya que es el Centro Directivo del que dependen las Delegaciones Territoriales. Pero no hay…, lo que comunicaremos a la Inspección Laboral.
Manifestamos que se han realizado cambios con respecto a la propuesta inicial, pero no es del todo satisfactoria al no incluir apartados que consideramos fundamentales para su aprobación.
En cuanto a la observación efectuada por el Director General de RRHHFP que pensaba que se le daría el Vº Bº a esta propuesta, y por alusiones, indicarle que si se hubiera construido una estructura periférica para llevar las IG, y no como dice la SGT de la Cª de Industria “una vez se vea la demanda”, esta organización habría dado dicha conformidad. Si hay una memoria que indica que el Jf. de Sv. coordina dichas unidades periféricas, deben quedar construidas en esta modificación.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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CONVOCADAS MESAS TÉCNICAS CISJFI Y CULTURA Y DEPORTE
Se han recibido en el Sindicato Andaluz de Funcionarios las convocatorias para las Mesas Técnicas que se transcribe a continuación:
1.- Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad: Martes, 10 de marzo, a las 12:00,
1.- Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad: Martes, 10 de marzo, a las 12:00,
ORDEN DEL DÍA:
EXPEDIENTE 39/2026-Modificación RPT Consejería Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
2.- Consejería de Cultura y Deporte: Día 11 de marzo, a las 13:00 horas.
ORDEN DEL DÍA:
Único: Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura y Deporte(Expte. 6268410/1233010)
ORDEN DEL DÍA:
Único: Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura y Deporte(Expte. 6268410/1233010)
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