Asisten a esta Mesa Técnica de modificación de R.P.T. la Directora del Instituto y la Jf. Sv. de Personal y Administración General.
La Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía introdujo modificaciones en el sistema de clasificación profesional (BOJA núm. 14 de 22 de enero 2015) en relación con la categorías profesionales afectadas por la Disposición Transitoria segunda de la Ley 7/2007: “El personal laboral fijo que presta servicios en las categorías profesionales Administrativo, Administrativo Jefe, Delineante, Operador de Ordenador, Auxiliar Administrativo y Auxiliar Operador de Informática, así como aquel que desempeña los puestos de trabajo denominados Intérprete Informador adscritos al Instituto Andaluz de la Mujer, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados en desarrollo de la Disposición Transitoria segunda del Estatuto Básico del Empleado Público.
Lo que se nos presenta es la supresión de 3 puestos de esta característica (Informador/a), y su conversión en plazas PC adscritas a personal funcionario (C1/C2 N.16).
Entendemos que lo propuesto se corresponde con la obligación que emana de la Disposición Transitoria Segunda (TRLEBEP). Puestos clasificados como propios de personal funcionario.
Son puestos vacantes en la actualidad, por lo que su supresión está justificada.
En relación con los Cuadro IV de cargas y funciones principales, los puestos Auxiliar de Gestión Atención Ciudadanía creados en los Centros de la Mujer de Almería, Córdoba y Sevilla, no pueden tener dentro de las cargas de trabajo estimadas:
- Actividades de asesoramiento 12,12%
- Actividades de verificación 12,12%
Cuando su clave de operaciones solo puede ser GA. Se les ha solicitado quitar OR (Ordenación), que no corresponde a puestos de Nivel 16. Lo van a estudiar.
Entendemos que dichas cargas deben ser de información general, la primera, y de comprobación, la segunda. Tareas propias administrativas y no técnicas.
Solicitamos la homogeneización de todos los Centros de la Mujer provinciales, en relación a la creación en los que no existen (AL, CO, GR, JA, MA) del puesto Asesor/a Técnico/a A1 N.25 Grado Derecho.
Asimismo, solicitamos se le incorpore a los puestos de Sc. Gestión de todos los Centros, los factores de Incompatibilidad y Dedicación, para hacerlos más atractivos y una mejor prestación del servicio dada su gran complejidad de funciones.
Hay Centros de la Mujer (AL, CO, GR, JA, MA) que sólo el Sv. Coordinación tiene “exclusiva”, y ahora los creados de N.16. Es chocante…Y los puestos Asesor/a microinformática donde hay dotados (4), pero son de la A.D.A. El funcionamiento de puestos con mayor dedicación en estos Centros es fundamental para dar el servicio adecuado.
Nos comentan que hay en curso un estudio de necesidades, pero que esta modificación solo es por reconversión de puestos.
NO SE HAN ADAPTADO TODOS LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA. (Igualdad de Género), Sólo los afectados por la modificación.
Con el Plan de Igualdad de Género de la Administración General de la Junta de Andalucía aprobado, que sigamos con estas carencias, falta de sensibilidad e incumplimiento de nuestra propia normativa (Ley 12/2007), nos hace plantearnos la poca credibilidad de la Administración de la Junta de Andalucía con la Igualdad, y procederemos a su denuncia correspondiente en vía administrativa y en la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad.
No es de recibo que tantos años desde la obligación por Ley, Presupuestos con perspectiva, etc, etc, etc, desde Función Pública no se acate esta premisa y obligación legal.
No podemos dejar más margen a la DGRRHHFP que es la que tiene que hacer de oficio esta adaptación urgente de todas las R.P.T.
MEMORIA ECONÓMICA
Se determina que “cuyo coste sería inferior al coste de los puestos suprimidos”. Se desprende en la memoria que existe un sobrante de 2.811,75 € que se perderían, por lo que se solicita se modifique la creación de C1/C2 N.16 X-XX- por C1/C2 N.18 X-XX-, que supondría un coste un poco superior a esa cantidad y así no perder crédito en el Cap. I. El poco resto es fácil de amortizar.
Entendemos que dichas cargas deben ser de información general, la primera, y de comprobación, la segunda. Tareas propias administrativas y no técnicas.
Solicitamos la homogeneización de todos los Centros de la Mujer provinciales, en relación a la creación en los que no existen (AL, CO, GR, JA, MA) del puesto Asesor/a Técnico/a A1 N.25 Grado Derecho.
Asimismo, solicitamos se le incorpore a los puestos de Sc. Gestión de todos los Centros, los factores de Incompatibilidad y Dedicación, para hacerlos más atractivos y una mejor prestación del servicio dada su gran complejidad de funciones.
Hay Centros de la Mujer (AL, CO, GR, JA, MA) que sólo el Sv. Coordinación tiene “exclusiva”, y ahora los creados de N.16. Es chocante…Y los puestos Asesor/a microinformática donde hay dotados (4), pero son de la A.D.A. El funcionamiento de puestos con mayor dedicación en estos Centros es fundamental para dar el servicio adecuado.
Nos comentan que hay en curso un estudio de necesidades, pero que esta modificación solo es por reconversión de puestos.
NO SE HAN ADAPTADO TODOS LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA. (Igualdad de Género), Sólo los afectados por la modificación.
Con el Plan de Igualdad de Género de la Administración General de la Junta de Andalucía aprobado, que sigamos con estas carencias, falta de sensibilidad e incumplimiento de nuestra propia normativa (Ley 12/2007), nos hace plantearnos la poca credibilidad de la Administración de la Junta de Andalucía con la Igualdad, y procederemos a su denuncia correspondiente en vía administrativa y en la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad.
No es de recibo que tantos años desde la obligación por Ley, Presupuestos con perspectiva, etc, etc, etc, desde Función Pública no se acate esta premisa y obligación legal.
No podemos dejar más margen a la DGRRHHFP que es la que tiene que hacer de oficio esta adaptación urgente de todas las R.P.T.
MEMORIA ECONÓMICA
Se determina que “cuyo coste sería inferior al coste de los puestos suprimidos”. Se desprende en la memoria que existe un sobrante de 2.811,75 € que se perderían, por lo que se solicita se modifique la creación de C1/C2 N.16 X-XX- por C1/C2 N.18 X-XX-, que supondría un coste un poco superior a esa cantidad y así no perder crédito en el Cap. I. El poco resto es fácil de amortizar.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
Pincha AQUÍ para descargar el INFORMATIVO en formato PDF