EL GOBIERNO ANDALUZ DESOYE A SUS PROPIOS FUNCIONARIOS
Ante todo, y para no caer en confusiones y engaños, queremos dejar claro que la Ley de Función Pública es la Ley que rige el régimen jurídico del personal funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía, como claramente delimita su propio ámbito de aplicación, pues aunque incluye en el mismo al personal funcionario de administración general de la Junta de Andalucía y al laboral de VI convenio colectivo, al personal docente no universitario, personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud y el personal de la Administración de Justicia , acto seguido delimita que el personal laboral se rige por el derecho laboral, y el docente no universitario, estatutario y de justicia se rigen por su normativa específica. Es decir, esta Ley rige en exclusiva para el Personal Funcionario de Administración General de la Junta de Andalucía y únicamente de manera supletoria para el resto, al disponer de su propia normativa y ámbitos de negociación.
Paradójicamente, en ningún momento del proceso de elaboración de este anteproyecto de Ley se ha escuchado, invitado a participar, ni oídas las sugerencias que podía aportar la organización sindical más representativa en los últimos 10 años en Andalucía, el Sindicato Andaluz de Funcionarios. Hasta tal punto llega dicho ninguneo, que la primera noticia que tenemos sobre este anteproyecto nos llegó el pasado 12 de febrero, cuando SAF es convocado a una reunión telemática, protocolaria y de urgencia a celebrar el día 15, con la Secretaria General para la Administración Pública, en la que se nos explica de viva voz, durante una hora, sin documentación alguna, los puntos principales del texto del anteproyecto. Esa misma tarde, se escenifica la firma del anteproyecto.
Este texto del anteproyecto de Ley de función pública andaluza parece ser que ha pasado por un proceso de elaboración de un año, en cuatro grupos de trabajo, constituidos en enero del año 2020. Desde un primer momento, desde el SAF solicitamos la participación en dichos Grupos de Trabajo con total legitimación en base a nuestra representatividad, desoyéndonos por completo y siempre con el argumento de dar cabida en exclusividad en estos grupos a los sindicatos de Mesa General, que curiosamente tienen todos ellos presencia dentro de la denominada Administración Paralela, objetivo en su día, por otra parte, de medidas de desaparición/reducción y recortes en el programa electoral del partido en el Gobierno. A estas alturas no nos sorprende, dado que desde que se inició el gobierno del PP y Ciudadanos hemos asistido a un incumplimiento tras otro de sus promesas electorales con respecto a la Administración. Sirva el ejemplo de la eliminación de los puestos de libre designación (no se ha eliminado ni un sólo puesto sino que se han creado más) o el anteriormente comentado del desmantelamiento de la Administración Paralela, en la cual sigue absolutamente todo el personal integrado en las Agencias, con una nueva vuelta de tuerca al integrar ahora a este colectivo en Agencias Administrativas (Agencia Digital de Andalucía), extremo éste al que no se atrevió el gobierno anterior del PSOE.
Todo ello sin mencionar los vergonzosos procesos de acceso a la condición de personal funcionario interino en base al primero en mandar un correo electrónico, y que ahora los Tribunales están declarando nulos uno tras otro, tras demandas del SAF.
Los únicos sindicatos que sí han participado en los grupos de trabajo de elaboración del texto del anteproyecto han sido UGT, CCOO y CSIF, que dentro de la Administración General de la Junta y sus Agencias, tienen su mayor representatividad en el personal laboral de VI convenio Colectivo y en el personal laboral de las Agencias, conformado este último por el personal subrogado integrante de la llamada Administración Paralela que nunca se ha llegado a saber cómo ha entrado en la Administración andaluza. En definitiva, se ha elaborado un texto dirigido casi en exclusiva a personal funcionario, escuchando a los sindicatos que tienen su mayor representatividad en el personal laboral de Administración General… y a personas ajenas a la administración andaluza.
Entendemos desde SAF un absoluto desprecio por parte del gobierno hacia su propio personal funcionario y los legítimos representantes del mismo, lo cual podría traer que, por ejemplo, uno de los grupos de trabajo, “Potestades administrativas”, en el que se debía dilucidar qué funciones puede hacer –o no- el personal laboral de las Agencias sin invadir potestades públicas, no se han tenido en cuenta las numerosas sentencias ganadas por nuestra organización sindical a este respecto. Nos preocupa en exceso que a este respecto de las potestades administrativas, la S.G.A.P. en la reunión que mencionamos anteriormente, afirmó que “abogaban por una regulación no amplia del concepto de potestades públicas” (lo cual facilita el mantenimiento y extensión de la denominada Administración Paralela) pero tampoco se nos aclaró el significado de una regulación no amplia del concepto de potestades públicas.
Esta ha sido y es la postura del gobierno andaluz, y sus representantes en Administración Pública, con el Sindicato Andaluz de Funcionarios: el ninguneo constante, rayando en desprecio. No pretenden negociar, no desean conocer nuestra legítima opinión sobre asuntos de nuestra total competencia y se nos oculta la información básica sobre el nuevo régimen jurídico de los funcionarios.
Hasta lo que el Sindicato Andaluz de Funcionarios ha podido saber, en el articulado del anteproyecto se incumple la propia legislación básica estatal para no negociar con los sindicatos independientes de funcionarios (aquellos cuyos afiliados únicamente son funcionarios). Cuando el documento llegue a nuestra organización tendremos ocasión de valorarlo en su integridad, pero mucho nos tememos la existencia de preceptos incursos en causa de inconstitucionalidad, por la negativa de querer negociar con los funcionarios, o en discrepancias con la normativa básica del TREBEP.
Desde el SAF somos testigos de que la Administración General de la Junta de Andalucía está sufriendo un proceso de politización y desprofesionalización de la Función Pública. Entendemos que crear una Ley de Función Pública sin contar con los representantes legítimos del personal funcionario no es de recibo, resultando preocupante el incumplimiento sistemático de las promesas electorales del gobierno del cambio en temas tan específicos como el desmantelamiento de la Administración paralela y la proliferación del procedimiento de la libre designación para los puestos clasificados en intervalos de niveles 26 a 30 (esto es, nombramiento discrecional de personal funcionario que cargos políticos hacen en base a la “idoneidad”, en vez de realizarse por concurso atendiendo únicamente al mérito y la capacidad). Esteremos muy atentos a lo que nos depara esta nueva Ley que se prepara para los Funcionarios, sin contar con los Funcionarios y no regatearemos esfuerzos para que nuestra opinión y experiencia sean escuchadas, por el bien de la ciudadanía en general.
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REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PACTO DEL TELETRABAJO (4 DE FEBRERO)
A rasgos generales han incidido en que se está cumpliendo conforme al pacto (esto es, 60% una semana y 40% la siguiente-tres y dos días-) en los municipios con una tasa superior a 500 e inferior a 1000. En aquellos con una incidencia superior a 1000 contagios/cien mil habitantes, se está autorizando el 100 %, siendo las concesiones de oficio (sin necesidad de solicitud) en aquellos casos que ya se tenía reconocido previamente el 20%, siempre con las reservas de aquellos servicios que sean esenciales. No obstante, en éstos últimos, nada obstaculiza para que, aun siendo esenciales, se realice el trabajo ROTATORIO, por turnos, en aquellas unidades administrativas en las que sea posible y atendiendo a la especificidad de las funciones.
Por parte de SAF hemos exigido:
- La necesidad de que, con carácter inmediato (dado que es una cuestión que no admite demora alguna) el pacto se aplique en igual medida a personal de OCA, de las Oficinas y Centros de empleo del SAE y personal de IES.
- Igualmente para el personal funcionario Agente de Medio Ambiente (AMA), en la medida que sea posible la rotación en los turnos.
- Sobre el personal valorador de Dependencia, dada la naturaleza de sus funciones que supone una mayor exposición al Covid, hemos solicitado que si no es posible suspender las visitas de valoración, éstas se reduzcan al mínimo indispensable y reforzando todos los protocolos de seguridad (mascarillas FFP2, gel higienizante, guantes, etc.)
- Por parte de Empleo, que en los Centros y Oficinas del SAE ya se está aplicando el pacto y concediendo el teletrabajo en los mismos términos que al resto de personal, con las excepciones propias que pueda haber para atender servicios esenciales.
- Por parte de Agricultura, que en las OCAs y demás centros periféricos también se han dado instrucciones para su cumplimiento, garantizando los servicios esenciales, aunque con respecto a los Agentes de Medio Ambiente (AMAs) nos informan que sus funciones no son susceptibles de teletrabajo (hecho éste sobre el que desde el SAF, hemos rebatido ya que aunque realicen funciones que no son susceptibles de teletrabajo, también realizan otras que sí lo son y, además, se vienen llevando a cabo muchas veces en Centros o Departamentos que no cumplen con las medidas preventivas, ni de espacio ni de ventilación).
- Por parte de la Igualdad, sobre los valoradores de la dependencia se nos contesta que las valoraciones son esenciales y que están cumpliendo con las medidas preventivas necesarias y que las funciones que tienen susceptibles de teletrabajo sí se están realizando en los domicilios.
- Por parte de Educación, el responsable de personal nos informa que dado que la prestación de servicios educativos son esenciales y que el personal docente está trabajando presencialmente, se adoptó el criterio que al personal funcionario de Administración General de los IES no se le va a dar teletrabajo.
Sobre este extremo, hemos puesto de manifiesto que nos parece indignante y un notorio agravio el incumplimiento del Acuerdo por la exclusión de teletrabajo de los funcionarios de administración general de los IES… por el mero hecho de que los docentes sí tienen que ir a trabajar. Hemos aclarado que el Pacto se atiene a que las funciones sean susceptibles o no de teletrabajo y que quede garantizado la prestación de servicios esenciales (hecho que precisamente remarco previamente el representante de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública presente en la Mesa), por lo que todo IES que cuente con 2 o más funcionarios de administración general, es susceptible de teletrabajar por turnos, y hemos pedido que quede constancia en Acta que por parte de Educación se está incumpliendo el Acuerdo, mostrando nuestro total desacuerdo, pues el personal de administración general no es docente, y si sus funciones son susceptibles de teletrabajo, éste se tiene que conceder sí o sí, siempre que quede garantizada la prestación del servicio.
En contestación a nuestra denuncia, el responsable de personal afirma que lo informará a sus superiores y propondrá que en aquellos IES donde hubiera más 2 o más funcionarios, se pueda teletrabajar por turnos y que nos informará de inmediato lo que proceda.
Finalmente, desde SAF planteamos la necesidad de revisar el teletrabajo del personal funcionario especialmente sensible al COVID-19. Propuesta que también fue defendida por otros sindicatos. El Representante de Función Pública nos dijo que debíamos dirigirnos por escrito a la Dirección General competente. Le recordamos que nosotros el 10 de diciembre del año 2020 a petición de algunos afiliados afectados presentamos un escrito, que hacía referencia al colectivo de diabéticos, dirigido a la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral aportando publicaciones científicas que indican que el 30% de los enfermos de COVID-19 son diabéticos y que los Tipo I tienen casi el doble y los Tipo II casi el triple de posibilidades de fallecer si contraen la enfermedad. Desde Función Pública se comprometieron a interesarse para que se responda a nuestro escrito y a plantearse una revisión general de la situación de este colectivo concreto, personal diabético, y del resto de trabajadores especialmente sensibles al COVID-19.
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Desde SAF presentamos sendos escritos ante la SGAP y el IAAP
En el escrito dirigido a la SGAP, se ha hecho mención al correo recibido el jueves día 21 en el que se recogía que:
“Aquellos empleados públicos de la Administración General que tengan como lugar de residencia o lugar de trabajo un municipio declarado en nivel de alerta sanitario 4- Grado 2, podrán ampliar la modalidad de trabajo no presencial hasta el máximo, en los puestos cuyas funciones puedan desarrollarse mediante esta modalidad de trabajo, siempre y cuando se garantice las prestación de servicios esenciales declarados en la Orden del Consejero de 15 marzo y sus posteriores ampliaciones, y se salvaguarde la continuidad del servicio de cada unidad administrativa”.
En este sentido, se ha solicitado que el teletrabajo, en su modalidad de implantación absoluta, sea reconocido de oficio de manera automática desde el mismo día o al día natural siguiente a aquel en que el municipio pase a nivel 4 grado 2, y sean los titulares de cada organismo los que tengan que establecer las excepciones para los casos de servicios esenciales y para garantizar la continuidad del servicio.
También, se ha solicitado que se amplíe el teletrabajo desde un mínimo del 60 % y hasta el total del 100% para los municipios en situación de alerta nivel 4 grado 1, y se establezca el procedimiento para su concesión en un plazo no superior a tres días hábiles desde que el municipio pase a nivel 4 grado 1.
Por último se ha pedido a la SGAP que nos informe con carácter inmediato de lo actuado, pues estas actuaciones no admiten más demora, la situación es insostenible y está sufriendo diariamente una escalada ascendente de contagios y ocupación hospitalaria.
En el escrito dirigido al Director del IAAP, desde el SAF hemos solicitado que, aun contando con la autorización de la DG de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, sean aplazados los exámenes hasta que la comunidad andaluza salga de la situación de alerta nivel 4, habida cuenta de las condiciones críticas que padecen muchas personas opositoras en estos momentos.
En relación a la nota informativa hecha pública por parte del IAAP el 21 de enero de 2021 sobre la celebración de ejercicios de los procesos selectivos de acceso de varios Cuerpos funcionariales entre el 29 de enero y 21 de febrero de 2021, entendemos desde el SAF que en la situación actual de alerta sanitaria, en la que prácticamente toda la comunidad autónoma está en nivel 4 (grado 1 y 2 dependiendo de los municipios), con restricciones a la movilidad por municipios y con peticiones por parte del Presidente del ejecutivo autonómico de confinamiento domiciliario, no es coherente convocar a aspirantes a dichos Cuerpos de toda la geografía andaluza , teniendo que desplazarse desde sus respectivos municipios de residencia, en la casi totalidad de los casos en tren, autobús, compartiendo coche etcétera, con el evidente riesgo de contagio que ello supone.
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