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80 MILLONES DE EUROS CON DESTINO DESCONOCIDO

El 27 de octubre de 2023 solicitamos a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos los ingresos totales de 2022 relacionados con los hechos imponibles de la Ley 10/2021 de Tasas de Andalucía. Hasta ahora no hemos recibido respuesta.

juanma.jpg En noviembre de 2023, en la Comisión del Presupuesto del Parlamento de Andalucía, pedimos que el Presupuesto de 2024 incluyera:

  • Recuperación de las pagas adicionales de 2013 y 2014.
  • Revisión al alza de los complementos específicos.
  • Complemento de equidad retributiva para igualar con la media de las Administraciones Públicas en España.

Recordamos a sus señorías que desde la entrada en vigor de la Ley de Tasas de 2022 hay nuevos ingresos que podrían mejorar estos complementos y financiar más plazas en las OEP.

Por todo lo anterior, en julio volvimos a solicitar información sobre los ingresos generados por la Ley de Tasas para el año 2022 y 2023.

Recientemente la Administración nos ha facilitado información relativa a las cantidades recaudadas, no así respecto al destino de esos fondos. En los ejercicios 2022 y 2023 la Junta de Andalucía recaudó más de 80 millones de euros.

El Presidente Moreno Bonilla debe explicar por qué no ha destinado esos fondos a mejorar las retribuciones del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, más si cabe cuando cobrará este año un 25% más que el pasado año. Todo un ejemplo de pésimo liderazgo.

El presidente ha aumentado los salarios de personal docente, sanitario y próximamente al personal de justicia, pero sigue dejando de lado al personal funcionario de la Administración General. Somos colectivo apestado al que se discrimina, a pesar de nuestro esfuerzo y dedicación continuos que han contribuido a la recaudación de esas cantidades. Desde el SAF No lo vamos a tolerar.

 

 

 

 

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Publicado: 02 Septiembre 2024

EXIGIMOS EL FIN DE LOS SERVICIOS EN SOLITARIO ENTRE EL COLECTIVO DE AGENTES DE MEDIO AMBIENTE

Desde el SAF hemos tenido conocimiento de que, debido a la escasez del personal Agente de Medio Ambiente, se están organizando los servicios del personal Agente de Medio Ambiente en solitario, incluso dentro del periodo INFOCA y para las tareas de extinción. Se trata de una situación casi generalizada a todas las provincias y que conlleva un alto riesgo para el personal afectado.

Asimismo, está ocurriendo con cierta frecuencia que, en aquellos casos en los que hay servicio en pareja (por ejemplo, turno de tarde y disponibilidad de noche), cuando hay algún incendio dentro de la provincia, se llama telefónicamente al comienzo de la jornada de tarde para que uno de los efectivos se vaya a descansar y vuelva por la noche, para ir a la labores de extinción por la noche a un incendio nocturno, en solitario, con los riesgos añadidos que lleva aparejados, como conducción de noche, por montes que no conoce fuera de su unidad biogeográfica, etc.

Todo ello al margen de cuadrantes aprobados.

Dentro del Procedimiento PI-04, normalizado sobre los servicios en solitario, el apartado 5, referido a “procedimiento de trabajo”, indica:

“Según se establece en el punto 1 de las Instrucciones de 23 de febrero de 2015 de la Secretaría General Técnica para la optimización y racionalización de la flota de vehículos oficiales de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio:

“A fin de garantizar la seguridad de los propios empleados públicos, el trabajo se organizará, con carácter general, por parejas. Se exceptuarán aquellas situaciones que, por motivos razonados y tras ser analizados por cada Delegación Territorial, desaconsejen esta medida. Dichas excepciones deberán ser comunicadas a la Secretaría General Técnica.”

“En virtud de lo anterior, serán las Delegaciones Territoriales las competentes para determinar las excepciones aplicables al criterio general de servicio por parejas.”

Desconocemos si se están comunicando desde la provincias a la SGT todos los servicios en solitario, pues muchos son modificaciones de última hora e incluso verbales.

Asimismo, la Ficha de Información del Puesto de Trabajo a la persona empleada pública, para el puesto de trabajo “AMA”, establece entre los principales riesgos asociados en sus actividades comunes:

“- Accidentes o atropellos por vehículos.
- Sobreesfuerzos moderados: fatiga, agotamiento, posturas forzadas, lesión por manipulación de cargas,…
- Exposición a radiaciones solares, polvo, lluvia o nieve.
- Exposición a temperaturas extremas: calor y frío.
- Estrés moderado
- Exposición a agentes biológicos: picaduras de insectos, pólenes, pinchazos, rasgaduras, o urticarias provocadas por plantas, mordeduras o arañazos de animales”.

Y en la intervención en incendios forestales:

“- Accidentes o atropellos por vehículos.
- Sobreesfuerzos severos: fatiga, agotamiento, posturas forzadas, mareos, desmayos, lesiones por derrumbe, caída de objetos o por manipulación de cargas,…
- Exposición continuada a radiaciones solares
- Inhalación de humo, polvo, vapores o gases.
- Exposición a temperaturas extremas: calor.
- Deshidratación
- Quemaduras por contacto con el fuego u objetos en caliente
- Riesgo psicosocial: Estrés mental severo provocado por la exigencia de la tarea o por situaciones conflictiva.
- Exposición a agentes biológicos: picaduras de insectos, pólenes, pinchazos, rasgaduras, o urticarias provocadas por plantas, mordeduras o arañazos de animales.
- Exposición a agentes químicos: espumógenos (tensoactivos fluorados e hidrocarbonados, productos biodegradables, de baja corrosividad y con toxicidad para la flora y fauna despreciable), retardantes (composición: polifosfatos de amonio líquido o sulfatos de amonio y ácido fosfórico o ácido sulfúrico al descomponerse por alta temperatura), y viscosantes o espesantes (composiciones de galactomanano y goma de guar y derivados de los mismos, arcilla attapulgita, carboximetilcelulosa y derivados de las mismas y otros materiales similares)
- Explosiones
- Exposición a agentes físicos: Vibraciones. Por la conducción y el tránsito de vehículos. Ruido. Por los medios aéreos y terrestres”.

Ni que decir tiene que todos estos riesgos se multiplican en caso de realizar sus servicios en solitario. De ahí que la principal medida preventiva que se propone para el riesgo “TRAUMA PSIQUICO” sea:

“Las actuaciones susceptibles de generación de situaciones conflictivas se deben realizar acompañadas, al menos, de otra persona empleada pública “

Igualmente aparece reflejado en la Ficha de Información del puesto de trabajo a la persona empleada pública referida a “INTERVENCIÓN EN INCENDIOS FORESTALES”.

Por todo ello, desde el SAF no podemos tolerar que se esté poniendo en riesgo la seguridad y salud del personal Agente de Medio Ambiente, generalizando la prestación de servicios en solitario y en algunos casos,dando lugar a situaciones de especial riesgo, como lo es acudir a las tareas de extinción de noche, en solitario y fuera de su unidad biogeográfica.

El principal motivo que se esgrime verbalmente desde cada una de las provincias es el mismo: “Insuficiencia de personal”.

El colectivo de Agentes de Medio Ambiente en la última década ha pasado de tener más de 1.200 efectivos a apenas 700 y cuenta con una bolsa de personal interino muy numerosa en sus colectivos 2 y 5. No podemos comprender cómo no se ha llamado a nadie desde hace 20 años.

Desde el SAF hemos exigido a la SGT de la CONSEJERIA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMIA AZUL que se proceda a la inmediata creación y dotación de plazas de este Cuerpo para su provisión en la próxima Oferta de Empleo Público y, mientras tanto, se proceda al llamamiento de personal interino del Cuerpo C1.2100, de Agentes de Medio Ambiente.

Dado que la asignación de servicios en solitario al personal Agentes es una consecuencia casi inevitable de la dejadez de la Secretaria General Técnica en lo que corresponde a la dotación y provisión de estos puestos, entendemos que en el caso de que se produzca algún accidente grave, como consecuencia de la prestación de servicios en solitario y el estrés y riesgo psíquico generado, pondremos todas estas actuaciones en conocimiento de las autoridades que correspondan.

 

 

 

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Publicado: 05 Agosto 2024

SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE LOS MEDIOS DE CONTROL Y PREVENCIÓN DE FUGAS DE GASES REFRIGERANTES EN LOS EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS

La Junta de Andalucía lidera en solitario el ranking de personal público a su cargo. Esto datos evidencia la importancia de la Junta de Andalucía como empleador y ésta es proporcional a su responsabilidad legal para proteger la seguridad y salud de los trabajadores a su cargo.

 

En la actualidad, la Junta de Andalucía está o bien construyendo nuevos edificios administrativos (algunos con inicio de construcción a corto plazo) o bien realizando importantes reformas en edificios existentes, incluyéndose algunas de estas actuaciones dentro del Programa de Impulso a la Rehabilitación de los Edificios Públicos de las Comunidades y Ciudades Autónomas (PIREP autonómico). Por citar algunos de estos edificios tendemos el Centro de Procesamiento de Datos (CPD) en la Isla de La Cartuja (Sevilla), el Edificio Administrativo Plaza de la Constitución (antiguos Juzgados) de Córdoba o el Centro de Ciberseguridad de Andalucía en Málaga.

 

En algunas de estas actuaciones se incluyen instalaciones de climatización de volumen de refrigerante variable. Al margen de las ventajas técnicas que puedan presentar estos sistemas de climatización, este tipo de sistema conlleva el riesgo concentrar gas refrigerante en espacios ocupados en este caso por el personal funcionario que presta sus servicios en él.
Debido a la gran cantidad de gas refrigerante presente en los circuitos, una fuga en la instalación interior podría originar una elevada concentración del gas refrigerante en una superficie determinada, con el elevado peligro que esto supone para la seguridad y salud de los ocupantes de dicha superficie, al desplazar oxígeno del aire.

 

Al margen de la responsabilidad moral de la Junta de Andalucía para proteger a sus trabajadores de la forma más eficaz en el interior de su entorno de trabajo, existe la posibilidad que estas fugas de refrigerante se produzcan, exponiendo al personal funcionario a un riesgo real de asfixia afectando ya directamente la responsabilidad que la Ley 31/95 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, entre otras, asigna al empleador (en éste caso la Junta de Andalucía) respecto a las obligaciones de garantizar a sus trabajadores una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo además de cumplir con principios básicos de la actividad preventiva como tener en cuenta la evolución de la técnica.

 

Desde la fase de proyecto para las actuaciones de este tipo de edificios, se deberían haber previsto los riesgos para el personal funcionario que prestará servicio en los mismos que los sistemas de climatización indicados suponen e incorporar un diseño de instalación y/o edificio que los eliminen o reduzcan a niveles tolerables.
Igualmente, en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de los edificios administrativos que incorporen o vayan a incorporar los citados sistemas de climatización se deben identificar los riesgos aquí expuestos, evaluarse e incorporarlos a la planificación preventiva, determinando las acciones correctivas o preventivas para su eliminación o reducción de nuevo a niveles tolerables.

 

El SAF siempre velará porque la Junta de Andalucía garantice la seguridad y salud de todos sus funcionarios públicos , por lo que respecto al asunto tratado en este escrito, creemos prioritario que la Junta de Andalucía garantice la seguridad y salud de los funcionarios que prestan sus servicios en los edificios administrativos dónde existen sistemas de climatización de volumen de refrigerante variable.

 

Por todo cuanto antecede, desde el SAF se ha solicitado a la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos que:
  • Nos informe sobre los medios de control y prevención de fugas en los sistemas de climatización de los edificios administrativos de la Junta de Andalucía, concretamente cuando el sistema de climatización instalado o proyectado son de volumen de refrigerante variable.
  • Nos entregue copia del Plan de PRL de los citados edificios administrativos, tanto de la evaluación de riesgos laborales (donde debiera aparecer identificado y evaluado dicho riesgo) como de la planificación preventiva (donde debería aparecer planificada las medidas preventiva y/o correctivas destinadas a eliminar o reducir el riesgo para proteger la seguridad y salud de los trabajadores de cada edificio).

 

 

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Publicado: 09 Julio 2024
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