CELEBRADA MESA TÉCNICA PRESIDENCIA
INTRODUCCIÓN CONSEJERÍA
- Han creado un puesto de letrado para la Agencia de Emergencias.
- Han creado una plaza de administrativo, dentro de la SGT para el Servicio de BOJA, con horario especial de tarde, ya que el BOJA tiene que trabajar en algunas ocasiones de urgencia por las tardes.
- Las 2 plazas modificadas de asesoría técnica de nivel 27 adscrita al Consejo de Gobierno.
- En la Dirección General de Comunicación Social, se le adscribe el área relacional de informática y telecomunicaciones.
- Indica que no hay ningún incremento presupuestario.
CONSIDERACIONES GENERALES SAF CUESTIÓN PLD
Con fecha 28 de julio de 2024, todas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos un documento conjunto ante la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente – o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
En primer lugar, en el Acuerdo que firmamos todas las organizaciones sindicales solicitamos que como mínimo, el 50% de las Jefaturas de Servicio y puestos PLD, fueran provistos por concurso ordinario de méritos.
En esta Mesa Técnica podemos observar cómo en la propuesta y simulación hay puestos de trabajo PLD – creados y modificados - que no han sido objeto de alteración alguna de su forma de provisión, por lo que se mantiene el condicionante que firmamos para poder aprobar la modificación propuesta.
A ese particular, se constituyó un Grupo de Trabajo en el seno de la DGRRHHFP para tratar precisamente el asunto de la conversión de los puestos PLD a Concurso, cuya última reunión fue el 2 de octubre de 2024, comprometiéndose la Administración en dicha reunión a mandar en pocos días su propuesta, habiendo transcurrido ya más de 11 meses sin recibir contestación alguna. Está claro que se están obviando los compromisos adquiridos con las organizaciones sindicales.
Estamos ante la Administración Pública más politizada de España, si entendemos por politización que la asignación de estos puestos se atiene a criterios de idoneidad apreciados discrecionalmente por el cargo político que los nombra, y que se realiza al margen de todo procedimiento basado en los principios de mérito y capacidad. Hay que señalar que el resto de Administraciones Públicas tienen una estructura de puestos de trabajo en el que hasta la mitad de las Jefaturas de Servicio - y puestos de personal directivo. Son provistas por concurso de méritos y se puede acceder por este procedimiento en su carrera administrativa hasta el nivel 28.
Se mantiene en esta Administración la sombra del “genoma del funcionario” de Viedma y Bendodo. Recordamos la promesa – y gran mentira - de Moreno Bonilla en su programa electoral de la eliminación de la discrecionalidad y la supresión de puestos PLD por debajo del 30. La propuesta es más de lo mismo en la creación de Puestos de Libre Designación. En ninguno de los PLD creados se motiva ni justifica su forma de provisión. La libre designación es un mecanismo ordinario de provisión de plazas conforme a la Ley 5/2023, en el que se debe ver claramente, mediante una adecuada motivación, las causas que lo determinen, como se fija en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo.
Le recomendamos a la Administración que se lea el artículo 79 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el cual determina en su primer párrafo: “El concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico”.
En segundo lugar, con fecha 27 de septiembre de 2024 se presentó otra petición conjunta de las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial sobre la adscripción única de los puestos de trabajo.
Para la aplicación de lo previsto en el artículo 104.4 b) de la Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía, en cuanto a la adscripción de los puestos a un Cuerpo, Opción u Especialidad, entendemos que es necesario primero el desarrollo reglamentario y la necesidad de la justificación, caso por caso, en aquellos puestos en los que no exista requisito de titulación necesario o no sea imprescindible para la adscripción en exclusiva del puesto de trabajo.
Si no es así, la creación de un puesto que no altere las competencias y funciones de homólogos mantenemos que debe continuar en la doble adscripción, hasta que se cumpla la negociación colectiva del desarrollo reglamentario sobre puestos de trabajo y RPT, y mantenerse la misma línea de la actual configuración de los puestos, ya que dicha aplicación “impuesta” por la DGRRHHFP se ha hecho sin acuerdo alguno, sin procedimiento, y sin el estudio mínimo de afectación a la carrera administrativa del personal.
Por tanto, NO DAMOS EL VISTO BUENO a la modificación de la RPT.
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS SAF
VICECONSEJERÍA
Analizada la actual RPT de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, se ha detectado la necesidad de modificar el complemento específico a los códigos 1604720 y 1604620 denominados Asesores Técnicos, adscritos a este centro directivo.
La modificación que se pretende llevar a cabo se enmarca en dos cuestiones fundamentales relativas a las características y funciones inherentes a estos dos puestos de Asesores Técnicos ubicados en el Servicio de Secretariado de Consejo de Gobierno:
- En primer lugar, el desempeño de estos requiere un perfil altamente especializado considerando que sus funciones son de apoyo directo a la preparación de los asuntos que son tratados por el Consejo de Gobierno, el máximo órgano colegiado del ejecutivo autonómico.
- En segundo lugar, el funcionamiento del Consejo de Gobierno, en su carácter de máximo órgano colegiado del ejecutivo, a menudo requiere una agilidad y una capacidad de respuesta inmediata que impactan directamente en las exigencias de disponibilidad de sus Asesores Técnicos, la disponibilidad por los plazos breves es consustancial al puesto de Asesor Técnico al Consejo de Gobierno en la Junta de Andalucía.
Las funciones principales de los dos puestos inmersos en esta modificación son las siguientes:
- -El estudio técnico y la elaboración de observaciones respecto de los asuntos que se someten a aprobación del Consejo de Gobierno y de la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras.
- -El diseño y la preparación de los órdenes del día de los citados órganos colegiados, en las jornadas anteriores a las respectivas reuniones y la tramitación posterior correspondiente.
- -Gestión de consultas planteadas por las Consejerías respecto de los asuntos tramitados ante el Consejo de Gobierno.
- Examen y supervisión de los textos y expedientes a publicar en el portal de transparencia del Consejo de Gobierno, así como la elaboración del formato para la publicación de estos.
- Resolución de solicitudes de información pública.
| MODIFICACIÓN RPT VICECONSEJERÍA |
| ASESORES TÉCNICOS: 1604720 Y 1604620: ELIMINACIÓN |
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| ASESOR TÉCNICO : CREACIÓN: |
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MODIFICACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Desde esta Dirección General de Comunicación Social se propone la modificación del citado puesto, de tal forma que se atribuya al mismo el área relacional “TECN. INFORM. Y TELEC” (0070), manteniendo su actual área funcional “ADMIN. PÚBLICA” (0010), motivada en las razones que se exponen a continuación.
COMPETENCIAS ATRIBUIDAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL.
El artículo 10 del Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa atribuye a la Dirección General de Comunicación Social las siguientes competencias:
- La gestión de competencias en materia de medios de comunicación social, en particular, las relativas a la prensa escrita y a los medios de comunicación audiovisuales, incluidas las establecidas en el artículo 14.3 de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, con independencia de las tecnologías y de la modalidad de transmisión empleadas.
- La coordinación, planificación y gestión de las frecuencias radioeléctricas para uso de la Administración autonómica.
- Las actuaciones relativas a la extensión de la cobertura o a la ejecución de la planificación radioeléctrica en relación con los servicios de comunicación audiovisual prestados mediante ondas hertzianas terrestres.
- Etc.
Si bien las enumeradas en las letras d) a h) justifican que el área funcional del puesto de Coordinador/a General sea “Administración Pública”, es igualmente notable que las tres primeras —a), b) y c)— (subrayadas) tienen una indisociable componente tecnológica y, en particular, en materia de telecomunicaciones, dimensión propia del área 0070 (“Área de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones”) cuya inclusión en la RPT como área relacional del citado puesto (adicional al área funcional de “Administración Pública”) se justifica mediante el presente informe.
| MODIFICACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL |
| COORDINADOR GENERAL |
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MODIFICACIÓN PARA CREACIÓN DE PUESTO DE LETRADO PARA ASISTENCIA AGENCIA EMERGENCIAS
La actual Relación de Puestos de Trabajo (en adelante RPT) de Gabinete Jurídico parte de la modificación que se operó en la RPT de la Consejería de la Presidencia en el año 2005 por el Decreto 69/2005, de 8 de marzo.
Con posterioridad ha sido objeto de diversas modificaciones parciales, la última en virtud del Decreto 217/2024, de 24 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. Significar que esta última modificación solamente afectó a puestos de trabajo de personal de administración general, tanto de Servicios Centrales como de los Servicios Jurídicos Provinciales.
Por lo que hace al personal Letrado, pese a las últimas incorporaciones consecuencia de los procesos selectivos no llega a alcanzarse el número de Letrados que resultaría necesario para afrontar la carga de trabajo que tiene este centro directivo, que se caracteriza tanto por el abrumador volumen de asuntos como por la complejidad de muchos de ellos.
Han surgido nuevas necesidades que en estos momentos requieren una modificación puntual de la RPT a coste cero para crear una plaza de Letrado/a Jf. Agencias (N29).
El aumento paulatino de la complejidad de los asuntos que son objeto de informe en las Asesorías Jurídicas de las Consejerías lo que, añadido al incremento de las consultas verbales derivadas del asesoramiento permanente requerido por los órganos gestores, exigen una mayor dedicación del personal letrado del Área de Asuntos Consultivos.
A ello hay que añadir que cada vez son más las entidades instrumentales que al amparo de la previsión establecida en nuestro Reglamento de Organización y Funciones solicitan la firma de convenios con Gabinete Jurídico en cuya virtud se asuma por éste su asistencia jurídica. Actualmente tenemos vigentes cuarenta y cinco convenios con entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía.
La creación de un nuevo puesto de Letrado Jefe de Agencias responde a la firma el 10 de mazo de 2025 del convenio de asistencia jurídica con la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
Para que la modificación que se solicita sea a coste 0 se propone la supresión de un puesto de letrado nivel 28, de Sevilla, de los que se encuentran actualmente vacantes. Entendemos que con la supresión de este puesto se cubre el incremento de costes que supone la creación de la nueva plaza porque la persona que ocupe este puesto ya viene desempeñando un puesto de letrado.
| CREACIÓN LETRADO JF AGENCIAS: GABINETE JURÍDICO |
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| ELIMINACIÓN LETRADO: GABINETE JURÍDICO |
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| ELIMINACIÓN DE UN PUESTO DE AUXILIAR |
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MODIFICACIÓN EN LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA (SERVICIO DE PUBLICACIONES Y BOJA)
Se trata de la modificación de un puesto de trabajo para asegurar la continuidad de las tareas de preimpresión en determinadas fechas del año que se prevé pueden quedar desatendidas, para lo que se estima necesario la modificación del puesto denominado ADMINISTRATIVO, con código 1628520, que se encuentra actualmente dotado en la RPT del Servicio de Publicaciones y BOJA, y añadirle la característica de JORNADA DE TARDE.
Se trata de la modificación de un puesto de trabajo para asegurar la continuidad de las tareas de preimpresión en determinadas fechas del año que se prevé pueden quedar desatendidas, para lo que se estima necesario la modificación del puesto denominado ADMINISTRATIVO, con código 1628520, que se encuentra actualmente dotado en la RPT del Servicio de Publicaciones y BOJA, y añadirle la característica de JORNADA DE TARDE.
| MODIFICACIÓN ADMINISTRATIVO 1628520 |
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RESPUESTA CONSEJERÍA
- Respecto de añadir el título de licenciado o graduado en Derecho en los puestos de asesor técnico nivel 27 con forma de provisión PLD, no pueden añadir dicha titulación porque Función Pública quieren los puestos por PLD lo más abierto posible, no porque ellos no hayan querido.
- Tampoco se pronuncian respecto que cuerpo adscribirían al puesto de Coordinador General. La adscripción del área relacional de informática y telecomunicaciones ha sido a petición de la Dirección General.
- Las modificaciones tienen que ser a coste 0.
RESPUESTA SAF
- SAF remarca que no es la primera vez que conoce esta instrucción de Función Pública en las modificaciones de puestos RPT. Expresamos que nos preocupa esta forma de actuar, ya que vislumbra que no se quieren cerrar los puestos PLD por cuerpos, para así elegir al candidato “idóneo”. Volvemos a expresar que no toleramos que los PLD sean puestos abiertos, mientras que los de concursos los cierren al máximo. El artículo 104 se tiene que cumplir para todos o para ninguno.
- En esta modificación, el coste 0 ha sido a costa de suprimir un puesto de auxiliar administrativo dotado y que la plaza de administrativo que cambia su jornada de tarde, mantenga su complemento.
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MESA TÉCNICA EDUCACIÓN 26 DE JUNIO DE 2025
INTERVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA
Expresa que es una modificación muy puntual. Por lo que se refiere a las plazas de personal funcionario, existe una propuesta de auxiliar administrativo de adscripción laboral, transformarla en F (personal funcionario), por motivos derivados de la Ley.
La otra actuación, es eliminar las plazas de cuidadores adscritos a personal funcionario, que provienen de un proceso histórico en el momento de la transferencia de competencias, ya que en la escuela infantiles no hay personal funcionario ni personal funcionario docente. Por eso, quieren transformar esas plazas remanentes, a técnico personal infantil de adscripción laboral.
INTERVENCIÓN DEL SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS (SAF)
Se van a transformar 7 plazas de personal auxiliar administrativo en centros educativos de adscripción laboral “L”, creándose plazas en los mismos centros con adscripción funcionario “F”. Además se crea una plaza de igual características sin dotar.
En relación a la propuesta de modificación traída a esa mesa técnica, nos congratulamos que se reconozca que hasta ahora tenían la adscripción de laboral, sean transformadas a adscripción funcionarial por la reserva de potestades públicas del artículo 15 de la Ley de Función Pública de Andalucía. Solicitamos que se dote lo antes posible la plaza pendiente.
En relación a las plazas de cuidadores de adscripción funcionario, plazas remanentes de la transferencia de competencias del Estado, no tenemos inconvenientes en su transformación ya que no hay cuerpos de funcionarios equivalentes en la LFPA.
Aprovechando esta mesa técnica, queremos expresar que es perentorio, una mejora de las condiciones económicas de los puestos auxiliares y administrativos en los centros educativos. Sin ir más lejos, en la reunión sobre el Concurso, celebrado el día 24 de junio, el representante de la Consejería de Educación, indicó que había un número significativo de vacantes. Creemos que la administración debe hacer un esfuerzo en la mejora económica de estos puestos, que tienen una gran dispersión geográfica.
Por otra parte, queremos también aprovechar esta mesa técnica para solicitar que las siguientes secciones de las delegaciones territoriales con nivel 24, pasen a nivel 25.
Expresa que es una modificación muy puntual. Por lo que se refiere a las plazas de personal funcionario, existe una propuesta de auxiliar administrativo de adscripción laboral, transformarla en F (personal funcionario), por motivos derivados de la Ley.
La otra actuación, es eliminar las plazas de cuidadores adscritos a personal funcionario, que provienen de un proceso histórico en el momento de la transferencia de competencias, ya que en la escuela infantiles no hay personal funcionario ni personal funcionario docente. Por eso, quieren transformar esas plazas remanentes, a técnico personal infantil de adscripción laboral.
INTERVENCIÓN DEL SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS (SAF)
Se van a transformar 7 plazas de personal auxiliar administrativo en centros educativos de adscripción laboral “L”, creándose plazas en los mismos centros con adscripción funcionario “F”. Además se crea una plaza de igual características sin dotar.
En relación a la propuesta de modificación traída a esa mesa técnica, nos congratulamos que se reconozca que hasta ahora tenían la adscripción de laboral, sean transformadas a adscripción funcionarial por la reserva de potestades públicas del artículo 15 de la Ley de Función Pública de Andalucía. Solicitamos que se dote lo antes posible la plaza pendiente.
En relación a las plazas de cuidadores de adscripción funcionario, plazas remanentes de la transferencia de competencias del Estado, no tenemos inconvenientes en su transformación ya que no hay cuerpos de funcionarios equivalentes en la LFPA.
Aprovechando esta mesa técnica, queremos expresar que es perentorio, una mejora de las condiciones económicas de los puestos auxiliares y administrativos en los centros educativos. Sin ir más lejos, en la reunión sobre el Concurso, celebrado el día 24 de junio, el representante de la Consejería de Educación, indicó que había un número significativo de vacantes. Creemos que la administración debe hacer un esfuerzo en la mejora económica de estos puestos, que tienen una gran dispersión geográfica.
Por otra parte, queremos también aprovechar esta mesa técnica para solicitar que las siguientes secciones de las delegaciones territoriales con nivel 24, pasen a nivel 25.
| CÓDIGO |
DENOMINACIÓN |
COMPLE. DESTINO |
| 9538710 | Sección de Planes y Programas Educativos | 24 |
| 9538410 | Sección de Orientación Educativa, | 24 |
| 9539110 | SECCIÓN BECAS Y TÍTULOS | 24 |
| 9538510 | Sección de Formación del Profesorado | 24 |
La carga de trabajo de la Sección de Planes y Programas Educativos que es un 24 es muy similar o mayor a la carga de trabajo de la Sección de Promoción Educativa, que tiene asignado un nivel 25. Ya que existen muchos programas educativos que van cambiando cada curso y que requieren un proceso entre ellos de jornadas de trabajo con el profesorado. Lo mismo ocurro con la Sección de Becas y títulos que tiene una carga muy superior a la Sección de Promoción Educativa.
Por todo lo anterior, solicitamos que se suba el nivel a las secciones de las delegaciones territoriales que tienen asignado un nivel 24.
Para finalizar, y en relación a los puestos de PRL, exigimos que doten el resto de puestos de PRL creados en 2024. En el mejor de los casos se han dotados 2 por provincias más el coordinador (por ej, Córdoba tiene coordinador + 7 de nueva creación, y se han dotado el coordinador + 2).
Solicitamos que el dinero que se destina a la externalización de las evaluaciones de riesgos de los centros educativos, se destine a la dotación de las plazas mencionadas.
Por último, solicitamos que nos informen sobre la reunión que se produjo el 24 de junio con la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, la cual tenía la intención de detraer 71 plazas, que coincide casualmente con las 71 plazas de asesoría que se han creado en Educación.
RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN
Por todo lo anterior, solicitamos que se suba el nivel a las secciones de las delegaciones territoriales que tienen asignado un nivel 24.
Para finalizar, y en relación a los puestos de PRL, exigimos que doten el resto de puestos de PRL creados en 2024. En el mejor de los casos se han dotados 2 por provincias más el coordinador (por ej, Córdoba tiene coordinador + 7 de nueva creación, y se han dotado el coordinador + 2).
Solicitamos que el dinero que se destina a la externalización de las evaluaciones de riesgos de los centros educativos, se destine a la dotación de las plazas mencionadas.
Por último, solicitamos que nos informen sobre la reunión que se produjo el 24 de junio con la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, la cual tenía la intención de detraer 71 plazas, que coincide casualmente con las 71 plazas de asesoría que se han creado en Educación.
RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN
-
En relación a la mejora de los puestos, la nueva carrera horizontal, mejorará previsiblemente sus retribuciones y no tengan que cambiar de puestos.
- SAF: Indicamos que lo ideal es además aumentarle el complemento especifico, para reducir la brecha salarial entre las delegaciones y los centros educativos.
- Para 2026 no está contemplado la subida del complemento específico a la Dirección General de Presupuesto.
-
En relación a lo de las Secciones, lo van a estudiar. Son conocedores, de que algunas secciones son distintas. Reiteran que lo van a estudiar y lo solicitarían a Presupuesto para 2026.
-
En relación a los PRL, se ha hecho un esfuerzo en dotar las 71 nuevas plazas y los 8 coordinadores. No tienen información de que se vayan a detraer y lo verían un contrasentido.
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CELEBRADA MESA SECTORIAL (30/06/25): MODIFICACIONES RPT
Punto Primero: Modificación de relación de puestos de trabajo de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior (Expte. 98/25).
| CONSEJERÍA PRESIDENCIA |
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| CREADO |
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| SUPRIMIDO |
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| CONSEJERÍA TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR |
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| CREADO |
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| SUPRIMIDO |
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PRESIDENCIA:
Hace exposición con la documentación remitida. Sería un cambio de adscripción de 2 puestos que pasan de la Secretaría de Acción Exterior a la Consejería de Presidencia y la tercera plaza, sería en sentido contrario.
Los 3 puestos están ocupados y tienen consentimiento de los titulares. Se aprovecha para modificar las denominaciones máx óptimo a las funciones que realizan.
INTERVENCIÓN SAF
Nos reiteramos lo dicho en mesa técnica y respecto de la modificación planteada no tenemos nada que objetar, pero si con carácter general y previendo lo que pueda ocurrir en año 2026, cuando se cambia la estructura se está abusando a nuestro juicio de asignación temporal de funciones, llegando las modificaciones de RPT con mucho retraso, hasta de varios años.
Nos gustarían que nos informaran de ¿cuántas plazas se han dotado para el CAP?, ya que en la mesa técnica de 29 de mayo indicaron que lo intentarían.
INTERVENCIÓN DIRECCIÓN GENERAL RRHH Y FP
Indica que aunque siempre quedan flecos, en los últimos tiempos se intentar acelerar los cambios de RPT derivados de los cambios de estructura. Seguirán mejorando.
No tienen información sobre la Consejería, ha iniciado expedientes de dotaciones, aunque si puede indicar que con carácter general sí lo han hecho todas las Consejerías.
Punto Segundo: Modificación de relación de puestos de trabajo del Servicio Andaluz de Salud (Expte. 58/25)
INTERVENCIÓN DIRECTOR GENERAL RRHH Y FP
Hay que adaptar la RPT al Decreto 31/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Asistencia Jurídica al Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía Ficha.
- Sea crea una jefatura de Área para la coordinación general que se une a las jefaturas de asuntos contenciosos y de asuntos consultivos, pasando de niveles 28 a 29 y adecuándose los complementos específicos.
- Se adecúan los complementos destino de los puestos base de Letrados, pasando de nivel 26 a 27.
- Se suprime la asesoría jurídica provincial de Sevilla, cuyas funciones asumen los Servicios Centrales.
- Se modifican los complementos de destino de los otros 7 puestos de asesoría jurídica provincial del 27 al 28 (también se adecúan los complementos específicos).
- Sea crean 5 nuevos puestos de trabajo, denominados adjuntías (apoyo a los titulares): 4 en SSCC y 1 a la jefatura provincial de Granada por ser la sede de distintas salas del TSJA.
INTERVENCIÓN SAF
No damos el visto bueno a la propuesta de modificación motivado por el escrito de 28 de julio de 2024, en donde todos los sindicatos presentes en Mesa Sectorial, manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente – o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario
En primer lugar, en el Acuerdo que firmamos todas las organizaciones sindicales solicitamos que como mínimo, el 50% de las Jefaturas de Servicio y puestos PLD, fueran provistos por concurso ordinario de méritos.
En esta Mesa Técnica podemos observar cómo en la propuesta y simulación hay puestos de trabajo PLD – creados y modificados - que no han sido objeto de alteración alguna de su forma de provisión, por lo que se mantiene el condicionante que firmamos para poder aprobar la modificación propuesta.
A ese particular, se constituyó un Grupo de Trabajo en el seno de la DGRRHHFP para tratar precisamente el asunto de la conversión de los puestos PLD a Concurso, cuya última reunión fue el 2 de octubre de 2024, comprometiéndose la Administración en dicha reunión a mandar en pocos días su propuesta, habiendo transcurrido ya más de 11 meses sin recibir contestación alguna. Está claro que se están obviando los compromisos adquiridos con las organizaciones sindicales.
Estamos ante la Administración Pública más politizada de España, si entendemos por politización que la asignación de estos puestos se atiene a criterios de idoneidad apreciados discrecionalmente por el cargo político que los nombra, y que se realiza al margen de todo procedimiento basado en los principios de mérito y capacidad. Hay que señalar que el resto de Administraciones Públicas tienen una estructura de puestos de trabajo en el que hasta la mitad de las Jefaturas de Servicio - y puestos de personal directivo.
Son provistas por concurso de méritos y se puede acceder por este procedimiento en su carrera administrativa hasta el nivel 28.
Se mantiene en esta Administración la sombra del “genoma del funcionario” de Viedma y Bendodo. Recordamos la promesa – y gran mentira - de Moreno Bonilla en su programa electoral de la eliminación de la discrecionalidad y la supresión de puestos PLD por debajo del 30. La propuesta es más de lo mismo en la creación de Puestos de Libre Designación. En ninguno de los PLD creados se motiva ni justifica su forma de provisión. La libre designación es un mecanismo ordinario de provisión de plazas conforme a la Ley 5/2023, en el que se debe ver claramente, mediante una adecuada motivación, las causas que lo determinen, como se fija en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo.
Le recomendamos a la Administración que se lea el artículo 79 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el cual determina en su primer párrafo: “El concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico”.
En segundo lugar, con fecha 27 de septiembre de 2024 se presentó otra petición conjunta de las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial sobre la adscripción única de los puestos de trabajo.
Para la aplicación de lo previsto en el artículo 104.4 b) de la Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía, en cuanto a la adscripción de los puestos a un Cuerpo, Opción u Especialidad, entendemos que es necesario primero el desarrollo reglamentario y la necesidad de la justificación, caso por caso, en aquellos puestos en los que no exista requisito de titulación necesario o no sea imprescindible para la adscripción en exclusiva del puesto de trabajo. Si no es así, la creación de un puesto que no altere las competencias y funciones de homólogos mantenemos que debe continuar en la doble adscripción, hasta que se cumpla la negociación colectiva del desarrollo reglamentario sobre puestos de trabajo y RPT, y mantenerse la misma línea de la actual configuración de los puestos, ya que dicha aplicación “impuesta” por la DGRRHHFP se ha hecho sin acuerdo alguno, sin procedimiento, y sin el estudio mínimo de afectación a la carrera administrativa del personal.
Por tanto, NO DAMOS EL VISTO BUENO a la modificación de la RPT.
Con carácter específico, estamos de acuerdo que se aumenten los complementos específicos, pero esperamos que se haga el esfuerzo en el resto de puestos de servicios centrales.
Por otra parte, queremos expresar que observamos que existe un abuso de personal estatutario trabajando en los servicios centrales del SAS sin ocupar puesto de RPT con adscripción AS (ADMINISTRACIÓN SANITARIA). Nos gustarían que nos informaran sobre el número de personas en esta situación, y sino lo solicitaremos en Transparencia.También nos gustaría que nos explicara porque servicios centrales asumen las funciones en la provincia de Sevilla.
DIRECTOR GENERAL RRHH Y FP
- Respecto del escrito sobre PLD, indica que de momento no tienen capacidad en el grupo de trabajo, pero sí quieren que veamos que vamos dando algunos pasos.
- El esfuerzo económico se concentra en los letrados, derivados por el nuevo decreto de letrados. No por tanto con carácter general, ni con los servicios centrales del SAS ni en las asesorías provinciales.
- El motivo de la supresión de la asesoría provincial de Sevilla es porque coinciden en el mismo edificio y por motivos de eficiencia y eficacia.
INTERVENCIÓN SAS
- Es motivo de supresión de la asesoría provincial de Sevilla es porque coinciden en el mismo edificio y por motivos de eficiencia y eficacia. Indican que tratan los mismos asuntos.
- Sobre el tema de estatutario no se pronuncian pero nos insta a que lo solicitemos los datos.
REPLICA DEL SAF
Expresamos que no estamos de acuerdo con la supresión de los servicios provinciales en Sevilla y porque con se esa regla de tres, muchos servicios periféricos de Sevilla podrían desaparecer. Tememos que este sea el primer paso para suprimir el resto de servicios provinciales de letrados.
Punto Tercero: Modificación de relación de puestos de trabajo de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera (Expte. 143/25)
INTERVENCIÓN DIRECTOR GENERAL RRHH Y FP
Hace un pequeño resúmenes de los cambios.
INTERVENCIÓN SAF
Nos congratulamos por la creación de este puesto con nivel 26 y modo de acceso por Concurso. Manifiesta que si bien está satisfecho por la creación de estos puestos y respecto a las medidas que se proponen sobre los puestos TIC, echa de menos la creación de plazas administrativas de apoyo a esta estructura que se crea. Traslada su aprobación.
En relación a los laboratorios de Producción y Sanidad Animal, ponemos de manifiesto que en la RPT de estos centros deberían tener plazas con una configuración más atractiva, sobre todo para los destinos más distantes, poniendo de ejemplo el de Aracena en Huelva.
INTERVENCIÓN DIRECCIÓN GENERAL RRHH Y FP
Expresan que están satisfecho de traer niveles 26 por provisión PC. Al contemplar la ley la adscripción de los puestos a cuerpos, no es posible la doble adscripción, con la excepción de los puestos de PRL.
AGAPA
Están también satisfechos. En el futuro empezarán a trabajar con las OCA y los Laboratorios.
Punto Cuarto: Modificación de relación de puestos de trabajo de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (Expte. 353/24)
Con fecha 28 de julio de 2024, todas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos un documento conjunto ante la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente – o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario
En primer lugar, en el Acuerdo que firmamos todas las organizaciones sindicales solicitamos que como mínimo, el 50% de las Jefaturas de Servicio y puestos PLD, fueran provistos por concurso ordinario de méritos.
En esta Mesa Técnica podemos observar cómo en la propuesta y simulación hay puestos de trabajo PLD – creados y modificados - que no han sido objeto de alteración alguna de su forma de provisión, por lo que se mantiene el condicionante que firmamos para poder aprobar la modificación propuesta.
A ese particular, se constituyó un Grupo de Trabajo en el seno de la DGRRHHFP para tratar precisamente el asunto de la conversión de los puestos PLD a Concurso, cuya última reunión fue el 2 de octubre de 2024, comprometiéndose la Administración en dicha reunión a mandar en pocos días su propuesta, habiendo transcurrido ya más de 11 meses sin recibir contestación alguna. Está claro que se están obviando los compromisos adquiridos con las organizaciones sindicales.
Estamos ante la Administración Pública más politizada de España, si entendemos por politización que la asignación de estos puestos se atiene a criterios de idoneidad apreciados discrecionalmente por el cargo político que los nombra, y que se realiza al margen de todo procedimiento basado en los principios de mérito y capacidad. Hay que señalar que el resto de Administraciones Públicas tienen una estructura de puestos de trabajo en el que hasta la mitad de las Jefaturas de Servicio - y puestos de personal directivo.
Son provistas por concurso de méritos y se puede acceder por este procedimiento en su carrera administrativa hasta el nivel 28.
Se mantiene en esta Administración la sombra del “genoma del funcionario” de Viedma y Bendodo. Recordamos la promesa – y gran mentira - de Moreno Bonilla en su programa electoral de la eliminación de la discrecionalidad y la supresión de puestos PLD por debajo del 30. La propuesta es más de lo mismo en la creación de Puestos de Libre Designación. En ninguno de los PLD creados se motiva ni justifica su forma de provisión. La libre designación es un mecanismo ordinario de provisión de plazas conforme a la Ley 5/2023, en el que se debe ver claramente, mediante una adecuada motivación, las causas que lo determinen, como se fija en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo.
Le recomendamos a la Administración que se lea el artículo 79 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el cual determina en su primer párrafo: “El concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico”.
En segundo lugar, con fecha 27 de septiembre de 2024 se presentó otra petición conjunta de las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial sobre la adscripción única de los puestos de trabajo.
Para la aplicación de lo previsto en el artículo 104.4 b) de la Ley 5/2023, de la Función Pública de Andalucía, en cuanto a la adscripción de los puestos a un Cuerpo, Opción u Especialidad, entendemos que es necesario primero el desarrollo reglamentario y la necesidad de la justificación, caso por caso, en aquellos puestos en los que no exista requisito de titulación necesario o no sea imprescindible para la adscripción en exclusiva del puesto de trabajo.
Si no es así, la creación de un puesto que no altere las competencias y funciones de homólogos mantenemos que debe continuar en la doble adscripción, hasta que se cumpla la negociación colectiva del desarrollo reglamentario sobre puestos de trabajo y RPT, y mantenerse la misma línea de la actual configuración de los puestos, ya que dicha aplicación “impuesta” por la DGRRHHFP se ha hecho sin acuerdo alguno, sin procedimiento, y sin el estudio mínimo de afectación a la carrera administrativa del personal.
Por tanto, NO DAMOS EL VISTO BUENO a la modificación de la RPT.
INFORMACIÓN EN LA MEMORIA:
Para el cumplimiento de los fines y objetivos asignados a la Agencia, resulta necesario adecuar la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía a lo previsto en los Estatutos de la Agencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo de la disposición final primera del Decreto 17/2023, de 14 de febrero. A tal efecto, se propone la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA), así como la modificación de aquellas relaciones de puestos de trabajo que resulten necesarias, incluyendo la creación y adaptación de los puestos requeridos para garantizar su efectiva adecuación a la estructura y funciones previstas.
Actualmente, según lo establecido en la Disposición adicional segunda del Decreto 17/2023, de 14 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de ACCUA (en adelante, Decreto 17/2023), el personal funcionario al servicio de los órganos de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, cuyo puesto de trabajo estuviese adscrito funcionalmente a la Agencia Andaluza del Conocimiento, de acuerdo con sus respectivas relaciones de puestos de trabajo, continuará prestando servicios en las mismas circunstancias en ACCUA, hasta su integración definitiva en la citada Agencia con la aprobación de su relación de puestos de trabajo y la modificación de las relaciones de puestos de trabajo afectadas.
Por tanto, mediante esta propuesta se pretende, en una primera fase, la adecuación de la actual Relación de Puestos de Trabajo a las funciones y competencias previamente expuestas, así como a la estructura organizativa prevista en los Estatutos de la Agencia. Para ello, se plantea la creación inicial de dos nuevos puestos considerados esenciales para el adecuado funcionamiento de la entidad, así como la modificación de varios puestos ya existentes en la RPT actual, con el fin de adaptarlos a la nueva configuración organizativa.
- Se trasladan 20 puestos de la Consejería a la agencia. 4 de PLD, 12 por concurso y 4 por concurso/sistema selectivos.
- Proponen el traslado de 2 puestos desde sede de Córdoba a Sevilla, ya que dependen de la SGT y no de la Dirección General de Evaluación y Acreditación. Indican que no están ocupadas actualmente.
- CREACIÓN DE 2 PUESTOS NUEVOS:
- 1 PLD DE SUBDIRECCIÓN
- 1 PUESTO POR CONCURSO NIVEL 25.
EXPOSICIÓN
Nos congratula que en la memoria se exprese que se quiere implementar una estructura administrativa para respectar la reserva funcional en el ejercicio de las tareas ligadas al ejercicio de las potestades públicas, aunque en dicha memoria se indique literalmente: “que se venían desarrollando por el personal laboral de varias entidades hasta la fecha. Fruto de las auditorías que se llevaron a cabo en el sector público andaluz se llegó a la conclusión de la necesidad de crear un organismo que continuara desarrollando las tareas y competencias vinculadas con la evaluación y acreditación de las instituciones universitarias y del profesorado, así como con la evaluación y acreditación de las actividades de investigación científica y técnica de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento”.
No obstante, consideramos imprescindible que esta declaración tenga una traslación real y efectiva en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que se propone. En este sentido, solicitamos que se identifiquen con la máxima urgencia con claridad todos los puestos que comportan ejercicio de potestades públicas (resoluciones administrativas, informes preceptivos, inspección, evaluación con efectos jurídicos, acreditación oficial, sanción, etc.) y que los mismos se adscriban exclusivamente a personal funcionario.
Solicitamos una aclaración sobre las competencias que ACCUA asumirá del Estado, y más concretamente de ANECA.
Como última consideración, solicitamos que ya que ACCUA es una de las pocas agencias desconcentradas, se haga un esfuerzo de dotar el máximo posible de plazas en la dirección general de evaluación y acreditación en la ciudad de Córdoba.
ACCUA
Respecto de la asunción de competencia estatales, en 2026 se le transferirá de ANECA la evaluación de la competencias de investigación de los profesores universitarios. Por este trabajo se cobrará y se está estudiando para dotar los puestos.
ACCUA
Respecto de la asunción de competencia estatales, en 2026 se le transferirá de ANECA la evaluación de la competencias de investigación de los profesores universitarios. Por este trabajo se cobrará y se está estudiando para dotar los puestos.
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