Preside esta Mesa Sectorial el Director General de Recursos Humanos y Función Pública, acompañado de la Subdirectora de Planificación y Gestión, la nueva Jf de Sv. de “R.P.T.” (a la que se le da la bienvenida), así como personal del Centro Directivo y representantes de las Consejerías objeto de estudio.

En primer lugar, informar que se convoca Mesa Sectorial incumpliendo el procedimiento reflejado en el Reglamento Interno de Funcionamiento de la misma.

Se ignora a la Junta de Portavoces para la constitución del Orden del día de la convocatoria ordinaria fijada y se nos impide aportar cualquier asunto.

Solicitamos a la Secretaría de la Mesa Sectorial conforme al Reglamento, y en los plazos fijados, que se incluyera un tema tan importante ante las informaciones contradictorias y en algunos casos malintencionadas, de la previsión del concurso de méritos del personal funcionario, su probable fecha de publicación, así como los efectos del mismo.

Se nos contesta desde la DGRRHHFP que no se va a aceptar ningún punto nuevo en el orden del día ni el apartado de ruegos y preguntas y que no es necesaria la constitución de la Junta de Portavoces, argumentando que lo incluido son asuntos que quedaron pendientes de la reunión celebrada en marzo. Eso es cierto sólo en parte, pero en dicha reunión ni tan siquiera se había celebrado Mesa Técnica de la Consejería de Inclusión Social y ahora la incluyen sin “acordar”.

La única razón de ir con las prisas es para no tener que volver a convocar Mesa Técnica en la Cª de Economía, ya que el plazo de los 2 meses máximo que tienen para negociar en mesa sectorial vence este mismo día 13 de mayo, y para no dejarla sola, incluyen otra no prevista.

Entendemos que se vuelven a lesionar los derechos de las organizaciones sindicales con una visión sesgada y falta de transparencia de la negociación colectiva.

Ya se avanzó por la Subdirectora que se iba a modificar el procedimiento – y se negociaría – en cuanto a la Mesa Sectorial y la eliminación de la Junta de Portavoces (donde se expone previamente todos los temas que se van a tratar en la mesa). Argumentaba que sería un proceso más ágil cuando se tratara de modificaciones de R.P.T. (lo único que incluyen) y posibilita que las novedades no tratadas pasen a la siguiente mesa sectorial.

Se dijo en dicha reunión que “se debe adaptar la misma a los nuevos tiempos para ser más efectivos”.

Aplican, como han hecho en otros asuntos que se han judicializado como la promoción interna, algo que no está en vigor, que no se ha negociado, que no está establecido, simple y llanamente vulnerando los derechos del personal (en el caso de la promoción interna) y de sus legítimos representantes (en el caso de la Junta de Portavoces).

Volvemos a afear a la Administración el incumplimiento Mesa tras Mesa de lo dispuesto en el Reglamento interno de funcionamiento de la Mesa Sectorial en cuanto a que es obligación de “remitir la documentación correspondiente para la negociación en Mesa Sectorial, se especificarán los cambios que, en su caso, se produzcan en la misma respecto de la propuesta analizada en Mesa Técnica”

Esto ha ocurrido en los 2 puntos que tratan de RPT. No se le ha dado el VºBº a ninguna de las R.P.T. por esta cuestión, mientras no se envié las modificaciones con tiempo suficiente para estudiarlo y ante la falta de documentación que avale lo que en teoría nos dicen que han “aceptado”.

Eso y el abuso en la provisión de puestos por Libre Designación, que impide la carrera administrativa del personal funcionario al prevalecer la supuesta “idoneidad” a la valoración de méritos objetivables. (Accede a toda la información de lo que solicitábamos está en los informativos de dichas Mesas Técnicas: Economía e Inclusión).

En relación a dichos puntos, hacemos un breve resumen de lo aceptado, aunque como decimos, es un despropósito, sin documentación alguna y sin acuerdo previo:


Punto Primero. - Aprobación del acta pendiente (ordinaria 12/04/2024)

En relación a esta Acta, se hacen un par de correcciones de referencias normativas y les recordamos que se anunció el compromiso de la DGRRHHFP de hacer de oficio la modificación de todas las R.P.T. y su adaptación al lenguaje no sexista, y no aparece en el literal de la misma.

La Dirección General asume la carencia y procederá a incluir este compromiso tan importante que adaptaría a la Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género de Andalucía, lo recogido “integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”. Afectaría a la nomenclaturas de todos los puestos de trabajo.


Punto Segundo. - Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería Economía, Hacienda y Fondos Europeos (Expediente 472/23)

Toma la palabra la Coordinadora de la S.G.T..

En relación a esta modificación, se “aceptan” por la DGRRHHFP varias cuestiones que solicitábamos en la Mesa Técnica, pero que resultan del todo insuficientes para poder darle el VºBº ante el abuso de puestos creados PLD en relación a puestos PC/SO, y la falta de cobertura presupuestaria de estos últimos.

  • Referente al puesto 143662101, adscrito al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, se acepta por parte de la administración eliminar la modificación en el cambio de forma de provisión para este puesto, y se mantiene PC.
  • Al puesto 1868120 CONSEJERO/A TÉCNICO/A (N.28) adscrito a la Secretaría General de Presupuestos se acuerda eliminar de las características del puesto AX, AS. Sin embargo al final retiran de la propuesta el acuerdo adoptado y lo mantienen abierto.
  • En relación a los puestos de Secretaría, modifican las memorias y quitan la relación de “semi esclavitud reflejada”, pero mantienen la carrera horizontal encubierta y sin marco legal para este tipo de puesto, cuando para los puestos PC no existe ni tiene desarrollo reglamentario. Privilegios de esta tipología, que después se niegan a reconocer.
  • Nos dicen que se aportarán las memorias confeccionadas de los puestos de provisión PLD para justificar su necesidad, así como las referencia a la obsoleta Ley 6/85
  • En aquellos puestos que no aplicaban el nuevo criterio 8 de la Instrucción 2/99 (misma agrupación de áreas), se corrigen. Ejemplos: 12927710, 1680920, 15272210, 15268710, 15264310, 15264410, 15271910...y poco más

No se abarca la modificación de las Delegaciones Territoriales para adaptar lo propuesto en el ámbito territorial.

Se incumple lo dispuesto en la Ley 31/95, R.D. 39/1997, D. 304/2011 y demás normas complementarias de desarrollo, incluido el Plan PRL, de la creación y dimensionamiento de las Unidades de Prevención, así como la Vigilancia de la Salud derivada de esa obligación legal.

No existen puestos de A.T. P.R.L. en las D.T. de AL, CA, CO, GR, HU, JA, MA, SE (TODAS)

Ni en en la S.G. Economía, Hacienda y Fondos Europeos, ni en la de Política Industrial y Energía.

Incumplimiento que pondremos en conocimiento de la ITSS.

En vez de crear tantos puestos PLD innecesarios, se debería cumplir con la normativa de seguridad y salud de los trabajadores y cumplir la normativa en la Consejería y sus Delegaciones Territoriales.


Punto Tercero. - Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Expediente. 56/24).

Se le solicita a la representante de la Consejería, aporte el Acta de la Mesa Técnica que no se ha acompañado como documentación preceptiva.

Admiten:

  • Actualización de las memorias confeccionadas de los puestos de provisión PLD para justificar su necesidad, así como las referencia a la obsoleta Ley 6/85
  • Modifican puestos propuestos de creación A1/A2 N.26 (Sv. Planif. y Rac. Recursos) en D.T., a A1 N.27 a petición de CSIF (así se declara en la Mesa), y que va en detrimento de los A2 y el máximo en su carrera administrativa. Además, se le incluye el área relacional de “Pptos. Y Gest. Econ.”
  • Van a regularizar la situación de un Sv. Acción e Inserción Social, ocupado provisionalmente desde hace 10 años sin justificación alguna.
  • Los Sv. de Acción e Inserción Social así como los Sv. Gestión Servicios Sociales de las D.T., se les pone a extinguir el área actual (Asuntos Sociales), y en el Decreto de modificación de R.P.T. figurará configurado la conversión a “Administración Pública” cuando no estén titularizados.
  • A los puestos creados Sv. Planif. Y Racional. de Recursos de las D.T. se le incluye área relacional de “Contrat. Adm. Y Rég. Patrimon.”
  • Definitivamente se retira la propuesta de los C.V.O., y sus modificaciones que aparecen como parte de lo propuesto por la Consejería.
Ante los pocos cambios aceptados, y la enorme cantidad de puestos PLD sin su reflejo en la estructura de SS.CC. ni SS.PP., no le damos el VºBº a lo presentado.


CONCURSO DE MÉRITOS PERSONAL FUNCIONARIO

Como dijimos anteriormente, solicitamos a la Secretaría de la Mesa Sectorial (Sv. Neg. Col. y Rel. Sind.), conforme al Reglamento y en los plazos fijados, se incluyera un tema tan importante ante las informaciones contradictorias y en algunos casos malintencionadas, de la previsión del concurso de méritos del personal funcionario, su probable fecha de publicación, así como los efectos del mismo.

Se nos negó.

Pues bien, a petición de otra organización sindical minoritaria en la Mesa Sectorial, y demostrando una vez más falta de respeto por parte de la DGRRHHFP a nuestro Sindicato, se da la siguiente información:

  • El Director General dijo que “el concurso no está listo”.
  • Están trabajando en los “filtros previos” una vez terminadas de analizar las alegaciones presentadas a las listas provisionales de adjudicatarios/as (jubilaciones, fallecimientos y convivencia familiar).
  • Tras esto se deben realizar 1 o 2 adjudicaciones más para comprobar el resultado.
  • Se convocará reunión informativa cuando se tenga información que trasladar.
  • Que no se haga caso a ninguna información que no provenga y sea oficial por parte de DGRRHHFP, nombrando sin nombrar a una “central sindical” que va difundiendo información “fake”.
  • Tienen prisa en resolver, ya que depende de ello concluir procesos de estabilización de 2021 (concurso-oposición) y 2022-2023 (concurso) y necesitan las plazas.

 

 

 

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