ABIERTO EL PLAZO DE LA AYUDA ESCOLAR 2017

PLAZO DE PRESENTACION DE AYUDA ESCOLAR:

Del 11 de septiembre al 10 de Octubre.

SOLO Y EXCLUSIVAMENTE cuando existan razones que lo justifiquen, el plazo máximo para aportar documentación será hasta el 31 de octubre (excepto para los estudios universitarios que será hasta el 31 de diciembre) siendo necesario que la solicitud se haya presentado previamente antes de la finalización del plazo (11 de septiembre a 10 de octubre del año en curso).

LUGAR DE PRESENTACION

La solicitud y la aportación de toda documentación referida a la ayuda escolar deberán hacerse en el Servicio de Recursos Humanos (antiguo Registro de Personal).

NO SE ATENDERÁN LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR VALIJA ELECTRÓNICA.

Los nuevos modelos de impresos se encuentran disponible en el Portal del Empleado:

 Área Común/Documentos de interés/Recursos Humanos/Impresos.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

-Para hijos: Original o fotocopia compulsada de la matrícula en la que deben constar claramente los datos del curso escolar 2017/2018, nombre, etc. En los casos de la ENSEÑANZA OBLIGATORIA no será necesario aportar documento justificativo de la matrícula en el Centro Oficial donde curse los estudios (hijos con edades comprendidas entre los 6 y 16 años, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación), todo ello sin perjuicio de las facultades de comprobación control e Inspección atribuidas a las Administraciones Públicas.

Para Estudios Universitarios solo tendrán validez como documentos justificativos:
  • Certificación expedida por el centro de enseñanza en el que se acredite la matriculación para el curso o asignaturas correspondientes.
  • Recibo de la entidad bancaria o documento donde quede claramente acreditado que se ha hecho efectivo el abono de la matrícula.

En ningún caso surtirá efectos la mera solicitud de matriculación, o en el caso de estudios universitarios la carta de pago, sin la validación de la entidad bancaria que permita acreditar que se ha efectuado el abono de los importes correspondientes.

La edad máxima para solicitar la ayuda escolar por hijos es hasta 24 años inclusive, excepto en el caso de hijos minusválidos para los que no existe límite de edad.

-Para trabajadores: Original o fotocopia compulsada de la matrícula (deben constar claramente los datos del curso escolar 2017/2018, nombre, etc.)

-Personal no fijo: El personal laboral temporal, interino y eventual de confianza tendrá derecho a percibir la ayuda escolar solo en el caso de que esté en activo al inicio del plazo de presentación de solicitudes y que acumule nueve meses de trabajo en el Ayuntamiento en el año inmediatamente anterior (hasta la finalización del plazo de presentación de solicitud).

Pinche para descargar el INFORMATIVO sobre la Ayuda Escolar del Ayuntamiento de Sevilla