En el seno del Servicio Andaluz de Empleo coexisten 14 convenios laborales diferentes que afectan a 3.365 trabajadores, de los que 1.940 son personal laboral propio. De ellos, más de la mitad provienen de la Fundación Andaluza de Fondo de Formación y Empleo (Faffe), empresa pública manchada por la corrupción cuando el PSOE gobernaba Andalucía
La plantilla del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), al tratarse de una Agencia de Régimen Especial, está conformada por personal con tres tipos diferentes de adscripción: funcionario, laboral del VI Convenio y laboral propio, lo que complejiza la gestión administrativa del conjunto de profesionales, al no regirse por una normativa común. La plantilla actual del SAE, a 31 de enero 2022, está conformada por un total de 3.365 efectivos en activo, de los que 804 son personal funcionario, 253 son laboral del VI convenio y 1.940 son personal laboral propio.
Esta complejidad es también resultado de la coexistencia de 14 convenios diferentes, procedentes de la integración en la agencia de diferentes colectivos laborales desde 2011 que, en la actualidad, conforman la plantilla de personal laboral propio. De ellos, más de la mitad provienen de la Fundación Andaluza de Fondo de Formación y Empleo (Faffe) y el resto se distribuye entre Alpes, Memta/Promotores y el personal de los diferentes consorcios provinciales que integraban la red de escuelas de formación (artesanos, madera, joyería, etcétera).
El informe del SAE, al que ha podido acceder EL LIBRE, echa también la culpa a los sindicatos por no haber sabido hacer su trabajo: «Estos convenios regulan condiciones laborales muy diferentes entre sí, sin que las propias organizaciones sindicales que tienen representación sobre los mismos colectivos hayan sido capaces de llegar a acuerdos entre ellos en esta última década. Lo mismo ocurre entre los diferentes comités de empresa que actúan de manera independiente y heterogénea. Todo ello viene a dificultar la negociación de un convenio único, así como la creación de una mesa de negociación y diálogo común con los diferentes agentes sociales».
Situación caótica
El informe del organismo que dirige Miguel Ángel Terrero menciona directamente al Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) a la hora de hablar de potestades públicas: «Dicha heterogeneidad entre los convenios, unida a la manera en que se produjeron las integraciones de estos colectivos en el SAE, ha ido dibujando un panorama muy judicializado, agravado por el conflicto que deriva de la interpretación que se hace de las potestades públicas por parte, fundamentalmente, del Sindicato Andaluz de Funcionarios, y que venía dificultando el desempeño de determinadas tareas y actuaciones al personal laboral propio. En muchas ocasiones, se identifican como potestades públicas actuaciones para las que no existe ninguna dificultad en que la desarrollen proveedores externos, es decir, son funciones externalizadas en muchas de las entidades instrumentales y, por tanto, podrían ser desempeñadas por el personal laboral propio del SAE, en tanto son empleados públicos de la Junta de Andalucía».
También en este contexto, se han venido interpretando como potestades públicas «una gran cantidad de actuaciones de soporte técnico, especializado y administrativo a la gestión, cuando la potestad pública debería centrarse en el resultado de esas actuaciones (registro, notificación, resolución, etcétera) y no en las que es necesario realizar para llegar a dichos resultados», dice el informe del SAE.
Las modificaciones que se plantean responden a «criterios de oportunidad e impacto en la misión del SAE», una agencia de régimen especial en la que conviven distintos tipos de adscripciones y que requiere de «la reasignación de responsabilidades en esta nueva estructura, así como de la distribución de las cargas de trabajo y de las oportunidades de desempeño de los diferentes Puestos de Trabajo (PT) necesarios para dar respuesta a las exigencias del Plan de Reordenación de Recursos Humanos del SAE«, unos cambios encaminados a esas potestades públicas que la Junta quiere otorgarle al personal no funcionario.
«Redistribución de responsabilidades y tareas»
En este escenario se están llevando a cabo «diferentes actuaciones para la redistribución de responsabilidades y tareas entre los diferentes perfiles de puestos de trabajo, que facilitarán la cobertura de necesidades detectadas y priorizadas en los centros de destino y unidades organizativas en los que no se requiere el desempeño de potestades públicas (Plan de Escuelas y Plan de Orientación), mediante la asignación de las mismas a personal laboral propio a través de un proceso de promoción horizontal, que no conlleva coste alguno», deja claro el SAE en el informe.
Por otra parte, el Servicio Andaluz de Empleo está llevando a cabo un análisis exhaustivo de los complementos salariales, con la finalidad de «clasificar de manera homogénea los que pertenecen al desempeño del puesto y aquellos que, por su naturaleza, son complementos variables de cada profesional, buscando asimismo la mayor equiparación posible entre los diferentes colectivos que forman parte de esta agencia».
Por otra parte, el Servicio Andaluz de Empleo está llevando a cabo un análisis exhaustivo de los complementos salariales, con la finalidad de «clasificar de manera homogénea los que pertenecen al desempeño del puesto y aquellos que, por su naturaleza, son complementos variables de cada profesional, buscando asimismo la mayor equiparación posible entre los diferentes colectivos que forman parte de esta agencia».
Desde el Sindicato Andaluz de Funcionarios son taxativos: «De la afirmación vertida sobre el SAF deberán respondernos desde el SAE, pues la Consejería de Empleo, la Consejería de la Presidencia, la Secretaría General para la Administración Pública (SGAP) y la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (Dgrhfp), así como el gabinete jurídico, tienen perfecto conocimiento de que no es una «interpretación» del SAF sino que siempre nos hemos limitado a informar y exigir el cumplimiento de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de las numerosas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que desmienten la afirmación vertida de que la potestad pública debería centrarse en el resultado de esas actuaciones, siendo de una gravedad absoluta y que bien pudiera derivar en la exigencia de responsabilidades penales por prevaricación y usurpación de funciones».
Tienen conocimiento, no sólo porque estaba la representación letrada de la Junta en dichos procedimientos sino porque, desde el SAF, se las han remitido en numerosas ocasiones. Un mero ejemplo es la sentencia firme del TSJA de 18 de febrero de 2016, recurso 229/2014: «Cierto que, como denuncia el sindicato, en abril de 2014 no existía aún adscripción de funcionario alguno y, una vez iniciado este proceso contencioso administrativo, se adscribió temporalmente 10 funcionarios interinos, por lo que resulta ciertamente inexplicable cómo se han podido llevar a cabo el ejercicio de esas potestades administrativas, ya que no basta la firma en el acto administrativo final de la Dirección Gerencia que expresamente tiene atribuida la potestad administrativa, porque esa toma de decisión debe ir precedida de la instrucción de un procedimiento que incumbe exclusivamente a los funcionarios. Así lo hemos afirmado en numerosas sentencias respecto a encomiendas de gestión anuladas por esta Sala y confirmadas por el Tribunal Supremo, que no se pueden llevar a cabo por personal laboral actuaciones o funciones de dación de fe pública y gestión de registros administrativos, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica, financiera y presupuestaria de evaluación, control, autorizatorias, de vigilancia e inspección, propuestas de resolución, etcétera, de naturaleza indudablemente administrativa«.
Tienen conocimiento, no sólo porque estaba la representación letrada de la Junta en dichos procedimientos sino porque, desde el SAF, se las han remitido en numerosas ocasiones. Un mero ejemplo es la sentencia firme del TSJA de 18 de febrero de 2016, recurso 229/2014: «Cierto que, como denuncia el sindicato, en abril de 2014 no existía aún adscripción de funcionario alguno y, una vez iniciado este proceso contencioso administrativo, se adscribió temporalmente 10 funcionarios interinos, por lo que resulta ciertamente inexplicable cómo se han podido llevar a cabo el ejercicio de esas potestades administrativas, ya que no basta la firma en el acto administrativo final de la Dirección Gerencia que expresamente tiene atribuida la potestad administrativa, porque esa toma de decisión debe ir precedida de la instrucción de un procedimiento que incumbe exclusivamente a los funcionarios. Así lo hemos afirmado en numerosas sentencias respecto a encomiendas de gestión anuladas por esta Sala y confirmadas por el Tribunal Supremo, que no se pueden llevar a cabo por personal laboral actuaciones o funciones de dación de fe pública y gestión de registros administrativos, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica, financiera y presupuestaria de evaluación, control, autorizatorias, de vigilancia e inspección, propuestas de resolución, etcétera, de naturaleza indudablemente administrativa«.
‘Desfuncionarización’ del SAE
Por otro lado, la organización sindical considera «de extrema gravedad» que, teniendo la Consejería de Empleo y la Dgrhfp una estructura de más de 30 funcionarios licenciados en Derecho y especializados en materia de personal (sin contar con los letrados del Gabinete Jurídico), se encargue a una consultora externa realizar auditoria jurídica del personal integrado en el SAE y se sigan a pies juntillas sus recomendaciones.
«¿Quizás es que saben que el personal funcionario especializado no ampararía lo que pretenden hacer dando potestades públicas al personal laboral dado sus claros visos de ilegalidad? ¿No será que han destinado fondos públicos a una empresa privada para la emisión de un informe ad hoc en el que las conclusiones ya estaban redactadas de antemano y con el que pretenden justificar la culminación de la desfuncionarización del SAE?», se pregunta el sindicato.
«¿Quizás es que saben que el personal funcionario especializado no ampararía lo que pretenden hacer dando potestades públicas al personal laboral dado sus claros visos de ilegalidad? ¿No será que han destinado fondos públicos a una empresa privada para la emisión de un informe ad hoc en el que las conclusiones ya estaban redactadas de antemano y con el que pretenden justificar la culminación de la desfuncionarización del SAE?», se pregunta el sindicato.
Uno de los puntos negros de esta estrategia del SAE es que una parte importante de sus trabajadores procede de la Faffe. El juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, que investiga el enchufismo en la Faffe y «el ilícito mantenimiento del personal así contratado en distintos puestos de trabajo» creados a su medida y sin utilidad, remitió en enero un oficio al SAE para que «a la mayor brevedad posible» facilitase a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil un informe para identificar a «84 sujetos» que, según denunció el SAF, fueron contratados supuestamente «por razones de clientelismo político o nepotismo». La mayoría son contratados con primer y segundo grado de parentesco con cargos socialistas, según adelantó ABC. Pues bien, la Guardia Civil ha tomado ya declaración a estas 84 personas, todas ellas en calidad de investigadas.
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