Los trabajadores de la administración se clasifican en escalones: A, B y C, que a su vez se subdividen en dos grupos (A1, A2, B1, B2, C1 y C2). El inferior es el C. En esta categoría están desde los auxiliares administrativos a los camilleros pasando por los administrativos. Necesita para su acceso que el aspirante tenga el Bachillerato. El más alto es el A, donde estarían abogados o arquitectos y se debe estar en posesión de un grado universitario. Las responsabilidades y el sueldo son completamente diferentes. Lo que plantea la sentencia del TSJA es que un funcionario que entró en el grupo C1 pueda promocionar al A1 sin tener que pasar por el B.
Esto abre una posibilidad que, aunque se usa, suele ser «marginal», explican fuentes de la administración. Es la opción de presentarse a unas oposiciones del grupo C1 -a priori más asequibles- en vez de a las del grupo A1 -más complejas-. Así, una vez dentro de la Junta de Andalucía, los funcionarios podrían solicitar mediante concurso interno, el salto al grupo A1.
Concurso interno
La razón por la que el TSJA reconoce el derecho de los funcionarios de promocionar varios grados de una sola vez está en la demanda de un trabajador de grado C1 de la Junta que, tras presentarse a un concurso de méritos para alcanzar la categoría A1, fue expulsado del proceso por no ser del grupo B. Según el criterio entonces de la administración andaluza, para ir del C al A había que pasar por el B.
El Alto Tribunal andaluz lo niega: «Resulta posible la promoción interna del C1 al A1», establece la sentencia que da la razón al funcionario, que también advierte que quienes quieran iniciar el proceso de ascenso han de reunir «la titulación requerida» y, además, «deberán poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el inferior subgrupo o grupo de clasificación personal [...] y superar las correspondientes pruebas selectivas».
Desde el Sindicato Andaluz de Funcionarios, cuyos servicios jurídicos representaron a esta trabajador público en su demandan ante la Junta, se muestran satisfechos por el fallo. Aunque reconocen que la administración tiene ahora 30 días para recurrir, creen que sienta un precedente que recoge en Andalucía el derecho de los funcionarios de promocionar dentro de la Junta.
Añaden, sin embargo, que esta opción «es temporal». Existe mientras la Junta de Andalucía no desarrolle y apruebe una nueva Ley de la Función Pública, algo en lo que el Ejecutivo de Juanma Moreno trabaja intensamente estos meses. Cuando esa norma tenga la aprobación del Parlamento andaluz, la ley regional será la que regule la promoción interna de los trabajadores públicos andaluces y podría hacerlo de manera diferente. Desde la Junta de Andalucía aseguran que «respetan» la sentencia del TSJA.
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