Este Sindicato también ha recurrido la Orden que impone el restrictivo horario de tardes. SAFJA tiene a su favor una sentencia firme del TSJA, la nueva suspensión cautelar admitida y numerosas denuncias aún por resolver en toda Andalucía.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Córdoba ha aceptado la medida cautelar solicitada por SAFJA y ha paralizado el nuevo horario de tarde impuesto por la Junta de Andalucía en la Delegación Provincial de Empleo de la capital cordobesa (Ver Auto). A este recurso le antecede más de una decena de escritos y recursos contra esta misma medida en la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, la Consejería de Innovación y las Delegaciones Provinciales en Cádiz y Sevilla, la Delegación Provincial de Cultura y la de Educación en Almería, la Delegación Provincial para la Igualdad en Huelva y el Instituto de Estadística de Andalucía, siendo los últimos ejemplos de numerosas denuncias presentadas por SAFJA en centros de toda Andalucía contra esta ilegalidad manifiesta (Ver en prensa).
Un nuevo éxito que se suma a la sentencia firme y sin precedentes conseguida por este Sindicato contra la misma medida adoptada en la Delegación Provincial de Salud en Sevilla (Ver sentencia firme). El Tribunal Superior de Justicia condenó al pago de las costas procesales a la Junta de Andalucía por vulnerar la normativa sobre horarios de trabajo y por una infracción del derecho fundamental a la libertad sindical.
Ignorando una vez más a la Justicia, el Gobierno andaluz ha seguido adelante con una nueva Orden que implanta en sus edificios administrativos, perturbando la conciliación de la vida familiar y laboral de los funcionarios, de la limitación a dos las tardes en las que se abren las oficinas administrativas de la Junta cuando la Ley estima la elección entre cuatro tardes a la semana, de lunes a jueves.
Así, SAFJA también ha presentado un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra dicha Orden de 22 de noviembre de 2011, por la que se modifica la de 29 de julio de 1996, sobre jornadas y horarios en la Administración General de la Junta, dictada por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y publicada en BOJA el día 7 de diciembre de 2011. Además, este Sindicato ha solicitado la suspensión cautelar de la Orden que causa indefensión a todos los funcionarios públicos, provocando daños y perjuicios de difícil reparación (Ver recurso).
En la Orden citada se adoptan una serie de decisiones unilaterales, en ningún modo consensuadas, que en nada favorecen la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario con mayor dedicación y del personal que tuviera que recuperar el tiempo derivado de la flexibilidad horaria. Es más, SAFJA recuerda que esto conculca lo prevenido en el EBEP, que dispone como objeto de negociación, en su ámbito respectivo, las materias referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, etcétera.
Que la Orden en sí no ha sido consensuada luce de la propia redacción de ésta, y establece lo siguiente: "La segunda tarde en la que podrá realizarse este suplemento horario se determinará, entre los días martes, miércoles y jueves, oída la Junta de Personal correspondiente, por cada una de las Consejerías y agencias, en su caso, Delegaciones Provinciales, conforme a sus necesidades. En todo caso, el suplemento horario por mayor dedicación se prestará conforme a las necesidades del servicio y en función de los requerimientos de los órganos competentes". Y continúa, "con la antelación que resulte posible, las Consejerías establecerán, la previa negociación con las Organizaciones Sindicales en los ámbitos desconcentrados correspondientes, la planificación de necesidades a que se ajustará el cumplimiento del horario a que se refieren los apartados anteriores, dándose conocimiento de la misma a la Inspección General de Servicios".
La Administración ha empezado a construir "la casa por el tejado", prescindiendo con carácter previo de la negociación y obviada con posterioridad. Así en la Disposición Adicional Segunda, que trata sobre edificios múltiples, se dice que "en los edificios múltiples, a los efectos de los dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3.3, los órganos competentes de cada una de las Consejerías deberán fijar, de mutuo acuerdo, el día de la semana, distinto del lunes, en el que personal podrá prestar servicios en horario de tarde".
"Hemos tenido recorte de sueldos y de productividades, la integración en agencias y ahora recortan la libertad para elegir los horarios, cuando en lugar de esta medida entendemos que la tijera se puede meter en las dietas de los altos cargos, las indemnizaciones por vivienda o los coches oficiales", apuntó al respecto Alfredo Pérez, Presidente y Coordinador General del Sindicato.
Tras la sempiterna excusa del ahorro, la Junta no hace más que recortar continuamente los derechos de los funcionarios y mirar hacia otro lado a la hora de derrochar en sindicatos "de clase" o de financiar con cantidades desorbitadas, también de dinero público, la publicidad institucional. Este Sindicato continuará peleando en los Tribunales para que esta medida no se lleve a cabo y, menos aún, bajo la injustificada evasiva de los recortes económicos, que sólo parecen afectar a los trabajadores.
Descargar informativo para colgar en tablón (versión PDF).
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE
SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ