Una sentencia firme pone fin al recurso que SAF interpuso contra el Decreto 302/2007 por el que modificaba la RPT de la extinta Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y anula los 14 puestos creados de personal laboral para los que ya existían cuerpos de funcionarios.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, recurrió la modificación de la RPT de antigua Consejería de Igualdad y Bienestar social, Decreto 3002/2007, en la cual se creaban 14 puestos de trabajo para personal laboral, cuando existían cuerpos de funcionarios públicos para poder realizar dichas funciones. El Tribunal Supremo, en sentencia firme de 21 de diciembre de 2012 y condenando en costas a la Junta de Andalucía, anula la creación de dichos puestos ya que el carácter general establecido legalmente (artículo 15.1.c de la Ley 30/84, como el artículo 12.2 de la Ley 6/85) ha de imponerse que el personal de la función pública quede sujeto al sistema funcionarial, reservándose el laboral a categorías de puestos determinados con carácter excepcional (Ver en prensa).
La Administración argumentaba que la modificación de la RPT de Igualdad suponía una adaptación a las nuevas necesidades, dado que han incorporado nuevos centros y se han ampliados otros. Pero para el Supremo esta justificación no supone que se motive el carácter de laboral de los puestos de trabajo, ya que es una referencia genérica a la reestructuración de la RPT con la creación de nuevos puestos. Precisamente esta falta de motivación y justificación determina su anulación definitiva.
No es la primera vez que el Tribunal Supremo falla en el mismo sentido. En 2011 también anuló el Decreto 483/2008, que modificaba la RPT de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.
SAF continuará luchando por los derechos de todos los funcionarios públicos, y a su vez por los derechos de los ciudadanos que en demasiadas veces son vulnerados por los poderes públicos. El Sindicato Andaluz de Funcionarios seguirá dignificando el trabajo de los funcionarios y que sean éstos los únicos que ejerzan las potestades pública, tal y como establece la Ley.
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