La sentencia del Alto Tribunal declara la nulidad de la Disposición Adicional Primera por vulneración de los derechos fundamentales garantizados en los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española.

corrupcion-y-empleoLa Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), sección primera, con Sede en Sevilla, ha dictado nueva sentencia a favor del Sindicato Andaluz de Funcionarios, contra el Decreto 92/2011 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento (Ver carátula de la sentencia).

La sentencia del TSJA vuelve a reproducir los argumentos esgrimidos en la anterior sentencia estimatoria, conseguida por el Sindicato Andaluz de Funcionarios, de 2 de noviembre de 2011, relativa a la integración del personal del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras en la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, la cual señalaba que con ello se vulneraban los artículos 14 (Derecho a la Igualdad) y 23.2 (Igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la Función Pública) de la Constitución Española. Esta señalaba que "todo el personal de la Agencia en el momento actual ha accedido directamente a la misma, con quiebra absoluta al principio de igualdad y vulnerando el derecho de acceso en condiciones de igualdad, conforme a los principios de publicidad, mérito y capacidad".

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