INTEGRACIÓN DEL PERSONAL A1.1100 (DERECHO) Y DE PRL EN LOS NUEVOS CUERPOS


Aprovechando la negociación de las bases del nuevo cuerpo A1.1300, preguntamos a Función Pública cómo tienen previsto llevar a cabo posibles integraciones del personal del A1.1100 que disponga de la titulación de Derecho y ocupen puestos con Área Funcional de Legislación y Régimen Jurídico. Asimismo, preguntamos también por la futura integración de los asesores técnicos de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en los nuevos cuerpos A1.2030 y A2.2020.

Las cuestiones planteadas fueron las siguientes:

  • ¿Tienen previstos requisitos como un número mínimo de años de experiencia, la pertenencia a un área funcional determinada u otros criterios similares?
  • En caso de producirse la integración, ¿el personal afectado por poseer esa Área Funcional de Legislación podría concursar posteriormente dentro o fuera de ese ámbito?

El SGAP informó lo siguiente respecto a esta cuestión:
  • No existe ninguna norma con rango de ley que ampare estos supuestos de integración, como sí ha pasado en otros cuerpos. Por tanto, no puede llevarse a cabo ningún proceso de integración.
  • Entienden que exista una expectativa por parte de las personas que desean acceder a estos puestos, al considerar que poseen las competencias necesarias; sin embargo, dicho acceso no se realizará mediante un proceso de integración.
  • Toda esta cuestión se estudiará en el futuro decreto de RPT y retribuciones, pero indicaron que se tendrá que respetar la carrera administrativa consolidada del personal funcionario.


POSICIÓN DE SAF: Estaremos vigilantes en la negociación de dicho decreto, para garantizar que no se vea limitada ni perjudicada la carrera administrativa del personal afectado, no solamente la consolidada, sino la futura, de manera que no pierda expectativa de derecho alguna a progresar ni en su Área Funcional ni en el resto de Áreas.

 

 

 

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