El SGAP comienza su intervención recordando que en mayo de 2023 fueron CSIF, ISA y CCOO los que firmaron un acuerdo de concurso sin resultas para garantizar que los procesos de estabilización finalizaran en fecha. Posteriormente la DGRHFP “siguió trabajando” para que al final pudiera ser con resultas pero siempre que no pusiera en riesgo los procesos de estabilización antes de fin de 2024.


Señala que han conseguido terminar el concurso de méritos antes del plazo previsto de 1 de julio y se han reducido en un 10% los plazos. Afirma que ojalá se hubiera podido resolver el 1 de mayo pero nada habría cambiado en absoluto en relación a los problemas objeto de la reunión.


El SGAP recuerda que cuando el 11 diciembre de 2023 CSIF presenta el primer preaviso, ya estaba convocado el concurso de méritos, poniendo en marcha los plazos. Posteriormente, el resto de sindicatos presentamos otro preaviso con fecha 13 de diciembre. Posteriormente, en marzo, los promotores, fijaron la fecha de elecciones el 5 de junio (incluido CSIF). Por tanto, considera que “todos eramos conscientes” de los problemas de coincidencia que se podían ocasionar entre el concurso y las elecciones.


Respecto a la solicitud de diferir los ceses, los servicios jurídicos consideran “incuestionable” que no existe base normativa para ello. Sólo se puede hacer por necesidades de servicio. Hacerlo de forma genérico es inviable y sería competencia de las Viceconsejerías, que sólo podrían justificarlo por necesidades de servicio.


Pide disculpas por la forma de comunicar las disponibilidad de las lista pero lo hicieron así por celeridad.


Se abren a negociar otras medidas para facilitar el voto.


Desde el SAF manifestamos que se han hecho muchas afirmaciones como “incuestionables”. Nos hablan de informes del gabinete jurídico que no hemos podido ver. Nos habría gustado comprobar con nuestros propios ojos esa incuestionabilidad, pero que, no obstante, cómo mal menor aceptamos una actualización de los censos.


Respecto a la diligencia en la resolución del concurso, debemos recordar que el plazo de resolución era de 4 meses y se amplio.


CSIF considera que los censos se deben actualizar a fecha de las elecciones. Afirma que el cese diferido conlleva muchas consecuencias negativas para mucha gente, aunque este mismo mes presumían de haber solicitado eso mismo precisamente. Se queja de que la resolución no se haya retrasado al 1 de julio para evitar estos problemas. No son partidarios de adelantar las elecciones 29.


ISA se queja de que no se nos reuniera antes de la publicación y se pudiera negociar para evitar la coincidencia entre tomas de posesión y elecciones. Son favorables a diferir el cese al día 6.
UGT justifica que pensaban que iba a ser en mayo porque en ningún momento han puesto en cuestión competencia la competencia de la DG. Consideran que diferir los ceses sería una buena medida para evitar problemas. Otra representante dice que está claro que el cese diferido es “legalmente imposible” pero considera que se podría retrasar la toma de posesión al día 6. Hay que buscar una solución porque “no es culpa de la Administración pero tampoco de los sindicatos”.


CCOO se queja de no habernos reunido antes de la publicación de las listas, tal y como se nos dijo. Habría ayudado a evitar algunos problemas. Temen impugnaciones. Pregunta por qué tiene que ser la toma de posesión el día 1.


El SGAP señala que no hay habilitación expresa normativa para poder diferir los ceses de forma genérica. Consideran que “no se puede” actualizar el censo más allá de lo puntual. No están por la labor de diferir las tomas de posesión. La elaboración de censos es “muy laborioso”. El registro de personal lo hace inviable con menos de un mes de plazo.


El DGRHFP justifica que las tomas de posesión deben ser en día 1 porque de lo contrario se generan múltiples problemas en cuestiones de nóminas y seguridad social.


SAF argumentamos que la actualización del censo SI es posible. Si alguien es nombrado el día 1 de junio tiene derecho a votar el día 5. Sí se actualizan los censos (y se deberían hacer en este caso a fecha del día de votación) sería el mal menor. También preguntamos por cuáles son las alternativas que plantea la Administración.


El SGAP incide en que no quieren posponer la toma de posesión, algo con lo que SAF está plenamente de acuerdo. La actualización de censos es “difícil técnicamente” pero están abiertos a ver su viabilidad, siempre evitando dobles votaciones.


CSIF argumenta que legalmente deben actualizarse los censos de forma obligatoria.


El DG concreta que la actualización del censo que solicitamos se referiría sólo a la lista de electores pero no a la composición de las mesas electorales.


El SGAP plantea que los sindicatos nos posicionemos en dos cuestiones:


1. ¿Se está a favor o en contra de diferir la toma de posesión?
2. ¿Se está a favor o en contra de actualizar los censos para que se pueda votar en los nuevos centros de trabajo?

  • No contemplamos que se difiera la toma de posesión más allá del 1 junio.
  • No es que consideremos que deben actualizar los censos , es que tienen obligación de hacerlo.

El resto de sindicatos se muestran favorables a la actualización de censos.


Tras un receso planteamos que las mesas electorales trabajen con los listados definitivos publicados en BOJA.


El SGAP dice que les va a suponer un esfuerzo tremendo pero que lo tendrán que hacer. Se indica que si aquella persona que ya ha votado por correo cambia de provincia el voto NO sería válido por no formar parte en el momento de las elecciones de esa unidad electoral. Tendría que votar de forma presencial.


Aquellas personas a las que se le difiera el cese votarán en su mesa “antigua”.


El DGRHFP señala que los códigos multipuesto cesan en función de los criterios contenido en la instrucción vigente desde el año 2005.


Vacaciones: El DGRHFP dice que aquellas personas que tienen vacaciones autorizadas deberán hablar con personal y volver a solicitar la autorización. Se intentarán respetar. Aquellos interinos que cesen, en principio ya tendrán disfrutadas las vacaciones y otros las estarán disfrutando ya. Las vacaciones “no se abonan, se disfrutan” con carácter general. Con carácter excepcional se abonarán si no se han disfrutado por no haber sido posible materialmente.


Finalmente se acuerda con la Administración que:

  1. Se actualizarán los censos de electores de fecha 1 de junio POR MESAS, teniendo en cuenta el resultado del concurso de méritos, para que se vote en las mesas electorales que correspondan a los nuevos puestos de trabajo.
  2. Voto por correo: Si hay cambio de provincia el voto será inválido. Si hay cambio de puesto pero no de provincia el voto será válido.

 

 

 

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