En el día de hoy ha tenido lugar una reunión de Mesa Sectorial de cuyo contenido pasamos a resumir:

 

Punto Primero: Aprobación de actas pendientes (ordinaria de 19/07/2023; extraordinaria 25/07/2023; ordinaria 26/07/2023; extraordinaria 27/07/2023; extraordinaria 29/09/2023).
Solicitamos la corrección del orden prelación de organizaciones sindicales por orden de representatividad, ya que somos el sindicato mayoritario en el ámbito de la Mesa Sectorial y debemos aparecer en lugar que nos corresponden. Se aprueban las actas.

 

Punto Segundo: Expte 187/23 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Salud y Consumo.
Desde el SAF nos reiteramos en lo manifestado en la Mesa Técnica. Además es la segunda vez que se detraen los puestos de los Laboratorios, lo que ya es una incongruencia interesada. (En el concurso de 2021 no se ofertaron).
En cuanto a los Laboratorios de Salud Pública nos mostramos totalmente en contra de las modificaciones como la Dirección que abren el puesto a AE y AS, por falta de reciprocidad de esas administraciones. Nos roban el escaso número de puestos por concurso.
En este sentido el Jefe de Servicio de Planificación y Gestión de Puestos de Trabajo de la DGRHFP, aclara que la reciprocidad existe en los puestos directivos del SAS, siendo el problema que no existan dentro ámbito de provisión de puestos por concurso del SAS.
Denunciamos que lo que se pretende es que se ocupen las plazas de esta modificación de R.P.T. sin importar la especialización de los puestos y las tareas concretas que desarrollan.
Eso facilitará la externalización de los servicios de los Laboratorios a empresas privadas acreditadas (E.N.A.C.), desmembrando la función pública de los laboratorios y del sector de la protección de la Salud Pública. Otro paso más para destrozar un pilar fundamental en la atención a ciudadanía en el campo de la Sanidad.
Hemos recordado a la Administración que actualmente existen tres laboratorios de Salud Pública cerrados (Cádiz, Córdoba y Sevilla), expresando la Administración que las modificaciones de RPT planteadas “ayuden” a los restantes 5 laboratorios a asumir las competencias y funciones de los 3 cerrados.
En relación a las SC. de Epidemiología / AT. Epidemiología, hemos solicitado en esta Mesa Sectorial, la ampliación de titulaciones requeridas dentro del ámbito sanitario, amparándonos en la Ley 44/2003, de profesiones sanitarias, así como el Decreto 70/2008, que atribuyen funciones relacionadas con la seguridad y sanidad alimentaria:
  • Lcdo./Grado en Medicina, Veterinaria y Farmacia (ya solicitadas).

  • Grado en Enfermería: En especial esta titulación, ya que históricamente el personal de enfermería ha venido desempeñando funciones de vigilancia epidemiológica y programas de salud en las delegaciones territoriales.

  • Grado en Ciencias Biomédicas.

  • Grado en Biología Sanitaria.

  • Grado en Biomedicina Básica y Experimental.

  • Grado en Bioinformática.

La Administración no admite ni una sola de nuestras propuestas de modificación presentadas en Mesa Técnica ni la presentada en esta Mesa Sectorial, ni del resto de sindicatos (salvo dos cuestiones de escasa trascendencia: La ampliación de alguna memoria justificativa y el mantenimiento de un área de funcional en algún puesto declarándolo a extinguir). A eso le llaman negociación.

 

Punto Tercero: Información del concurso de méritos del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Hasta el momento se han grabado 492 solicitudes las cuales afectan a 6.893 puesto de estructura y 2.569 puestos base.
Según la Administración el concurso “va bien” y no ha habido incidencias. La única excepción ha sido la de Málaga: Hubo un error en lo publicado en BOJA (se publicará la corrección el jueves seguramente) y se informó mediante nota en la Web del Empleado Público. Una vez termine el plazo de presentación, podrán informarnos sobre previsiones de plazos de resolución.
Respecto a las plazas titularizada y desdotadas que no se ofertan en el concurso de méritos, la Administración informa que las plazas no dotadas no pueden ofertarse en concurso, conforme al artículo Ley 6/1985 (aún vigente) y el artículo 26.1 de la de Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2023, en las cuales se definen los conceptos de puestos y plantillas presupuestarias.
Expresa la Administración que si se han desdotados esos puestos, es para financiar otros puestos, para ser cubiertos por personal “temporal”.
Mostramos nuestra preocupación por la gran cantidad de personas que solicitaron en tiempo y forma méritos inscribibles en la Hoja de Acreditación de Datos (títulos de cursos de formación, títulos universitarios, etc.) y a día de hoy siguen sin figurar. Preguntamos directamente si se pueden alegar en el Anexo VIII. La Administración responde que la comisiones no pueden dedicarse a valorar solicitudes y ser órgano de inscripción al mismo tiempo. Solicitamos que la DGRRHHFP se dirija a los órganos gestores para insistirles en la trascendencia de tramitar estas inscripciones antes del fin del plazo de solicitud para evitar situaciones injustas y la consecuente cascada de recursos judiciales. La Directora General nos responde que se trata de “un punto de mera información, no de debate”.
Respecto de la consolidación de grado, estaríamos en la misma situación, teniendo que añadir en el Anexo VIII la solicitud formulada para la consolidación, pero hay que tener en cuenta que en el aplicativo (Anexo V o VI) del concurso existe un campo en el que hay que reflejar la fecha de solicitud de este mérito.
Respecto a las plazas de AT extinción de incendios, las cuales fueron detraídas del concurso por estar afectadas por una modificación sustancial de RPT salvo 3 en Sevilla, preguntamos sobre ellas y sobre las plazas de AT de Gestión de Emergencias y otras de los Servicios de Protección Civil que también se podrán integrarse en la nueva Agencia de Emergencias. Las primeras no han sido ofertadas pero las de emergencias sí. Solicitamos que la Administración se pronuncie sobre si las plazas de emergencias sufrirán una modificación sustancial cuando pudieran integrar en la agencia. Responde la Administración que las modificaciones no están en su ámbito, ni está desarrollado el Estatuto de la Agencia ni mucho menos la propuesta de la modificación de RPT del posible personal afectado o transferido.

 

Punto Cuarto: Información de los procesos selectivos.
Desde el IAAP nos remiten con posterioridad un informe (descarga AQUÍ) y además colgarán otro en la Web del Empleado Público.
Estabilizacion 2022: Todos los cuerpos se están baremando
OEP 2023: Se prevé su publicación a finales de año.

 

Punto Quinto: Información de la situación de las bolsas de trabajo y llamamientos.
En los últimos dos meses se han seleccionados al siguiente número de personas:
En septiembre:          En Octubre:
A1.1100: 47                A1.2007: 3
A1.1200: 22.               A1.2008: 1
A2.1100: 26                A1.2102: 1
A2.1200: 7                 A2.2008: 2
C1.1000: 171             A2.2010: 6
C2.1000: 79               A2.2014: 1
                                     C1.2005: 2
                                     C2.1000: 42
Preguntamos sobre los criterios a aplicar para constituir los colectivos 2 de la última oferta acumulada OEP 2019, 2020 y 2021, en los cuerpos en donde haya muy pocas opositores. Responde la Administración que tendrán que analizar cuerpo por cuerpo y dependiendo del ratio.

 

Punto Sexto: Información sobre los cambios efectuados en la resolución por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, especialidades y opciones de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 197/2023, de 27 de julio.
La Administración informa que en este punto se trata de adaptar las bases ya negociadas con las siguientes modificaciones:
  • Se modifican varias referencias normativas.

  • Plazo de presentación se iniciará al día siguiente de la publicación en en BOJA de la convocatoria (10 días).

  • Las listas complementarias se solicitarán una única vez (sólo personas ya valoradas anteriormente).

Dudamos del encaje legal del Apartado 1 in fine (base 8ª), el cual supone la exclusión de aspirantes que antes de tomar posesión por haber accedido a otro cuerpo. La DGRHHFP dice que se trata de “estabilización” y por eso lo considera adecuado. Desde el SAF creemos que no es cuestión de tipos de acceso sino de derechos.

 

 

 

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