Por modalidad de videoconferencia se ha celebrado ayer día 6 de mayo de 2020 la reunión de la Mesa Sectorial de Negociación del personal funcionario del Sector de Administración General.

Antes de comenzar con los puntos del Orden del Día, se ha leído un MANIFIESTO, suscrito por los cinco sindicatos con representación legal en la citada Mesa, en el cual se transmitía el descontento por la falta de información y negociación en relación con la crisis sanitaria producida por el COVID-19. Una actitud de la administración incompatible con la democracia y al respeto a la Libertad Sindical consagrada en nuestra Constitución.

Seguidamente y con un amplio Orden del Día pasamos a informar del Orden del Día:

Punto 1º: Constitución de la Mesa Sectorial derivada de las elecciones sindicales de 2019.

a) Se aplaza dicha constitución dado que la certificación de los resultados electorales emitida por la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral evidenciaba errores en dicho resultados. Se volverá a solicitar otra certificación.

b) El SAF ha manifestado la actitud poco democrática de los sindicatos que legalmente pueden promover las elecciones sindicales en los Servicios Centrales del SAS, cuyo proceso está “secuestrado” desde hace más de dos años. Se está impidiendo que los compañeros funcionarios puedan elegir libre y democráticamente a sus representantes. Una vez finalizada la vigencia del estado de alarma y reincorporado el personal, desde el SAF vamos a instar y ayudar a funcionarios del SAS para que sean ellos, en asamblea, los que promuevan las elecciones sindicales, según la normativa vigente.

c) Hemos vuelto a solicitar la inmediata constitución de la Mesa de Funcionarios que se establece en el artículo 34 del TREBEP y que es de carácter obligatorio. Ante la negativa de los responsables políticos del régimen anterior, el SAF acudió a los Tribunales de Justicia y estamos a la espera de sentencia, llevamos más de cinco años de espera… 

Punto 2º: Aprobación de varias actas de reuniones de la Mesa Sectorial:

Se aprueban las cuatros actas. 

Punto 3º.- Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de varias Consejerías por la reestructuración establecida en el Decreto del Presidente 6/2019 de 11 de febrero.

Desde SAF nos remitimos a lo alegado en la Mesa Técnica y no damos el visto bueno a esta modificación. La administración sigue apostando sin escrúpulos por la forma de provisión de los puestos de libre designación (PLD). No discutimos la legalidad de este procedimiento, pero lo que es palmario es que la carrera administrativa de miles de funcionarios, sobre todo del Grupo A1, se ve cercenada al no poder optar a puesto superiores al nivel 25 por concurso de méritos. 

Punto 4º.- Negociación del proyecto de Orden por la que se establecen normas relativas a jornadas y retribuciones de los asesores técnicos de extinción en el Plan INFOCA:

a) A petición del SAF, este proyecto se ha llevado a Mesa Sectorial ya que regulaba las jornadas especiales de los asesores técnicos de extinción en el Plan INFOCA. Como ya manifestamos a los representantes de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en la reunión informativa que mantuvimos el día 8 de abril de 2020, creemos que esto es un “parcheo”. Se debe regular a la totalidad del colectivo que participa en el INFOCA. Las retribuciones de los agentes de medio ambiente llevan años si tocarse. Hay que revisar el tema de los reconocimientos médicos de los agentes, como tanta veces se ha expuesto ante los responsables de la Consejería, además del tema de los vehículos, y un largo etcétera de problemas que pasan los años y no se solucionan.

b) Hemos solicitado que se añada a los puestos de los asesores técnicos de extinción el factor de peligrosidad-penosidad en el complemento específico. También pedimos que se aumente el número de este personal, ya que en 2019 ha disminuido, teniendo como consecuencia unos cuadrantes en algunas provincias que recogían más días de trabajo consecutivo.

c) SAF ha preguntado al Director del COR, Juan Sánchez, si este año al personal funcionario que participa en el dispositivo INFOCA se le va a realizar el obligatorio reconocimiento médico, ya que algunos de los Centros de Prevención se encuentran cerrados. Nos contesta que ante la excepcional situación en la que nos encontramos dará como válido el reconocimiento médico que se les hubiera realizado el año pasado. No obstante, SAF ha manifestado que todavía hay tiempo para esos reconocimiento, queda poco menos de un mes para que comience la campaña. 

Punto 5º.- Modificación de la Instrucción 1/2019 de 16 de enero sobre reconocimientos de trienios:

En la propuesta de modificación nos encontramos con un error que va a suponer que sigamos con el mismo problema. Es decir, el no reconocimiento de los trienios perfeccionados erróneamente desde el año 1985 hasta la fecha actual, pues el apartado segundo dice:
“Segundo. Fecha de efectos. La valoración de los trienios, en la redacción dada por la presente Instrucción, será de aplicación a aquellos que se perfeccionen desde el día de su firma, sin perjuicio de la actualización que en su caso proceda de los importes en que se hayan valorado aquellos trienios reconocidos en los cuatro años anteriores.”

No entendemos si este error es por un despiste o intencionado. Queremos dar por sentado que es un despiste, pues si es intencionado estaríamos ya ante un incumplimiento reiterado de la Ley 6/1985, desde su entrada en vigor, e incumplimiento de sentencia judicial, que ya aportamos, además de las conclusiones y recomendaciones del Defensor del Pueblo, como consecuencia de la Queja presentada por nuestra Organización Sindical.

Así las cosas, desde SAF proponemos la siguiente redacción:

“Segundo. Fecha de efectos. La valoración de los trienios, se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985 y, será de aplicación a aquellos que se perfeccionen desde el día de su firma, sin perjuicio de la actualización que en su caso proceda de los importes en que se hayan valorado aquellos trienios reconocidos en los cuatro años anteriores, así como, con respecto a los perfeccionados erróneamente en un grupo inferior al que le corresponde, como consecuencia de no aplicarse el grupo superior, en el periodo anterior a la entrada en vigor de la Instrucción, se procederá por la Administración a su revisión o subsanación, bien de oficio o a instancia de parte.”

Desde la administración se nos responde que estudiarán nuestra propuesta… 

Punto 6º.- Información sobre el Decreto 26/2020 de 24 de febrero por la que se modifica el Decreto 342/2012 de 31 de julio, por el que regula la organización territorial provincial de la Junta de Andalucía.

a) El SAF solicitó en la Junta de Portavoces que se incluyera este apartado, puesto que en ningún momento la Administración informó a los sindicatos de su intención de modificar las RPT en el sentido de eliminar los requisitos de experiencia en área de los puestos de trabajo de los secretarios generales de las delegaciones de gobierno, de las delegaciones provinciales.

b) Preguntamos ¿por qué no ha se negociado este decreto? Nos responden que no es materia de negociación puesto que la materia es de organización, siendo esta potestad de la Administración.

c) Desde SAF manifestamos nuestra oposición más enérgica a este Decreto. La Administración vuelve a perder una oportunidad: la de suprimir el tipo de administración (AX, AS, AL, AE) como tantas veces hemos manifestado. No estamos de acuerdo que funcionarios de otras Administraciones y Sectores ocupen puestos de funcionarios de RPT del Sector de Administración General. Por la falta de reciprocidad. Además y es lo más importante y doloroso, abrir la posibilidad y nombrar funcionarios de otras administraciones, deja a las claras que la Junta de Andalucía no cuenta, ni valora, con los funcionarios de Sector de Administración General. Mandan un mensaje en el sentido que nuestros compañeros no deben estar muy capacitados para ocupar esos puestos de trabajo, algo que rechazamos de plano. Es más, estos compañeros están más preparados que cualquier funcionario que provenga de otra administración, como es lógico, ya que conocen el funcionamiento y la normativa propia desde el primer día. Estamos ante una manifiesta falta de respeto a la profesionalidad de los compañeros funcionarios de la Administración General.

Como lavado de cara y para intentar salvar los muebles, ahora incluyen como requisito tener cinco años de experiencia en puestos del Grupo A1, como si fuera éste un mérito fuera de lo común…Otra vez se vuelve a perjudicar la carrera administrativa de miles de funcionarios. Si no fuera poco el sistema de provisión por PLD, ahora se le suma que funcionarios de otras administraciones ocupen estos puestos de trabajo de Secretarías.

d) No entendemos que se creen en el Decreto 26/2020 dos puestos más de personal eventual por cada Delegación de Gobierno, con complemento de destino correspondiente al nivel 28 y complemento específico de 15.299,88 euros. Debe ser que los altos cargos de turno estén faltos de asesoramiento y de confianza. Exigimos menos personal eventual y más funcionarios que saquen el trabajo. 

Punto 7º.- Información sobre el estado de situación de la elaboración del Plan de Reincorporación progresiva del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía:

a) A pesar de ser el punto que más interés puede tener para los funcionarios, la información dada por la Administración no ha podido ser más escueta. Nos informan mañana, 8 de mayo de 2020, se celebrará la reunión de la Mesa General donde se negociará el BORRADOR de dicho Plan. Y una vez aprobado dicho borrador se le dará traslado a la Mesa Sectorial para su negociación.

b) El BORRADOR, como viene siendo habitual, no ha sido enviado a las organizaciones sindicales que no están presente en dicha Mesa General. Desde SAF manifestamos ante la Administración la queja por la ocultación de esa documentación. Nos contestan que procederá al envío inmediato de la misma. Todavía estamos esperando a recibirlo…

c) La Administración nos comunica que la semana que viene convocará con carácter extraordinario la Mesa Sectorial para abordar la negociación del Plan de Reincorporación. Llegados a ese momento desde SAF daremos puntual información de nuestra postura al respecto, aunque ya la hemos puesto de manifiesto en los distintos Comités de Seguridad y Salud que se han convocado a nuestra petición. 

Punto 8º.- Propuesta de modificación del apartado tercero de la Resolución de 18 de julio de 2014 de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se regulan los procedimientos de selección y las bolsas de trabajo del personal funcionario interino de la Administración General de la Junta de Andalucía para su adaptación a la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

a) El SAF ha sido el único sindicato que se ha opuesto al apartado noveno de la Resolución de 14 de abril de 2020, valor de los servicios prestados:
“Habida cuenta de las excepcionales circunstancias de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, el desempeño efectivo y presencial de todos los puestos de trabajo durante el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma y la finalización de dicha emergencia sanitaria será objeto de valoración, en la bolsa que en cada caso pueda corresponder, con una puntuación, por cada mes de servicios prestados o parte proporcional, que supondrá el doble del valor de la puntuación que en su caso corresponda.

b) Desde SAF entendemos que valorar doble a este colectivo, el mismo desempeño que realizan los funcionarios que ya estaban trabajando antes de la Pandemia, supone una discriminación en atención a las circunstancias o condición personal o social (artículo 14 de la Constitución) y una vulneración del principio de mérito e igualdad en el acceso a la condición de funcionario público (artículo 23.2 de la Constitución). Eso con carácter general, pero es que además se genera asimismo discriminación entre los propios funcionarios interinos, ya que actualmente están desempeñado sus puestos en estas circunstancias en base a llamamientos anteriores, e incluso con respecto a aquellos que ya fueron cesados y ya no están en las correspondientes Bolsas, porque ahora se van a ver infravalorados sus servicios con respecto a los nuevos funcionarios interinos que sean nombrados durante este período de alerta sanitaria.

c) Como ya comunicó en su día a la Administración, el SAF ha presentado recurso contencioso-administrativo por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, contra este Apartado.

d) Desde SAF hemos manifestados reiteradamente que hay que reconocer y valorar la labor del personal que está en primera línea de fuego en esta guerra contra el COVID-19 (sanitarios, personal de las residencias de mayores y menores, médicos, etc.) Pero entendemos que esa valoración no debe suponer una vulneración de la normativa vigente. Nuestra propuesta es que a ese personal se le gratifique económicamente mediante algún plus de peligrosidad u otro tipo de complemento. Esta doble valoración del desempeño, no deja de ser una limosna y una excusa para que la Junta de Andalucía no abone ni un euro a estos profesionales, y reiteramos la ilegalidad de la norma.

d) De la misma manera, SAF también ha solicitado que se reconozca el trabajo de cientos de funcionarios de la Consejería de Empleo, y voluntarios de otras Consejerías, que de forma altruista han trabajado sin descanso para poder sacar adelante más de cien mil expedientes de ERTES, que afectan a más de quinientos mil trabajadores, para que puedan cobrar el correspondiente subsidio y dar de comer a sus familias. (Pincha aquí para acceder a nuestra felicitación pública). 

Y sin más que tratar, se levanta la Mesa siendo las 14:50 del miércoles 6 de Mayo 2020.

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