La Mesa Técnica para tratar el tema de la RPT de los Agentes de Medio Ambiente se ha celebrado en el día de hoy, 16 de noviembre,  como continuación a la del pasado día 6 que contó con un rechazo total del Sindicato Andaluz de Funcionarios a las propuestas presentadas por la Consejería.

Esta modificación - como ya se dijo - es fruto de los innumerables procesos judiciales instados por los agentes de medio ambiente que ocupan puestos de trabajo de nivel 16, y que demandan su equiparación administrativa y económica ya que realizan funciones de idéntica naturaleza a los puestos de nivel 18 (en concreto, 117 agentes afectados por dicha modificación).

La Secretaria General Técnica nos informa que tras la consulta a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, todos los puestos modificados de nivel 16 que pasan a nivel 18, y se van a adscribir con carácter definitivo, y no provisional como era la propuesta inicial.

Esto ya ocurrió en los años 2002 y 2005, con modificaciones del Cuerpo por una reordenación del colectivo, por lo que no es una excepción, y que era nuestra base argumental.
Se crean como puestos de agentes de medio ambiente base (C1) aquellos que van a ser los puestos de acceso al cuerpo PC/SO, y se mantienen 71 puestos de personal interino, que no tienen los mínimos legales de acceso al cuerpo, como plazas a extinguir.
        
En cuento a la distribución geográfica propuesta, la Secretaria General Técnica dice “que se da un paso atrás”, pero no se aborda en este momento. Se estudiará dentro de una modificación de R.P.T. más profunda.  Ahora, se toma como punto de partida la R.P.T. de 2005.
Pero ojo, porque esto no es así. En la R.P.T. de 2005 – punto de partida actualmente – existían códigos de puestos diferenciados para los A.M.A. de nivel. 18 y nivel 16, que en prelación, colgaban de su respectiva Unidad Integrante (Coordinador Adjunto), prelación que ahora se elimina en detrimento del colectivo.

Si el punto de partida es 2005, habremos de respetar todas y cada una de las condiciones existentes en dicha R.P.T. y solicitamos ya, desde SAF, que se mantenga la misma estructura que entonces.

Así lo exigiremos en Mesa Sectorial, en defensa del colectivo. La existencia de las Unidades Biogeográficas como ámbito laboral ordinario supone en la práctica duplicar las hectáreas de trabajo de los agentes, dificultando el conocimiento del territorio y por tanto, mermando la eficacia y eficiencia del trabajo a realizar y la prestación de un servicio de calidad en un ambiente de seguridad en el trabajo.

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