Las denuncias han sido presentadas en los Juzgados de Instrucción de Sevilla y Granada contra el Director-Gerente del SAE y la Delegada Provincial de Empleo.
Como ya avanzó ante el nuevo concepto de "subrogación" en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), atajo creado ante la suspensión del protocolo de integración del personal de las Agencias en el SAE, el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía ha presentado dos denuncias, ambas por vía penal, ante el Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla contra el Director-Gerente del SAE y ante el Juzgado de Instrucción número 4 en Granada contra la Delegada Provincial de Empleo (Ver denuncia contra la Delegada Provincial) (Ver querella contra el Director-Gerente) (Ver en prensa).
El pasado 7 de febrero de 2012, el Director-Gerente del SAE dictó la Resolución "por la que se aprueban las medidas para garantizar el cumplimiento de la Sentencia (...), por el que se acuerda la suspensión cautelar de la Resolución dictada por la Secretaría General para la Administración Pública, con fecha de 20 de Abril de 2011, por la que se aprueba el protocolo de integración de personal" en el SAE (Ver Resolución). Precisamente a través de dicha sentencia, estimando un recurso interpuesto por las asociaciones, el TSJA expresó que la integración de dicho personal era contraria a los Derechos Fundamentales garantizados en la Constitución Española, que no se respetaban los principios de acceso al empleo público exigidos en la legislación y que dicho acto constituía una auténtica huida del Derecho Administrativo y un desprecio al Estado de Derecho.
Argumentos sustanciales que llevaron al Alto Tribunal andaluz a prohibir la mencionada integración. Por ello, es inadmisible que el Gobierno andaluz se pitorree tan descaradamente de la justicia y cree un concepto nuevo para el enchufismo como el de la "subrogación", vulnerando el mandato judicial. Así lo ha expresado este Sindicato en las denuncias penales interpuestas. "Desde la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, con auténtico desprecio al estado de derecho, se dicta resolución de 7 de febrero de 2012, que pretendiendo dar cumplimiento a la sentencia citada no hace más burlarse, de forma grosera, del mandato contenido en ella al plantear la integración del personal de la extinta FAFFE, creando, en un auténtico fraude de ley, la figura del personal subrogado", dice textualmente la denuncia de SAFJA.
"Los hechos denunciados -establecen las denuncias de SAFJA- se encuadran en el tipo contenido a los artículos 404 del Código Penal, (...) que contempla el hecho de que las autoridades o funcionarios públicos se negaren abiertamente a dar cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de formalidades legales".
El Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía advierte "que la actuación del querellado -haciendo referencia al Director-Gerente del SAE- intenta evitar el mandato contenido en la sentencia del TSJA, Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, que suspende la incorporación al Servicio Andaluz de Empleo del personal externo de la ya extinta Fundación Andaluza para el Fondo de la Formación y Empleo (FAFFE) y también de los Consorcios UTDLT".
Esta actitud rebelde y provocadora del Director-Gerente del SAE frente a la decisión judicial es conocida públicamente por todos, incluido el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada ya que SAFJA ha presentado otros escritos, anteriores a estas denuncias penales, ante el Juzgado de Guardia y ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial. Ambos escritos alertaban de la censurable actitud de la Delegada Provincial de Granada. No caben excusas cuando se es consciente de la ilegalidad que se comete con el grave desacato al mandato judicial por el que debe velar todo órgano jurisdiccional.
SAFJA advierte que estas autoridades públicas tienen la obligación social y legal de cumplir el mandato judicial, conocido por todos. La Resolución es ilegal e infringe la orden dada por la sentencia judicial. "Se cometen las infracciones penales denunciadas -señala el Sindicato respecto a la Delegada Provincial de Empleo en Granada- incluso por quienes debiendo y teniendo el asesoramiento de la responsable de la gestión de la Administración competente (...) también, así, lo consienten, estimulan y no impiden con sus advertencias a la denunciada de la ilegalidad que comete;(...). Su obligación consiste en alertar al cargo de la ilegalidad que puede cometer, si no lo hacen también son responsables por omisión de la ilegalidad o desacato al mandato judicial. Su advertencia debe constar expresamente y el cargo político decidirá si se somete en todo, en parte o en nada al asesoramiento o advertencia de su cargo de confianza. Asumiendo así su responsabilidad (en cualquier caso, como en el presente son sabedores y conscientes de su ilegalidad) por su ilegal actitud, no caben excusas. Así de claro".No cabe, por tanto, excusarse en obediencia debida ante una ilegal decisión superior (como la del Director General del SAE) consciente del desacato al Juzgado, que como órgano decisorio en la aplicación de la Ley debe velar, cumplir y hacer cumplir lo juzgado.
SAFJA se reserva el derecho de emprender cuantas acciones legales considere oportunas para frenar estas actuaciones, al margen de la ley y los derechos de los funcionarios públicos, que desprecian y burlan el poder judicial sólo por acrecentar el enchufismo en plena víspera electoral.
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