Ante la imprecisión de las bases de la convocatoria de promoción interna, el Sindicato ha reiterado por escrito a las comisiones de baremación que la Justicia sólo ampara la antigüedad como funcionario de carrera.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado un escrito al Instituto Andaluz de Administración Pública y a los presidentes de las Comisiones de Selección de las pruebas selectivas de acceso a los distintos cuerpos de la Junta por el sistema de promoción interna (Ver escritos presentados).
La razón es que, al consultar las bases de las convocatorias de las pruebas selectivas, SAF entiende que no queda claro si la antigüedad que se computará es la instaurada por la jurisprudencia, es decir, la antigüedad como funcionario de carrera. Esta imprecisión en la convocatoria puede dar lugar a interpretaciones arbitrarias e indefensión.
El Sindicato hace referencia en su escrito al fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ratifica la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cinco de Sevilla y da la razón definitivamente a SAF en la no baremación en los procedimientos de promoción interna de los servicios prestados como interino. En definitiva, si se computara los citados servicios previos se estaría incumpliendo el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido por la Constitución Española.
SAF solicita a las comisiones de baremación que cumplan estrictamente en todos sus términos la dictada sentencia y se computen únicamente los servicios prestados como funcionario en la fase de concurso del procedimiento selectivo por el sistema de promoción interna para el acceso a la condición de funcionario.
El Sindicato se reserva las acciones legales que correspondan para la exigencia de responsabilidades, en caso de que procedan a una baremación contraria a los criterios establecidos por sentencia judicial firme para la correcta interpretación y aplicación del Decreto 2/2002.
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