La Directora General de Recursos Humanos y Función Pública remite un escrito al Defensor en el que excusa la ausencia de concurso a la falta de consenso social.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado alegaciones ante el Defensor del Pueblo Andaluz sobre el escrito que la Directora General de Recursos Humanos y Función Pública remitió para justificar la no convocatoria de los concursos de méritos de funcionarios de la Administración General y el retraso del mismo (Ver carátula del escrito de alegaciones de SAF).
SAF informa al Defensor en el citado escrito que la Directora General falta a la verdad cuando le comunica que los concursos no los convoca por la falta de consenso de la parte social y que en los retrasos en la resolución del anterior concurso no tuvo nada que ver.
El Sindicato insta al Defensor que, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 9/1983, inicie la exigencia de responsabilidades penales contra la Directora General por obstaculizar su labor, al remitir informes y conclusiones no ajustados a la realidad que provocan el retraso injustificado de la convocatoria de los concursos de méritos, y por incumplir y derogar el vigente Decreto 2/2002.
SAF manifiesta (avalado por la documentación correspondiente) la ausencia de interés de la Administración que el escrito que le remitió en su día, que es una reproducción literal del enviado por la Secretaría General para la Administración Pública, y además pone en evidencia las dos conclusiones con las que quieren justificar su decisión:
1. La falta de consenso de las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial. En la mayoría de los casos, situación que SAF ha denunciado en innumerables ocasiones, no es necesario el consenso entre los sindicatos, ya que se ha impuesto la voluntad de la Directora General. Es más, la Directora General no dice la verdad cuando informa al Defensor del Pueblo que son cinco los sindicatos presentes en la Mesa y SAF el único en estar en desacuerdo, dando ha entender que de 5 uno es el culpable. Legalmente sólo tres sindicatos tienen derecho a voto, SAF, Csi-f y Ustea con un porcentaje de representación y voto del 47,34%; 34,30% y 18,36 respectivamente.
2. La demora del anterior concurso fue por causas ajenas a la Administración. Precisamente la Administración, a través de comunicaciones internas, pidió informes a la Letrada Jefe de la Asesoría Jurídica, informes que no son ni vinculantes ni preceptivos. Incluso, un día antes de terminar el plazo de resolución del concurso, revoca las bases del concurso modificando las mismas sin que le obligue ni mandato judicial ni ejecución de sentencia.
Es por ello que SAF acude al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Posteriormente las sentencias, tanto la sala de Sevilla como la de Granada, fallan a favor del Sindicato, anulan la revocación de las bases y obligan a la Administración a terminar el proceso con las bases originarias.
Las conclusiones que la Directora General transmite al Defensor del Pueblo Andaluz son de una inexactitud total, demuestran el interés en retrasar la resolución del concurso y la persistente actitud en demorar indefinidamente el derecho a la carrera administrativa que tienen los funcionarios al no convocar desde hace tres años uno nuevo, cuando la legislación obliga a hacerlo cada seis meses.
Descargar informativo (versión PDF).