Con fecha 14 de marzo de 2024, se nos convocó por la Secretaria General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos a Mesa Técnica de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de varios Centros Directivos adscritos a los Servicios Centrales de dicha Consejería.

Dentro de la documentación que se debe aportar para esta fase de la negociación de dicha modificación, consta memoria funcional firmada por la Viceconsejera, en la que justifica la creación de determinados puestos de la Secretaría de la Consejera y de la Viceconsejería.


Entre ellos, se encuentran 2 puestos por el sistema de provisión Libre Designación, denominados Jefe/a Secretaría del Consejero/a y Jefe/a Secretaría del Viceconsejero/a.

En la justificación de dichos puestos se refleja:

15375110 JF. SECRETARÍA CONSEJERO/A: Al tratarse de un puesto de confianza con dependencia directa de la persona que ostenta el cargo de Consejero/a, se requiere, para este puesto, un perfil especializado en cuanto a formación y experiencia se refiere, además de poder contar con disponibilidad de 24 horas, los 7 días de la semana “
15268510 JF. SECRETARÍA VICECONSEJERO/A: “Se trata, por tanto, de un puesto de confianza con dependencia directa de la persona que ostenta el cargo de Viceconsejero/a, y que requiere de un perfil especializado en cuanto a formación y experiencia se refiere, además de contar con disponibilidad de 24 horas, los 7 días de la semana

Lo aquí reflejado en la documentación, es retrato de la falta de sensibilidad de la actual Consejera y su Viceconsejera ante las condiciones de trabajo y su marco regulador para el empleo público, que vulnera todas las normas de jornadas, horarios, desempeño, del personal al servicio de la administración de la Junta de Andalucía, y que conculca claramente la conciliación y la igualdad de acceso a estos puestos.

La Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en su artículo 182, se refiere a los planes de igualdad, indicando que la Administración de la Junta de Andalucía y las entidades del sector público instrumental, incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley, aprobarán planes de igualdad de género para garantizar la igualdad efectiva de trato y oportunidades entre hombres y mujeres de conformidad con lo establecido en la normativa sectorial reguladora de esta materia.

Por Acuerdo de 24 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, aprobado por la Comisión Negociadora del citado Plan en fecha 6 de julio de 2023.

Los programas de actuación en los que se concreta ese Plan incorporan diversas medidas o proyectos a desarrollar de carácter transversal, en el corto, medio y largo plazo, en función de su alcance, con indicación de objetivos, organismos responsables y temporalización . Es de destacar:

8. Implantación de medidas de conciliación compatibles con el desarrollo de la carrera profesional: se pretende equilibrar la utilización de las medidas de conciliación entre los hombres y las mujeres que prestan sus servicios en la Administración General de la Junta de Andalucía, mediante un uso corresponsable de las mismas, así como intentar frenar, en lo posible, el menoscabo en la carrera profesional de las mujeres, que siguen condicionando su trabajo y su carrera profesional al cumplimiento de las responsabilidades familiares en un porcentaje superior al de los hombres.

Por todo cuanto antecede, desde el SAF hemos solicitado al Presidente de la Junta de Andalucía el cese inmediato de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, así como de la Viceconsejera de dicho Centro Directivo, al demostrar una absoluta falta de respecto a la normativa sobre condiciones de trabajo, jornadas, horarios, conciliación de la vida personal y laboral, igualdad, prevención de riesgos laborales y normas reglamentarias sobre el acceso al la función pública y el desempeño de puestos de trabajo.

 

 

 

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