Celebramos la histórica modificación del artículo 49 de la Constitución Española, una vez aprobada por ambas cámaras de las Cortes Generales, un paso crucial hacia el reconocimiento y respeto de las personas con discapacidad. Esta modificación, que reemplaza el término "disminuido" por "persona con discapacidad", refleja un avance significativo en la inclusión y el respeto a la diversidad.

 

En sintonía con este logro, anunciamos una propuesta innovadora presentada ante el Parlamento de Andalucía: Hemos propuesto una modificación a la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, con el objetivo de otorgar una dispensa de 1 o 2 horas, respectivamente, en el horario oficial de cada administración de Andalucía a todas las personas con discapacidad de grado 3 y 4 (según baremo del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre).

 

Esta medida busca, no sólo reconocer las necesidades específicas de las personas con discapacidad, sino también fomentar un entorno laboral inclusivo y equitativo. Creemos firmemente que proporcionar estas dispensas horarias contribuiría al bienestar y la igualdad de oportunidades para todos los trabajadores con discapacidad en nuestra región.

 

Desde el SAF hemos pedido a todos los grupos parlamentarios que apoyen esta propuesta y confiamos en que, al igual que la modificación constitucional, esta iniciativa marcaría un hito en el avance hacia una sociedad más justa e inclusiva.

 

Además, durante la negociación del nuevo reglamento de acceso y provisión de puestos de trabajo, el SAF propuso a la administración que las personas con discapacidad de grado 3 y 4, y por ende, no totalmente autónomas, tengan prevalencia en la adjudicación de destinos. Esta propuesta ha sido considerada por la administración, aunque no en relación con un grado específico de dependencia, sino en función de motivos como la dependencia de terceras personas para la vida diaria, dificultades de desplazamiento u otras situaciones análogas.

 

Esta propuesta ha sido incluida en el artículo 30 del futuro reglamento. Desde SAF estaremos vigilantes para asegurarnos de que la redacción de dicho artículo se mantenga hasta la versión final del reglamento.

 

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