En el día de hoy el Presidente del SAF, Alfonso Dueñas Ranchal, ha comparecido en sede parlamentaria para realizar toda una serie de alegaciones la Proyecto de Ley de Función Pública de Andalucía. En una solvente a la vez que contundente intervención, nuestro Presidente ha rechazado el “apartheid” al que se sometió a nuestro sindicato excluyéndolo del grupo de trabajo para su elaboración, pese a ser el más representativo del sector.

Ha afirmado que con esta Ley se consagra un nuevo modelo de Función Pública, se va a pasar de un modelo de Administración pública y garantista a un modelo clientelar, instrumental y ampliamente privatizado. A través de la usurpación de potestades públicas, se huye del Derecho administrativo en detrimento del personal funcionario y de los ciudadanos y que incurre en motivos de inconstitucionalidad porque se invaden materias cuya competencia exclusiva corresponde al Estado y no a la Comunidad Autónoma.

Tampoco ha dejado pasar la oportunidad de recordar al grupo parlamentario que sustenta al actual Gobierno, que ellos mismos interpusieron un Recurso de inconstitucionalidad contra un precepto del Decreto-ley de Andalucía 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprobaban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público, el cual implicaba una clara usurpación de potestades pública como ahora se intenta reproducir en el proyecto de ley.

Ranchal ha cargado contra la politización de la libre desingación así como contra la eliminación del complemento de destino.

También nos hemos mostrado contrarios a que los procesos selectivos puedan incluir la exposición curricular, pruebas psicométricas relacionadas con la personalidad, entrevistas conductuales, etc. Pruebas total y absolutamente subjetivas y alejadas del principio de objetividad y el principio constitucional de igualdad.

La intervención ha finalizado, agradeciendo de nuevo la invitación y expresando a todos los grupos que tendrán la colaboración total del SAF para mejorar el texto de la ley y evitar futuras judicializaciones, ya fueran con cuestiones de inconstitucionalidad o contra los reglamentos de desarrollo de la ley.

 

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