En el día de hoy el Presidente del SAF ha comparecido en sede parlamentaria para realizar una serie de alegaciones la Proyecto de Ley de Presupuestos del año 2023 cuyo contenido resumimos:
Primera. Recuperación de las Pagas Adicionales pendientes de los años 2013 y 2014.
Proponemos una nueva disposición adicional donde se prevea la recuperación de las retribuciones complementarias de las pagas adicionales confiscadas durante los años 2013 y 2014. Andalucía fue la única comunidad autónoma que realizó este tipo de recortes tan severo e injusto sobre su personal funcionario público.
Segunda. Revisión de complementos específicos.
Proponemos la revisión de los complementos específicos de las relaciones de puestos de trabajo para, como mínimo, compensar la mayor penosidad y carga de trabajo derivada de la reducción de personal funcionario de administración general.
Tercera.- Actualización de las indemnizaciones por razón de servicio.
Debe incluirse, como ya está haciendo el Estado, la cuantía necesaria para hacer frente a la actualización de las indemnizaciones por razón del servicio, según el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, al menos en lo correspondiente a las cantidades establecidas en el ANEXO II y III, según el incremento de IPC y del combustible acumulado desde que se actualizaron por última vez en el ejercicio 2006. En el 2006, cuando se fijaron las dietas por kilometraje, el precio de la gasolina era 96,54 cént/litro y del Gasóleo: 90,92 cént/litro. Hoy día se sigue cobrando lo mismo cuando el precio de la gasolina ha subido prácticamente al doble.
Cuarta.- Recuperación de las Ayudas de Acción Social.
En el acuerdo del 21 de julio de 2016 se establece la recuperación de las ayudas de acción social para el año 2019. Pues bien, en este año aún no sólo no se han recuperado sino que en el proyecto de presupuesto ni siquiera se prevén su recuperación en el año 2023, como se puede comprobar en la DA 5ª de su proyecto de presupuesto.
Exigimos que se elimine de la Disposición Adicional Cuarta, el mantenimiento del artículo 28 de la Ley 3/2012, que es el que suprimió las ayudas de acción social.
Quinta.- Exención de Tasas en procesos selectivos a determinados colectivos.
Desde hace años venimos demandando en la Mesa sectorial de negociación de la Administración general de la Junta de Andalucía la exención de tasas de distintos colectivos, por la participación en procesos selectivos para la adquisición de la condición de funcionario de los distintos cuerpos de la Junta de Andalucía.
Es por eso que proponemos que se exima, como ya se viene realizando en otras administraciones públicas, como son las del Estado o la de Justicia, el abono de tasas a colectivos como familias numerosas, desempleados en posesión de la tarjeta de demandante de empleo, etc.
Sexta.- Supresión de la contratación de personal laboral temporal y nombramiento en su lugar de personal funcionario interino.
Seguimos asistiendo a la privatización y extinción del personal funcionario en favor de personal subrogado que actúan en la órbita de procedimientos selectivos de acceso completamente opacos y que no puede desempeñar potestades públicas y/o administrativas.
De una vez por todas, hay que terminar con esta política de personal y adoptar situaciones acordes con los parámetros constitucionales de prevalencia funcionarial en la Administración general de la Junta de Andalucía. De ahí que consideramos inaceptable este vaciamiento de la legítima Administración andaluza en favor de una amalgama de entes instrumentales, que además de no ajustarse a la legalidad constitucional en el ejercicio de sus funciones, como reiteradamente vienen señalando los tribunales, son de exigua eficiencia.
Por lo tanto, volvemos a proponer, otro año más, que el artículo 14, referente a la contratación de personal laboral temporal, sea suprimido y la partida presupuestaria destinada a éste pase a englobar el presupuesto del personal afectado en el artículo 15, a los funcionarios interinos, y para una mayor dotación de puestos funcionariales de estructura y el aumento anteriormente solicitado en los complemento específicos y en la asignación del factor peligrosidad y/o penosidad en los puestos, en aras de una Administración pública atendida preferentemente por personal funcionario, como estableció en su día la Sentencia 99/1987, del Tribunal Constitucional, sin olvidar la necesaria dotación de nuevos puestos de trabajo en las RPT de personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, que se encuentra en situación endémica cómo la situación denunciable de las OCAs y Oficinas y Centros de Empleo, donde el personal subrogado triplica al funcionario.
Séptima.- Prevención de Riesgos Laborales.
Denunciamos la precaria situación en materia de prevención de riesgos laborales que se padece en la Administración General de la Junta de Andalucía, precariedad que se inicia con la falta de puestos de personal funcionario experto en la materia y que culmina con una alarmante falta de recursos económicos para abordar las distintas situaciones que se producen en el día a día.
La falta de recursos económicos que impiden la implementación de las medidas oportunas para una adecuada salud laboral del personal funcionario.
Por ello, se debe introducir con carácter urgente una nueva partida presupuestaria dentro de cada consejería, agencia y demás organismos de la Administración general, destinada a gastos en materia de prevención.
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