Recientemente se nos ha comunicado desde la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible que se continua con la tramitación del proyecto de Orden por la que se establece la jornada y horario de los Agentes de Medio Ambiente, pues ya se ha recibido el informe preceptivo de la DGRHFP, en lo referido exclusivamente al incremento retributivo definido en la disposición adicional segunda, “incluyendo en el texto exclusivamente lo relativo al incremento retributivo que pasará a conformar un artículo único en el proyecto de Orden. De otra parte se considera procedente la tramitación del contenido general del proyecto normativo mediante el rango de Decreto”, “Con independencia a la continuación de las reuniones con esas Organizaciones Sindicales para el desarrollo del Decreto de Agentes de Medio Ambiente, con relación a la tramitación del proyecto en lo referido exclusivamente al incremento retributivo, se va a proceder a su tramitación con carácter de urgencia por motivos presupuestarios.. En consecuencia se va a proceder a su remisión a la DGRRHHFP para su inclusión en la próxima Mesa Sectorial de Administración General”, según informan. El contenido de la modificación es el siguiente:
“Se modifican los apartados 6 y 7 del artículo 2 que quedan redactados del siguiente modo:
6. El personal Agente de Medio Ambiente del grupo C, subgrupo C1, así como el personal del subgrupo C2 incluido en el ámbito de aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 15/2001, de 26 de diciembre, por la que aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas, que se adscriba con disponibilidad absoluta a los puestos funcionales establecidos en el punto 7.3.1 del Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía aprobado por el Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, de Coordinador Provincial, miembro de Brigada de Investigación de Incendios Forestales (BIIF) y Coordinador de Demarcación de Prevención y Extinción de incendios forestales, percibirá una gratificación por jornada de disponibilidad absoluta de 75 euros.
7. El personal Agente de Medio Ambiente del grupo C, subgrupo C1, así como el personal del subgrupo C2 incluido en el ámbito de aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 15/2001, de 26 de diciembre, por la que aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas, que se adscriba con disponibilidad absoluta a los puestos funcionales establecidos en el punto 7.3.1 del Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía aprobado por el Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, de Otros puestos, percibirá una gratificación por jornada de disponibilidad absoluta de 50 euros”.
En definitiva, por parte de la Administración no se ha variado ni un ápice su propuesta inicial. Esta gratificación dista mucho de la propuesta conjunta de las organizaciones sindicales que era de 15 € por hora de disponibilidad para los coordinadores de demarcación y de 10 € por hora para “otros puestos”.
Desde el SAF no aceptaremos en Mesa Sectorial una propuesta que supone que se sigan retribuyendo jornadas de disponibilidad absoluta de 11 horas, con una retribución de menos de 7 € la hora, defendiendo la propuesta concertada desde un principio por todas las organizaciones sindicales.
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