Acción Social. Convocatoria de anticipos reintegrables de nómina ejercicio 2021

En el día de hoy ha sido publicada en el BOJA la Resolución de 15 de marzo 2021 de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones en relación con la presentación y tramitación de las solicitudes de ANTICIPOS REINTEGRABLES de nómina para el ejercicio 2.021. Descarga AQUÍ la Resolución.

El procedimiento de concesión de los anticipos reintegrables de nómina se regula en la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1.992 (Boja de 24 de diciembre de 1.992) y en la Ley 3/2020 de 28 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (plazo de presentación, procedimiento eletrónico de concesión y distribución del presupuesto).  

Recordamos en un resumen, las consideraciones más importantes de este procedimiento:

. El presupuesto destinado por la Administración para atender las solicitudes en la presente convocatoria 2021 es de 3.949.328,66 euros (2.000.000 € en 2020 y 850.000 € en la convocatoria de 2019)
. La determinación de los beneficiarios se atenderá teniendo en cuenta la ANTIGÜEDAD en el servicio en la Administración (no exclusivamente a la Junta de Andalucía) computada a 31/12/2020
. Para calcular el importe del anticipo se atenderá a las retribuciones líquidas de la persona solicitante, correspondiente al mes de enero 2.021.
. El importe a solicitar será el correspondiente a UNA mensualidad líquida (a devolver en 12 meses) o de DOS mensualidades líquidas (a devolver en 24 meses).
. El plazo de presentación (SIEMPRE TELEMÁTICA) SE REDUCE: se inicia el viernes 19 de marzo y FINALIZA el lunes 12 de abril (23:59 h.) QUINCE DÍAS HÁBILES
. Con la Solicitud, NO hay que aportar ningún otro documento.
. Los listados, PROVISIONAL (de personas admitidas y excluidas) y DEFINITIVO de admitidas, se publicarán en la WEB del empleado público, a los que se accederá de forma privada (Consulta de trámites a través de DNI).  .Tras los listados provisionales, habrá un periodo de subsanación de posibles anomalías para las personas excluidas con motivos subsanables.
. Recordamos que en la pasada convocatoria de 2020 (con la mitad de la cantidad consignada para este fin), se concedieron los anticipos a todas las personas solicitantes cuya antigüedad era superior a 31 años y 2 meses.
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