La Administración y los responsables de personal de cada Consejería nos han informado sobre el grado de cumplimiento del Pacto de teletrabajo en cada centro directivo.
A rasgos generales han incidido en que se está cumpliendo conforme al pacto (esto es, 60% una semana y 40% la siguiente-tres y dos días-) en los municipios con una tasa superior a 500 e inferior a 1000. En aquellos con una incidencia superior a 1000 contagios/cien mil habitantes, se está autorizando el 100 %, siendo las concesiones de oficio (sin necesidad de solicitud) en aquellos casos que ya se tenía reconocido previamente el 20%, siempre con las reservas de aquellos servicios que sean esenciales. No obstante, en éstos últimos, nada obstaculiza para que, aun siendo esenciales, se realice el trabajo ROTATORIO, por turnos, en aquellas unidades administrativas en las que sea posible y atendiendo a la especificidad de las funciones.
Por parte de SAF hemos exigido:
- Por parte de Empleo, que en los Centros y Oficinas del SAE ya se está aplicando el pacto y concediendo el teletrabajo en los mismos términos que al resto de personal, con las excepciones propias que pueda haber para atender servicios esenciales.
- Por parte de Agricultura, que en las OCAs y demás centros periféricos también se han dado instrucciones para su cumplimiento, garantizando los servicios esenciales, aunque con respecto a los Agentes de Medio Ambiente (AMAs) nos informan que sus funciones no son susceptibles de teletrabajo (hecho éste sobre el que desde el SAF, hemos rebatido ya que aunque realicen funciones que no son susceptibles de teletrabajo, también realizan otras que sí lo son y, además, se vienen llevando a cabo muchas veces en Centros o Departamentos que no cumplen con las medidas preventivas, ni de espacio ni de ventilación).
- Por parte de la Igualdad, sobre los valoradores de la dependencia se nos contesta que las valoraciones son esenciales y que están cumpliendo con las medidas preventivas necesarias y que las funciones que tienen susceptibles de teletrabajo sí se están realizando en los domicilios.
- Por parte de Educación, el responsable de personal nos informa que dado que la prestación de servicios educativos son esenciales y que el personal docente está trabajando presencialmente, se adoptó el criterio que al personal funcionario de Administración General de los IES no se le va a dar teletrabajo.
Sobre este extremo, hemos puesto de manifiesto que nos parece indignante y un notorio agravio el incumplimiento del Acuerdo por la exclusión de teletrabajo de los funcionarios de administración general de los IES… por el mero hecho de que los docentes sí tienen que ir a trabajar. Hemos aclarado que el Pacto se atiene a que las funciones sean susceptibles o no de teletrabajo y que quede garantizado la prestación de servicios esenciales (hecho que precisamente remarco previamente el representante de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública presente en la Mesa), por lo que todo IES que cuente con 2 o más funcionarios de administración general, es susceptible de teletrabajar por turnos, y hemos pedido que quede constancia en Acta que por parte de Educación se está incumpliendo el Acuerdo, mostrando nuestro total desacuerdo, pues el personal de administración general no es docente, y si sus funciones son susceptibles de teletrabajo, éste se tiene que conceder sí o sí, siempre que quede garantizada la prestación del servicio.
En contestación a nuestra denuncia, el responsable de personal afirma que lo informará a sus superiores y propondrá que en aquellos IES donde hubiera más 2 o más funcionarios, se pueda teletrabajar por turnos y que nos informará de inmediato lo que proceda.
Finalmente, desde SAF planteamos la necesidad de revisar el teletrabajo del personal funcionario especialmente sensible al COVID-19. Propuesta que también fue defendida por otros sindicatos. El Representante de Función Pública nos dijo que debíamos dirigirnos por escrito a la Dirección General competente. Le recordamos que nosotros el 10 de diciembre del año 2020 a petición de algunos afiliados afectados presentamos un escrito, que hacía referencia al colectivo de diabéticos, dirigido a la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral aportando publicaciones científicas que indican que el 30% de los enfermos de COVID-19 son diabéticos y que los Tipo I tienen casi el doble y los Tipo II casi el triple de posibilidades de fallecer si contraen la enfermedad. Desde Función Pública se comprometieron a interesarse para que se responda a nuestro escrito y a plantearse una revisión general de la situación de este colectivo concreto, personal diabético, y del resto de trabajadores especialmente sensibles al COVID-19.
A rasgos generales han incidido en que se está cumpliendo conforme al pacto (esto es, 60% una semana y 40% la siguiente-tres y dos días-) en los municipios con una tasa superior a 500 e inferior a 1000. En aquellos con una incidencia superior a 1000 contagios/cien mil habitantes, se está autorizando el 100 %, siendo las concesiones de oficio (sin necesidad de solicitud) en aquellos casos que ya se tenía reconocido previamente el 20%, siempre con las reservas de aquellos servicios que sean esenciales. No obstante, en éstos últimos, nada obstaculiza para que, aun siendo esenciales, se realice el trabajo ROTATORIO, por turnos, en aquellas unidades administrativas en las que sea posible y atendiendo a la especificidad de las funciones.
Por parte de SAF hemos exigido:
- La necesidad de que, con carácter inmediato (dado que es una cuestión que no admite demora alguna) el pacto se aplique en igual medida a personal de OCA, de las Oficinas y Centros de empleo del SAE y personal de IES.
- Igualmente para el personal funcionario Agente de Medio Ambiente (AMA), en la medida que sea posible la rotación en los turnos.
- Sobre el personal valorador de Dependencia, dada la naturaleza de sus funciones que supone una mayor exposición al Covid, hemos solicitado que si no es posible suspender las visitas de valoración, éstas se reduzcan al mínimo indispensable y reforzando todos los protocolos de seguridad (mascarillas FFP2, gel higienizante, guantes, etc.)
- Por parte de Empleo, que en los Centros y Oficinas del SAE ya se está aplicando el pacto y concediendo el teletrabajo en los mismos términos que al resto de personal, con las excepciones propias que pueda haber para atender servicios esenciales.
- Por parte de Agricultura, que en las OCAs y demás centros periféricos también se han dado instrucciones para su cumplimiento, garantizando los servicios esenciales, aunque con respecto a los Agentes de Medio Ambiente (AMAs) nos informan que sus funciones no son susceptibles de teletrabajo (hecho éste sobre el que desde el SAF, hemos rebatido ya que aunque realicen funciones que no son susceptibles de teletrabajo, también realizan otras que sí lo son y, además, se vienen llevando a cabo muchas veces en Centros o Departamentos que no cumplen con las medidas preventivas, ni de espacio ni de ventilación).
- Por parte de la Igualdad, sobre los valoradores de la dependencia se nos contesta que las valoraciones son esenciales y que están cumpliendo con las medidas preventivas necesarias y que las funciones que tienen susceptibles de teletrabajo sí se están realizando en los domicilios.
- Por parte de Educación, el responsable de personal nos informa que dado que la prestación de servicios educativos son esenciales y que el personal docente está trabajando presencialmente, se adoptó el criterio que al personal funcionario de Administración General de los IES no se le va a dar teletrabajo.
Sobre este extremo, hemos puesto de manifiesto que nos parece indignante y un notorio agravio el incumplimiento del Acuerdo por la exclusión de teletrabajo de los funcionarios de administración general de los IES… por el mero hecho de que los docentes sí tienen que ir a trabajar. Hemos aclarado que el Pacto se atiene a que las funciones sean susceptibles o no de teletrabajo y que quede garantizado la prestación de servicios esenciales (hecho que precisamente remarco previamente el representante de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública presente en la Mesa), por lo que todo IES que cuente con 2 o más funcionarios de administración general, es susceptible de teletrabajar por turnos, y hemos pedido que quede constancia en Acta que por parte de Educación se está incumpliendo el Acuerdo, mostrando nuestro total desacuerdo, pues el personal de administración general no es docente, y si sus funciones son susceptibles de teletrabajo, éste se tiene que conceder sí o sí, siempre que quede garantizada la prestación del servicio.
En contestación a nuestra denuncia, el responsable de personal afirma que lo informará a sus superiores y propondrá que en aquellos IES donde hubiera más 2 o más funcionarios, se pueda teletrabajar por turnos y que nos informará de inmediato lo que proceda.
Finalmente, desde SAF planteamos la necesidad de revisar el teletrabajo del personal funcionario especialmente sensible al COVID-19. Propuesta que también fue defendida por otros sindicatos. El Representante de Función Pública nos dijo que debíamos dirigirnos por escrito a la Dirección General competente. Le recordamos que nosotros el 10 de diciembre del año 2020 a petición de algunos afiliados afectados presentamos un escrito, que hacía referencia al colectivo de diabéticos, dirigido a la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral aportando publicaciones científicas que indican que el 30% de los enfermos de COVID-19 son diabéticos y que los Tipo I tienen casi el doble y los Tipo II casi el triple de posibilidades de fallecer si contraen la enfermedad. Desde Función Pública se comprometieron a interesarse para que se responda a nuestro escrito y a plantearse una revisión general de la situación de este colectivo concreto, personal diabético, y del resto de trabajadores especialmente sensibles al COVID-19.
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