El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha presentado un escrito a la Secretaría General para la Administración Pública (SGAP) solicitando el establecimiento, con carácter inmediato, del “teletrabajo” como la modalidad general de prestación de servicios en la administración andaluza, ante la grave situación sanitaria que está sufriendo Andalucía y el cariz que están tomando los acontecimientos.

El agravamiento de la situación de la alarma sanitaria en el mes de octubre, está alcanzando en Andalucía una incidencia mucho mayor de la que se experimentó en los meses de marzo y abril, con una Incidencia Acumulada en los últimos 14 días de 301,5 casos por cada 100.000 habitantes y de 161,96 casos en la última semana. El porcentaje de casos positivos es del 16% y ello sin atender a la situación de los municipios capitales de provincia, donde están ubicadas la inmensa mayoría de sedes administrativas, y en los que los mencionados indicadores se disparan.

En el documento que Sanidad presenta a las Comunidades en el Consejo Interterritorial de Salud de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19 , actualizado a 22 de octubre de 2020, se enuncian unos indicadores sobre los niveles de transmisión y otros sobre la ocupación de camas en los hospitales, que determinan el nivel de alerta de cada territorio. La graduación de estos indicadores va desde riesgo extremo, alto, medio, bajo y de nueva normalidad.

En la tabla 3 del documento, sobre Actuaciones de respuesta propuestas para los distintos niveles, en las medidas referentes a trabajo, indica:

“Para los niveles 1,2 y 3:
-  Fomentar al máximo el teletrabajo.
- Los espacios comunes de los lugares de trabajo se regirán por las indicaciones establecidas en el nivel correspondiente.
- Favorecer turnos escalonados en trabajos que requieren actividad presencial”

Para el nivel 3:
- Acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones precisas siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención”

A lo que en el documento se añade:
El nivel de alerta 4, además de las actuaciones del nivel 3, supondrá la toma de medidas excepcionales que podrán incluir restricciones adicionales.”

Actualmente en la Administración General de la Junta de Andalucía, no sólo no se fomenta el teletrabajo y no se cree en él, sino que éste se encuentra restringido a un 20 % de la jornada laboral (un día a la semana) y con la previa autorización del superior directo. Autorización que por norma está siendo denegada en las Oficinas Comarcales Agrarias y en los Centros y Oficinas del Servicio Andaluz de Empleo (a pesar que siguen cerradas las oficinas a los ciudadanos), por lo que se puede afirmar que estas políticas poco o nada favorecen la no expansión del COVID-19 en los centros de trabajo de la administración andaluza.

El aumento o fomento al máximo del teletrabajo se puede adoptar con carácter inmediato, pues no requiere de la adopción de nuevos pactos o el aprobar disposición reglamentaria alguna, ya que el Pacto vigente de 25 de septiembre de Mesa Sectorial, aprobado por Resolución de 1 de octubre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA n 194, de 6 de octubre), indica en su Apartado Quinto referente a “prestación de servicios en situaciones excepcionales o extraordinarias por agravamiento de las medidas de contención y prevención”:
“Cuando concurran situaciones excepcionales o extraordinarias por la adopción de medidas limitativas de la movilidad de las personas, o que den lugar al cierre de centros de trabajo o suspensión temporal de actividades presenciales, la modalidad general de prestación de servicios de las personas afectadas por la concreta situación será la de trabajo a distancia, salvaguardando la continuidad del servicio de cada unidad administrativa.”

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