La constancia y el rigor suelen ser el camino al éxito. Este caso no ha sido una excepción y nos congratulamos de poder informar que finalmente la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior haya plasmado, en la reciente INSTRUCCIÓN 1/2020 de la Dirección General de RRHH y Función Pública, las demandas del SAF sobre reconocimiento de trienios y reconocimiento de servicios previos al personal funcionario, que suponen el reconocimiento de unos derechos retributivos que la Administración había negado al personal funcionario durante años.

Hagamos un poco de historia: La problemática versa en el supuesto de que para el reconocimiento de un trienio se tuvieran en cuenta periodos trabajados en varios grupos de diferente nivel. En estos casos la Administración Andaluza aplicaba la Ley Estatal 30/1984, en lugar de la Ley 6/1985 de la Junta, perjudicando claramente los derechos económicos del personal funcionario que se encontraba en esos casos. Y todo ello fundamentado en la burda justificación de que la Instrucción 3/2005 así lo establecía; en conclusión, una Instrucción estaba por encima de una Ley, saltándose la jerarquía normativa claramente establecida.

Ante la negativa de la Administración andaluza de atender las peticiones del Sindicato Andaluz de Funcionarios, los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo comenzaron a dictar sentencias apoyando las pretensiones defendidas por SAF.

A pesar de las peticiones de SAF, la anterior Secretaria General de Administración Pública, poco antes de ser cesada, y sin la negociación alguna, dictó la INSTRUCCIÓN 1/2009 que abordaba parcialmente el problema para “los nuevos casos”, olvidándose de los errores cometidos hasta ese momento en el reconocimiento de trienios que infringían la Ley 6/1985, generando una grave desigualdad entre el personal funcionario.

Ante ello, desde el SAF nos vimos obligados a acudir al DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ, que se pronunció a favor de las demandas de este Sindicato en el Informe del Defensor del Pueblo Andaluz del 25 de noviembre de 2019 Q19/739 . Por resumir, el Defensor del Pueblo hizo dos Recomendaciones citadas incluso en el preámbulo de la Instrucción aprobada ayer. La primera de ellas se refería a la conveniencia de modificar la Instrucción 1/2019 en el sentido de que se valore a efectos de trienios completados en más de un Grupo los servicios prestados en todas las Administraciones públicas. La segunda recomendación solicitaba a la administración la resolución de los recursos pendientes, en aplicación del artículo 46.2 b de la Ley 6/85.

Con la aprobación en el día de ayer de la INSTRUCCIÓN 1/2020 se modifica definitivamente la  INSTRUCCIÓN 3/2005, en tres sentidos:

1- Se reconocen efectos retroactivos a la aplicación de este nuevo criterio, tomando como referencia la fecha en que se produjo el reconocimiento del trienio valorado de acuerdo con el mismo, y, en consecuencia, se atenderán las solicitudes que pudieran presentar las personas afectadas en el sentido de que se les abonen las diferencias correspondientes a la valoración de los trienios correspondientes.

2- Se reconsidera la limitación que la redacción dada al apartado undécimo de la Instrucción 3/2005 por la Instrucción 1/2019, en el sentido de que el nuevo criterio de valoración establecido por ésta deja de ser sólo de aplicación a los trienios cumplidos en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.

3- Se incluye una mención específica al personal laboral fijo que ha adquirido la condición de personal funcionario de carrera, el cual tiene derecho a que los trienios que tenga reconocidos como personal laboral le sean abonados, tras adquirir la condición de personal funcionario, en la cuantía correspondiente al momento en que fueron perfeccionados.

 

Pese a que desde la administración justifica esta nueva modificación en la supuesta "necesidad de dar respuesta a diversas consultas planteadas por las personas responsables de los diversos centros directivos de las distintas Consejerías y Agencias", es evidente que, las actuaciones del SAF, las sentencias judiciales derivadas de las mismas, y las recomendaciones del Defensor han hecho posible este cambio.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios, ha luchado en solitario y de forma decisiva para que se haga justicia al personal funcionario, al cual se ha perjudicado en sus derechos retributivos durante muchos años y que ahora se ha conseguido resarcir de forma definitiva.

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