Ante la convocatoria de mañana jueves 18 de junio de 2020, de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía en la que se van a aprobar las nuevas medidas organizativas para la recuperación de la actividad presencial en la Administración de la Junta de Andalucía, una vez que termine la vigencia del estado de alarma y se pase a la fase quinta recogida en el Plan de Incorporación y denominada “nueva normalidad”, el SAF ha presentado un escrito a la Secretaría General para la Administración Pública para que se estudie pormenorizadamente y se incluyan entre las citadas medidas una serie de propuestas que son más que aconsejables para que el personal funcionario pueda conciliar su vida laboral y familia hasta el fin de la pandemia.
SAF propone el establecimiento de la modalidad de teletrabajo de carácter voluntario y reversible hasta que se declare el fin de la pandemia producida por el COVID-19, modalidad a la cual se podrá acoger de forma preferente y prioritaria el siguiente personal funcionario:
Establecemos por tanto una diferenciación entre un colectivo preferente y prioritario, que por sus características personales se hace acreedor a esta distinción, pero no cerramos la posibilidad (que creemos más que aconsejable) para que el resto de personal funcionario se pueda acoger al teletrabajo, siempre que las tareas, actividades y cargas de trabajo lo permitan.
SAF propone el establecimiento de la modalidad de teletrabajo de carácter voluntario y reversible hasta que se declare el fin de la pandemia producida por el COVID-19, modalidad a la cual se podrá acoger de forma preferente y prioritaria el siguiente personal funcionario:
- Personal funcionario con hijos menores de 14 años a su cargo.
- Personal funcionario con personas dependientes o con discapacidad que tengan a su cargo.
- Personal funcionario que pertenezcan al colectivo vulnerable al coronavirus.
Establecemos por tanto una diferenciación entre un colectivo preferente y prioritario, que por sus características personales se hace acreedor a esta distinción, pero no cerramos la posibilidad (que creemos más que aconsejable) para que el resto de personal funcionario se pueda acoger al teletrabajo, siempre que las tareas, actividades y cargas de trabajo lo permitan.
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