Ante la más que manifiesta ambigüedad del Acuerdo de Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Plan de Incorporación Progresiva de la actividad presencial del personal funcionario, donde se recoge la situación del personal con menores de 14 años o personas dependientes a su cargo, son múltiples las problemáticas y casuísticas que están surgiendo en cada Consejería y las consultas del personal funcionario a nuestra Organización Sindical.
Por ello, desde SAF hemos dirigido un escrito a la D.G. de RRHH y Función Pública en el que solicitamos que se proceda a la REGULACIÓN de la prestación de servicio no presencial (o semipresencial) del personal funcionario de la Junta de Andalucía, garantizando el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; así como que se mantenga la posibilidad de la prestación de servicio no presencial (o semipresencial) después del levantamiento del estado de alarma.
No obstante, mientras se procede a articular dicha regulación del Teletrabajo y dada la urgente problemática actual, hemos solicitado que se proceda, con carácter inmediato, a dictar las instrucciones pertinentes para aclarar la Cláusula Cuarta del Apartado tres del Acuerdo, y así evitar las desigualdades existentes actualmente en cada Consejería, teniendo en cuenta la necesidad de facilitar la conciliación de la vida personal y familiar. En especial pedimos desde SAF que se aclare si el teletrabajo está o no está condicionado a la posibilidad, o imposibilidad, de flexibilizar sobre todo ateniéndose a la imposibilidad, en la práctica, de dicha flexibilización, como se está haciendo evidente.
También pedimos en nuestro escrito que se aclaren los requisitos para que finalice el derecho al teletrabajo, esto es, si se va a extender más allá del 21 de junio de 2020 o del cierre del estado de alarma, si su extensión estará condicionada a la apertura de los centros asistenciales y de conciliación familiar, especificando a qué centros se refiere (guarderías, campamentos de verano, residencias, etc).
Desde el SAF instamos a la DG de RRHH y Función Pública a que, dada la situación real que se está dando en la actualidad, actúen con celeridad y eficacia para evitar casos que están generando mucha conflictividad laboral y pueden solucionarse con la fijación de unos criterios únicos y claros y que atiendan siempre a una interpretación favorable a permitir conciliar la vida personal y familiar.
Por ello, desde SAF hemos dirigido un escrito a la D.G. de RRHH y Función Pública en el que solicitamos que se proceda a la REGULACIÓN de la prestación de servicio no presencial (o semipresencial) del personal funcionario de la Junta de Andalucía, garantizando el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; así como que se mantenga la posibilidad de la prestación de servicio no presencial (o semipresencial) después del levantamiento del estado de alarma.
No obstante, mientras se procede a articular dicha regulación del Teletrabajo y dada la urgente problemática actual, hemos solicitado que se proceda, con carácter inmediato, a dictar las instrucciones pertinentes para aclarar la Cláusula Cuarta del Apartado tres del Acuerdo, y así evitar las desigualdades existentes actualmente en cada Consejería, teniendo en cuenta la necesidad de facilitar la conciliación de la vida personal y familiar. En especial pedimos desde SAF que se aclare si el teletrabajo está o no está condicionado a la posibilidad, o imposibilidad, de flexibilizar sobre todo ateniéndose a la imposibilidad, en la práctica, de dicha flexibilización, como se está haciendo evidente.
También pedimos en nuestro escrito que se aclaren los requisitos para que finalice el derecho al teletrabajo, esto es, si se va a extender más allá del 21 de junio de 2020 o del cierre del estado de alarma, si su extensión estará condicionada a la apertura de los centros asistenciales y de conciliación familiar, especificando a qué centros se refiere (guarderías, campamentos de verano, residencias, etc).
Desde el SAF instamos a la DG de RRHH y Función Pública a que, dada la situación real que se está dando en la actualidad, actúen con celeridad y eficacia para evitar casos que están generando mucha conflictividad laboral y pueden solucionarse con la fijación de unos criterios únicos y claros y que atiendan siempre a una interpretación favorable a permitir conciliar la vida personal y familiar.
SEGUIREMOS INFORMANDO