EL SAF EXIGE AL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO QUE las funciones de implementación, coordinación, asesoramiento, seguimiento y evaluación de los programas de orientación e inserción profesional sean realizadas por los Departamentos de Orientación Profesional y sus funcionarios públicos y no por los C.R.O.s 

El SAF ha registrado telemáticamente en el día ayer un escrito dirigido al Gerente del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en relación a las “Medidas extraordinarias en relación con los programas de orientación e inserción profesional establecidos con ocasión de las repercusiones del estado de alarma y demás medidas adoptadas para la gestión de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19

Ante la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, se presenta erróneamente a los Centros  Regionales de Orientación (CROs) como los representantes legales de las Direcciones Provinciales del SAE para implementar, coordinar, asesorar y realizar el seguimiento y la evaluación de aquellos procedimientos extraordinarios que el Servicio Andaluz de Empleo pone en marcha para hacer frente a la crisis citada, procedimientos estos, que conllevan modificar lo establecido en las Bases Reguladoras de los programas de orientación e inserción profesional.

Pero no es menos cierto que dichas funciones, como partes integrantes de cada una de las Direcciones Provinciales del SAE, legalmente están atribuidas a sus órganos administrativos, entre los cuales no figuran los CROs. Más concretamente, las funciones descritas están asignadas a los Departamentos de Orientación Profesional y a sus funcionarios, que en ningún momento aparecen como referencia en el texto de Medidas. Esto es, se usurpan de facto sus funciones de implementación de procedimientos, coordinación, asesoramiento técnico, seguimiento y evaluación.

En opinión del SAF, las únicas funciones dadas a los CROs, por vía de hecho (al no existir creación previa de dichos órganos administrativos), aparecen en la orden de 26 de septiembre de 2014 y se refieren a tareas materiales y de apoyo a la coordinación, exclusivamente, en el programa de orientación profesional. Sin embargo, en el documento de Medidas dictado por el Servicio Andaluz de Empleo se los presenta como unidaes administrativas de referencia de las Direcciones Provinciales del SAE, en relación con las modificaciones procedimentales que se van a llevar a cabo en los programas subvencionados de Orientación Profesional, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acciones Experimentales, muy vinculados todos ellos con Andalucía Orienta. En conclusión, se produce la asignación de funciones a los CROs, por vía de hecho, al no aparecer recogidas en la normativa de aplicación de los citados programas. Y no nos podemos olvidar que la vía de hecho en las Administraciones Públicas constituye una vulneración flagrante del ordenamiento jurídico y, que los funcionarios públicos causantes de las mismas incurren en responsabilidad. 

Desde un primer momento el SAF se ha puesto a disposición de la administración andaluza  para colaborar en la medida de lo posible, en salvaguardar no solo la salud de los funcionarios públicos y resto de personal, sino también en salvaguardar la presentación de los servicios públicos esenciales a la ciudadanía. Un compromiso de lealtad institucional.

En base a todo ello hemos solicitado formalmente al Servicio Andaluz de Empleo que se modifique el documento emitido otorgando, en los procedimientos extraordinarios que la administración pone en marcha como consecuencia de la crisis sanitaria, las funciones de implementación, coordinación, asesoramiento, seguimiento y evaluación de los programas de orientación e inserción profesional, al órgano administrativo que legalmente las tiene atribuidas, esto es, a los Departamentos de Orientación Profesional y a sus funcionarios públicos que serán los referentes de las entidades y sus técnicos.

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