28 DE ABRIL, DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO. PARA TODO EL MUNDO MENOS PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.

LA ALTA DIRECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA NO SE COMPROMETE CON LA PREVENCIÓN DE SUS PROPIOS FUNCIONARIOS, A PESAR DE LAS DECLARACIONES GRANDILOCUENTES DE LOS POLÍTICOS RESPECTO A LAS EMPRESAS PRIVADAS

La Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral ni lidera el impulso preventivo, ni dicta criterios técnicos. Por si fuera poco, no tiene todas las competencias EXCLUSIVAS en lo que a prevención se refiere, puesto que están repartidas con la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y con la Dirección General de Presupuestos. Este modelo “tricéfalo” es incapaz de tomar decisiones en materia de prevención para mejorar las condiciones de seguridad y salud del personal funcionario. Debido a esta situación, inexplicablemente, todavía quedan puestos de asesor Técnico (Técnico Superior) en las relaciones de puestos de trabajo sin ocupar, ni siquiera por artículo 30. Además, ni hay dinero para la prevención propia, (ya que para crear más puestos se tienen que amortizar otros), ni hay dinero para acciones preventivas concretas. Aunque -eso sí- todos los años se reparten desde distintas instancias importantes cantidades de dinero en subvenciones a la patronal y sindicatos de clase.

Otra prueba más de la falta de compromiso es que es Estado aprobó y publicó en el BOE, hace ya más de tres años, un protocolo de violencia de terceros…. y en Andalucía seguimos esperando la aprobación de nuestro protocolo, a pesar de haber sido participado en todos los comités de seguridad y salud y de haber pasado por mesa sectorial.

LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA NO CUMPLE LA LEY 31/95, QUE EN SUS ASPECTOS FUNDAMENTALES ES NORMATIVA BÁSICA DEL RÉGIMEN ESTATUTARIO DE LOS FUNCIONARIOS, RESPECTO A:

El dimensionamiento y los medios materiales de las unidades de prevención, que son claramente insuficientes para poder cumplir todas las obligaciones legales (evaluaciones de riesgos incluidas, riesgos psicosociales, formación en riesgos específicos, etc…) por falta de técnicos superiores y por no crear en R.P.T. los puestos de técnico intermedio, básico y de personal de apoyo administrativo. En muchas ocasiones años después de la aprobación de los planes de prevención no se tienen equipos de medida calibrados propios y hay que seguir pidiéndolos prestados.

La vigilancia de la salud es claramente insuficiente por falta de médicos y enfermeros del trabajo. Imposible realizarla a los funcionarios en general y al personal especialmente sensible (incluidas las embarazadas) que necesita una adaptación del puesto de trabajo. Gracias a las denuncias del SAF a la Inspección de Trabajo se están sacando puestos de medicina y enfermería del trabajo en las ofertas de empleo público.

Por otra parte, no se garantiza suficientemente la confidencialidad y no discriminación en la vigilancia de la salud, estando especialmente agraviado el colectivo de agentes de medio ambiente, que ha enfermado por la ausencia de planes de prevención durante muchos años y ahora mediante un reconocimiento médico obligatorio se les pretende apartar de determinadas funciones con un serio perjuicio en su carrera administrativa en muchos casos.

La integración de la prevención a todos los niveles jerárquicos es claramente insuficiente, destacando la falta de formación preventiva, por no decir el desconocimiento absoluto en muchos casos, de las personas titulares de las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías y de las Secretarías Generales de las Delegaciones Territoriales, que a efectos de reparto de responsabilidad es como si fueran el empresario en una empresa privada. A esta falta de formación se une la falta de compromiso preventivo que se pone de manifiesto en el hecho de que nunca, salvo contadas excepciones, asisten a una convocatoria para dar consulta y participación en prevención a representantes de los trabajadores y/o Delegados de Prevención. 

Casi 25 años después de la aprobación de la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales no es ya que en casa del herrero tengamos cuchara de palo, es que a estas alturas, en muchos casos no tenemos ni cuchara. Sin embargo, a pesar de esta situación la Junta tiene competencias para sancionar todos los incumplimientos anteriormente descritos si ocurrieran en una empresa privada. 

El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) no se cansará de presentar denuncias ante la Inspección de Trabajo y en los Tribunales de Justicia para defender tu derecho a la seguridad y a la salud en el trabajo. Respecto a las sentencias firmes ganadas en esta materia, no dudéis que no cejaremos en nuestro empeño hasta su total ejecución.

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