Las solicitudes se podrán presentar desde el día 10 hasta el día 31 de enero de 2019, ambos inclusive.
  • 3.3 Bases de la Convocatoria de Formación General y Formación de Justicia.
Las presentes bases hacen referencia a las acciones recogidas en los ANEXOS II (excepto idiomas y formación abierta) y III de la presente resolución, de acuerdo con las especificaciones y modalidades que figuran en cada una de ellas. Los contenidos y objetivos de cada acción se podrán consultar en las fichas disponibles en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Las acciones se desarrollarán de acuerdo con lo recogido en los ANEXOS II y III, sin perjuicio de que, por razones organizativas sobrevenidas, el órgano responsable resuelva modificar, aplazar o, excepcionalmente, suspender la acción. En este caso, dicha circunstancia se comunicará por correo electrónico y se anunciará en la web del Instituto Andaluz de Administración Pública http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) con, al menos, 48 horas de antelación.

Las acciones formativas del segundo semestre serán objeto de una segunda convocatoria durante el mes de junio, que se publicará en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/ y quienes deseen participar deberán presentar la correspondiente solicitud en ese momento.
  • 3.3.1. Personas destinatarias.
Podrá solicitar la participación en las acciones convocadas en el ANEXO III, conforme a las especificaciones que en cada una de ellas se indica, el personal de la Administración General de la Junta de Andalucía y de las entidades y organismos públicos que hayan suscrito Convenios específicos de colaboración con el Instituto tras la firma del Convenio Marco, y que incluyan expresamente la participación en las ofertas formativas de éste.

El personal en activo al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, perteneciente a los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, así como el personal de Medicina Forense destinado en los Institutos de Medicina legal de Andalucía, podrá solicitar la participación en las acciones convocadas en el ANEXO II: Formación de Justicia, primer semestre y segundo semestre, y en el ANEXO III: Formación Abierta no sujeta a convocatoria, conforme a las especificaciones que en cada una de ellas se indica.


  • 3.3.2 Solicitudes.
Personal de Administración General de la Junta de Andalucía: Quienes aspiren a participar en las acciones convocadas en el Anexo III deberán presentar una solicitud única e independiente de la que se use para la convocatoria de los cursos de idiomas, a través del enlace disponible en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública. En el caso de que se presente más de una solicitud, sólo quedará registrada la última presentada eliminándose todas las anteriores.

En la cabecera de la solicitud se indicará un máximo de 4 acciones enumeradas por orden de preferencia. No se considerarán las solicitudes incompletas, que omitan alguno de los datos necesarios para la selección de las personas participantes. Todos los datos y méritos que se aleguen en la solicitud estarán referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA y será obligatorio el uso del correo corporativo y la inclusión de un teléfono de contacto, eliminándose todas aquellas solicitudes que no lo incluyan.

Personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia y personal de Medicina Forense de los Institutos de Medicina Legal de Andalucía: Quienes aspiren a participar en las acciones convocadas en el Anexo II. Primer semestre, deberán presentar una solicitud a través de la web del IAAP para las acciones formativas programadas para el primer semestre.

En el caso de las acciones formativas de modalidad presencial sólo se podrá solicitar la participación en aquellas acciones formativas programadas en las respectivas provincias donde radique el centro de trabajo de la persona solicitante, excepto el personal de Medicina Forense que puede solicitar cualquiera de las acciones programadas para este personal. Asimismo, se indican en el ANEXO II las acciones que tienen ámbito laboral o de personal destinatario preferente. Estos criterios de preferencia no excluyen al resto del personal, que podrá acceder a las acciones formativas si quedasen plazas vacantes.


  • 3.3.3. Criterios de Selección.
La selección de participantes se realizará con carácter general, según el orden de preferencia de las acciones formativas manifestado en las solicitudes, de acuerdo con los criterios siguientes y aplicados por el orden que se indica:
  • Participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el año 2018, dando preferencia a quienes hayan realizado un número inferior de acciones formativas. Quedan excluidos de este cómputo las acciones formativas impartidas en la modalidad formación abierta, jornadas, cursos de idiomas y cursos de la Escuela de Innovación Docente.
  • Cuando las acciones de formación coincidan en número, se tendrá en cuenta el número de horas realizadas, dando preferencia a quienes hayan realizado un número inferior de horas.
  • En aquellos casos que los criterios anteriores mantengan la igualdad entre varias personas solicitantes, se aplicarán estos mismos criterios referidos al año 2017, y así sucesivamente hasta resolver la adjudicación de plazas.
  • Además, para la convocatoria de las acciones formativas del segundo semestre en junio se tendrá en cuenta también la participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el primer semestre del año 2019, que se sumarán al total de acciones referidas en los apartados anteriores.
De entre quienes no hubieran obtenido plaza en ninguna acción formativa se seleccionarán para cada acción, siguiendo los mismos criterios, tantos suplentes como plazas disponibles haya, sin que una misma persona pueda figurar como suplente en más de una acción formativa.
Las personas que en el año 2018 no hubieran asistido a acciones formativas para las que fueron seleccionadas, sin que hubieran acreditado en su momento causa justificada de renuncia, no serán seleccionadas en la presente convocatoria a menos que queden plazas disponibles en las acciones solicitadas.
En cualquier caso, sólo se podrá seleccionar a las personas para una de las acciones a las que haya optado en su solicitud, salvo que queden plazas vacantes y no hubiera reservas para optar a dichas plazas, y siempre que los horarios y fechas de celebración resulten compatibles entre sí.
La participación en la presente convocatoria, tanto si finalmente se resulta adjudicatario de alguna acción formativa como si no, será plenamente compatible con la futura participación en la convocatoria específica de acciones formativas de idiomas.
  • 3.3.4. Resultado de la selección.
El Instituto Andaluz de Administración Pública será el Órgano competente para el proceso de tramitación y selección.

Efectuada la selección, se publicará en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública:(http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/) la lista de personas ordenada alfabéticamente, con indicación de si han sido admitidas en una acción formativa, si están en lista de suplentes, o si no han obtenido plaza o reserva en ninguna acción formativa.

Además, a las personas seleccionadas se les notificará el comienzo de la acción formativa en la que obtuvo plaza y los datos pertinentes de fecha de inicio, así como de lugar y horario en su caso, en la dirección de correo corporativo.

Si durante el proceso de selección se detectara que los datos que figuran en la solicitud no son ciertos o que la persona solicitante no cumple los requisitos de acceso a alguna de las acciones solicitadas, dicha persona quedará excluida del proceso de selección.

  • 3.3.5. Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas del personal de Justicia.
Las personas asistentes a las acciones formativas recogidas en el ANEXO II devengarán por su participación las indemnizaciones por razón del servicio que les correspondan según la legislación vigente en la materia.

La orden de viaje deberá ser autorizada previamente por la persona titular de la Secretaría General Provincial de la Consejería de Justicia e Interior de la provincia donde radique el puesto de trabajo. Las liquidaciones se realizarán una vez desarrolladas las acciones formativas y acreditada la asistencia a las mismas, y en ningún caso se efectuarán anticipos de gasto.

La concesión de la licencia y autorización de la orden de viaje estarán supeditadas a las necesidades del Servicio de origen.

  • 3.3.6. Indemnizaciones por la asistencia a las acciones formativas de la Escuela de Innovación docente y a las de los Programas de Comunidades de Práctica, Evaluación de Políticas Públicas, Gestión del Conocimiento e Innovación.
Las personas formadoras y gestoras de formación que participen en las acciones formativas de la Escuela de Innovación Docente, así como las personas que forman parte de las redes de personas colaboradoras del IAAP en los Programas de Comunidades de Práctica, Evaluación de Políticas Públicas, Gestión  del  Conocimiento e Innovación y que asistan a las acciones formativas específicas recogidas en el ANEXO IV, devengarán las indemnizaciones por razón del servicio que les correspondan por su participación según la legislación vigente en  la  materia, siempre que se recoja expresamente en sus convocatorias y respecto al ámbito de aplicación del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Las liquidaciones se realizarán una vez desarrolladas las acciones formativas y acreditada la asistencia a las mismas, y en ningún caso se efectuarán anticipos de gasto.