- 3.3 Bases de la Convocatoria de Formación General y Formación de Justicia.
Las acciones se desarrollarán de acuerdo con lo recogido en los ANEXOS II y III, sin perjuicio de que, por razones organizativas sobrevenidas, el órgano responsable resuelva modificar, aplazar o, excepcionalmente, suspender la acción. En este caso, dicha circunstancia se comunicará por correo electrónico y se anunciará en la web del Instituto Andaluz de Administración Pública http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) con, al menos, 48 horas de antelación.
- 3.3.1. Personas destinatarias.
El personal en activo al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, perteneciente a los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, así como el personal de Medicina Forense destinado en los Institutos de Medicina legal de Andalucía, podrá solicitar la participación en las acciones convocadas en el ANEXO II: Formación de Justicia, primer semestre y segundo semestre, y en el ANEXO III: Formación Abierta no sujeta a convocatoria, conforme a las especificaciones que en cada una de ellas se indica.
- 3.3.2 Solicitudes.
En la cabecera de la solicitud se indicará un máximo de 4 acciones enumeradas por orden de preferencia. No se considerarán las solicitudes incompletas, que omitan alguno de los datos necesarios para la selección de las personas participantes. Todos los datos y méritos que se aleguen en la solicitud estarán referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA y será obligatorio el uso del correo corporativo y la inclusión de un teléfono de contacto, eliminándose todas aquellas solicitudes que no lo incluyan.
En el caso de las acciones formativas de modalidad presencial sólo se podrá solicitar la participación en aquellas acciones formativas programadas en las respectivas provincias donde radique el centro de trabajo de la persona solicitante, excepto el personal de Medicina Forense que puede solicitar cualquiera de las acciones programadas para este personal. Asimismo, se indican en el ANEXO II las acciones que tienen ámbito laboral o de personal destinatario preferente. Estos criterios de preferencia no excluyen al resto del personal, que podrá acceder a las acciones formativas si quedasen plazas vacantes.
- 3.3.3. Criterios de Selección.
- Participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el año 2018, dando preferencia a quienes hayan realizado un número inferior de acciones formativas. Quedan excluidos de este cómputo las acciones formativas impartidas en la modalidad formación abierta, jornadas, cursos de idiomas y cursos de la Escuela de Innovación Docente.
- Cuando las acciones de formación coincidan en número, se tendrá en cuenta el número de horas realizadas, dando preferencia a quienes hayan realizado un número inferior de horas.
- En aquellos casos que los criterios anteriores mantengan la igualdad entre varias personas solicitantes, se aplicarán estos mismos criterios referidos al año 2017, y así sucesivamente hasta resolver la adjudicación de plazas.
- Además, para la convocatoria de las acciones formativas del segundo semestre en junio se tendrá en cuenta también la participación en acciones formativas del Instituto Andaluz de Administración Pública u homologados por éste en el primer semestre del año 2019, que se sumarán al total de acciones referidas en los apartados anteriores.
- 3.3.4. Resultado de la selección.
Efectuada la selección, se publicará en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública:(http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/) la lista de personas ordenada alfabéticamente, con indicación de si han sido admitidas en una acción formativa, si están en lista de suplentes, o si no han obtenido plaza o reserva en ninguna acción formativa.
Además, a las personas seleccionadas se les notificará el comienzo de la acción formativa en la que obtuvo plaza y los datos pertinentes de fecha de inicio, así como de lugar y horario en su caso, en la dirección de correo corporativo.
Si durante el proceso de selección se detectara que los datos que figuran en la solicitud no son ciertos o que la persona solicitante no cumple los requisitos de acceso a alguna de las acciones solicitadas, dicha persona quedará excluida del proceso de selección.
- 3.3.5. Indemnizaciones por la asistencia a acciones formativas del personal de Justicia.
La orden de viaje deberá ser autorizada previamente por la persona titular de la Secretaría General Provincial de la Consejería de Justicia e Interior de la provincia donde radique el puesto de trabajo. Las liquidaciones se realizarán una vez desarrolladas las acciones formativas y acreditada la asistencia a las mismas, y en ningún caso se efectuarán anticipos de gasto.
La concesión de la licencia y autorización de la orden de viaje estarán supeditadas a las necesidades del Servicio de origen.
- 3.3.6. Indemnizaciones por la asistencia a las acciones formativas de la Escuela de Innovación docente y a las de los Programas de Comunidades de Práctica, Evaluación de Políticas Públicas, Gestión del Conocimiento e Innovación.
Las liquidaciones se realizarán una vez desarrolladas las acciones formativas y acreditada la asistencia a las mismas, y en ningún caso se efectuarán anticipos de gasto.