Como ya se avanzó en el Informativo de los temas tratados, en el Punto 3 aparecía este asunto:”Negociación de las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía.“

   Se nos presenta el borrador de la convocatoria para cubrir 15 puestos en el Cuerpo Superior Facultativo, Especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía (A1.2200) personal propio del IAIFAPAPE.

   El sistema selectivo específico y el desarrollo es el previsto en el Decreto 240/2008, de 13 de mayo, que modifica el 359/2003. Este Decreto regula que el sistema de acceso es el concurso oposición libre, y que la fase de concurso se celebrará en primer lugar y será eliminatoria.

  Desde SAF solicitamos que se establezca un plazo en el procedimiento, que la fase de concurso no fuera eliminatoria (como determina la doctrina del Tribunal Constitucional y el Art. 61.3 TREBEP), y que la fase de oposición se regule...ya que no hay temario. El primer examen es de idioma y todo el proceso ni es objetivo ni objetivable.

   Se nos contestó por la Administración que las garantías que establece el Tribunal constitucional no afectan a procesos específicos como éste (¿¿¿???), y que las bases propuestas coinciden con otros procedimientos específicos como los convocados por el CSIC.

   Pues bien, vamos a desmontar las afirmaciones de los representantes de la DGRRHHFP, del IAIFAPAPE y del IAAP, ya que no se corresponden con la realidad, o lo que es lo mismo, se falsea.

   Por parte de la Administración ante nuestra oposición a un sistema selectivo de concurso oposición y donde la fase de concurso es eliminatoria y previa a la oposición (oposición sin temario alguno), el Subdirector de Ordenación y Regulación, así como la Secretaria General del IAIFAPAPE se nos responde que “las bases propuestas coinciden con otros procedimientos específicos como los convocados por el CSIC”.

   Pues bien, tal es la falsedad de las manifestaciones vertidas por la Administración, que en el CSIC el acceso a Cuerpos de Investigación es por oposición libre con temario aprobado en la convocatoria para cada uno de los Cuerpos de Técnicos Especializados, como se puede comprobar en la Resolución de 13 de febrero de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos Especializados de los Organismos Públicos de Investigación (BOE núm. 43 de 20 de febrero de 2017).

   Pero es que incluso la promoción interna a dichos Cuerpos se realiza por concurso oposición, con la fase de oposición previa y con temario aprobado y sin que el concurso sea eliminatorio. (BOE núm. 135 de 07 de junio de 2017).

   Nuestra organización sindical impugnará todo aquel procedimiento selectivo cuyas bases no cumplan los principios constitucionales de acceso, y un proceso donde el concurso es previo y eliminatorio y la fase de oposición no tiene temario publicado alguno, es manifiestamente impugnable por contradecir los principios de igualdad, mérito y capacidad.

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