EL SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS LOGRA, POR LA VÍA DE LA EJECUCIÓN FORZOSA, QUE 19 JEFATURAS DE SERVICIO DEJEN DE PROVEERSE POR LIBRE DESIGNACIÓN, DECLARÁNDOSE NULA UNA MODIFICACIÓN DE RPT OPERADA PARA ELUDIR EL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA JUDICIAL FIRME DEL TSJA.
No obstante, la Junta de Andalucía, en su proceder habitual, realizó una modificación de la RPT (BOJA nº 72/2014, de 14 de abril) en pleno periodo de ejecución de sentencia: En vez de pasar la forma de provisión de estos puestos a ser por “concurso de méritos (PC)”, creó la artimaña de convertir las Jefaturas de Servicio (Niveles 28 y 27) en Asesorías Técnicas (Nivel 26), cambiando completamente las funciones y características del puesto en una estrategia que no sorprende en una Administración en la que hay más de 900 Jefaturas de Servicio.…. ninguna está provista por Concurso de Méritos.
Ante lo que entendimos como una ejecución fraudulenta de sentencia, uno de los funcionarios afectados por la misma decidió interponer demanda ejecutiva, contando para ello con el asesoramiento del SAF a través de nuestro Gabinete Jurídico. Tras todo ello, el Auto de 9 de noviembre de 2018 del TSJA, concluye que:
A.- “ …el ejecutante en que concurre el supuesto prevenido en el art. 103.4 de la LJCA, y, en consecuencia, procede declarar la nulidad de la Resolución de 21 de marzo de 2014 de la D.G. de Planificación y Organización de los Servicios Públicos, por entender que se ha dictado con la finalidad de eludir el fallo de la sentencia”. Y además:
B.- “Que la Administración autonómica proceda a la provisión de los puestos de trabajo relacionados en el fallo de la sentencia mediante una modalidad distinta a la libre designación, con expreso mantenimiento de la denominación, función y derechos de todo tipo con que tales puestos estaban descritos en la resolución impugnada.”
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ