El truco contable de la Junta deja fuera miles de facturas y pagos correspondientes al ejercicio de 2011.

11-12-23Por primera vez se modifica la Orden reguladora del cierre, adelantando el plazo para contabilizar en fase previa los pagos a terceros a escasos dos días de finalizar el nuevo plazo dado.

Las operaciones contables de cierre del ejercicio aparecen reguladas mediante una Orden de carácter anual que dicta la Consejería de Hacienda y que generalmente se publican en BOJA en el mes de octubre de cada año (Ver en prensa).

Esta norma sirve fundamentalmente para establecer los plazos de que disponen los diferentes órganos gestores de la Junta de Andalucía (como por ejemplo los Servicios de Contratación, de gestión económica o de tramitación de subvenciones) para grabar en el Sistema Júpiter en fase de contabilidad previa, todos aquellos gastos o expedientes de gastos que, en sus distintas fases de ejecución, corresponden a ese ejercicio. A titulo de ejemplo sería como grabar "el borrador" de la declaración de la renta de todos los años. Dichos "borradores" han de ser verificados, también dentro de un determinado plazo, por parte de la Intervención y así convertirse en "definitivos" formando parte de la contabilidad pública oficial de la Junta.

Tradicionalmente, entre otros y generalizando, el plazo para grabar los expedientes que implican únicamente un compromiso frente a terceros (como por ejemplo la firma de un contrato con un proveedor) ha sido hasta el 30 de noviembre de cada año. Del mismo modo, el plazo para grabar los expedientes que implican un pago a terceros ha sido el último día laborable de diciembre. Por su parte las Intervenciones disponen normalmente hasta el 20 de Enero para fiscalizar y contabilizar definitivamente esos gastos.

El ejercicio 2011 no iba a ser distinto a los anteriores. De este modo el 19 de octubre de 2011 se dicta la Orden de cierre que reproducía los plazos descritos anteriormente. Sin embargo, un poco más de un mes después, el 28 de noviembre de 2011, se publica una modificación de la que hasta el momento no se tenía ningún conocimiento. Esta modificación, denuncia el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, supone que tanto los expedientes que implican un compromiso con terceros como los pagos a terceros tendrán la misma fecha de contabilización en fase previa o en "borrador" que será el 30 de noviembre. Es decir todos los órganos gestores, que hasta ese momento disponían de 32 días para grabar los pagos a proveedores (hasta el 30 de diciembre) pasan a tener solo 2 días. Al disponer de un mes menos se quedaron fuera del ejercicio un volumen extraordinario de gastos (facturas, certificaciones de obra, etc.) realizados e imputables al 2011. En cualquier caso y como ya hemos dicho, a partir de aquí, la Intervención dispone hasta el 20 de enero de 2012 para comprobar la legalidad de estos expedientes y proceder a contabilizarlos definitivamente.

Según los medios de comunicación la Junta de Andalucía aduce como razones para este precipitado cambio de criterio, asegurar el cumplimiento de los compromisos de pago de la comunidad y cumplir el "exigente" objetivo de estabilidad presupuestaria para el año 2011 que está fijado en un déficit máximo del 1,3 % del PIB regional. Igualmente aclaran que este adelanto de fechas también se ha producido en otras comunidades como Galicia, Murcia, Castilla y León, País Vasco, Madrid y Cataluña. Ahora bien, respecto a estas comunidades, hay que aclarar que:

1.- Ninguna de ellas, a diferencia de Andalucía, ha tenido que rectificar ninguna Orden anterior. Lo cual supone ya una falta de planificación en un tema tan importante.

2.- Castilla y León, Madrid y Cataluña mantienen las mismas fechas de cierre respecto al año 2010. Por tanto es falsa esa información ya que, si bien adelantan los plazos, no los reducen respecto a años anteriores permitiendo a los órganos gestores grabar los expedientes a tiempo.

3.- De los restantes casos la Comunidad Autónoma que más ha reducido su plazo ha sido Andalucía con 30 días (y advirtiéndolo a tan solo 3 días de su conclusión) seguida de Galicia (15 días menos), Murcia (13 días menos) y País Vasco (10 días menos).

De forma inédita la Consejería de Hacienda, a través de la Intervención General, cursa una comunicación en enero de 2012 vía email dirigida a todas las Intervenciones Delegadas para que todos los expedientes de gasto, salvo determinadas excepciones, correspondientes al cierre del ejercicio 2011 que aún no hayan sido contabilizados definitivamente sean devueltos masivamente a los órganos gestores sin más explicación que el literal de un simple código informático "Rechazo nº 14: Resolución Suspensión Contabilidad".

A este respecto, el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía denuncia que:

a) Es la primera vez que se produce.

b) Afecta a una generalidad de expedientes cuantitativa y cualitativamente muy importante por afectar incluso a expedientes cofinanciados con fondos de la Unión Europea y con ingresos de carácter finalista.

c) No se acorta o adelanta el plazo dado a las Intervenciones para terminar sus trabajos de contabilización. Se ordena, sin más, paralizar los trabajos mediante un simple email vulnerando el plazo regulado mediante una norma jurídica como es la Orden de 10 de octubre de 2011 publicada oficialmente en el BOJA y que solo otra Orden puede modificar.

d) Todos esos expedientes de gasto correspondientes al ejercicio 2011 (facturas, certificaciones, etcétera) devueltos a los órganos gestores y que hasta ese momento estaban grabados en la contabilidad previa o "en borrador" han dejado de existir para el Sistema Júpiter, y por tanto, para los Registros oficiales de la Junta de Andalucía. Es decir, oficialmente a efectos de la liquidación del ejercicio 2011 la Junta de Andalucía jamás ha realizado tales gastos. A ellos habría que sumar todos los expedientes que quedaron fuera del cierre del ejercicio por imposibilidad de tramitarlos a tiempo ya que recordemos que se adelantó el plazo al 30 de noviembre del año pasado. Por lo tanto, se está distorsionando intencionadamente la cifra final de déficit en que se haya podido incurrir en ese ejercicio.

e) Todos esos expedientes de gasto sin tramitar o devueltos que suponen obligaciones económicas para la Junta de Andalucía y propuestas de pago a terceros correspondientes al año pasado tendrán que ser tramitados nuevamente en 2012. Lo que significa que todos los procedimientos se demoran en, al menos dos meses más, con el consiguiente perjuicio para proveedores, contratistas, beneficiarios de subvenciones, etc. y además supone aumentar el importe de los intereses de demora exigibles por retraso en los pagos por parte de la Junta de Andalucía con el consiguiente perjuicio para las arcas públicas.

Ante estas inquietantes noticias, el Sindicato se pregunta ¿cuál es la intención real de modificar las fechas del cierre del ejercicio presupuestario? ¿Es legal realizar estas modificaciones? Y si es así ¿es tan fácil manipular los datos de los gastos y deuda por parte de un gobierno para confundir a los ciudadanos? Aún con una profunda crisis en la que, más que nunca, los ciudadanos debemos estar informados de dónde van nuestros impuestos, que no paran de subir. Entonces, ¿qué responsabilidad pueden tener los políticos que modifican a su antojo las leyes y normas contables en su propio interés?

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