Casi 160 puestos de libre designación han sido anulados a lo largo de este año en sentencias firmes a instancia de SAFJA.

tribunal_supremoEl Gobierno andaluz se está encontrando con un muro judicial en su política de creación de puestos de libre designación. La Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección séptima, del Tribunal Supremo ha vuelto a dictar una nueva sentencia firme, la décima este año, contra la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública, actuales Consejería de Gobernación y Justicia y Consejería de Hacienda y Administración Pública, anulando 21 puestos "a dedo" (Ver sentencia) (Ver en prensa).

Como en otras ocasiones, el fallo establece que la creación de estos puestos no está suficientemente justificada y, en concreto, anula los PLD citados anteriormente, siendo ya 157 los puestos anulados en lo que va de año y diez sentencias firmes que dan la razón a SAFJA en su lucha contra la designación "a dedo".

De la misma manera, el Tribunal Supremo hace balance y asevera en la sentencia que "se puede llegar a la conclusión de que la voluntad de la Junta parece consistir en establecer, como forma normal y generalizada de provisión de puestos de trabajo con nivel de complemento de destino 26 o superior, el de la libre designación". "Este planteamiento -continúan los magistrados- debe ser rechazado, por cuanto tiende a dar carta de normalidad a un sistema de provisión que (...) constituye un mecanismo extraordinario o excepcional de provisión de plazas" e insisten en la justificación "caso por caso" de cada uno de los puestos creados.

El modo de operar de la Administración en este ámbito sigue siendo el mismo, tras una sentencia ganada en primera instancia de SAFJA, la Administración recurre hasta el fallo firme del Supremo. En este sentido, este Sindicato, pionero en estas batallas, siempre ha manifestado su disconformidad ante esta forma de actuar de la Administración. El último escándalo protagonizado por el Decreto 250/2011, donde se modifica parcialmente y se actualiza la RPT de la Administración General de la Junta, correspondiente a varias Consejerías. Este Decreto, recurrido por SAFJA ante el Alto Tribunal andaluz, aglutina, nada más y nada menos, que 255 puestos "a dedo" sin especificar los requisitos para su desempeño y carece de suficiente motivación sobre la preferencia de cobertura de las plazas por el sistema de la libre designación frente a los sistemas convencionales y ordinarios que prevén las Leyes de Función Pública en la materia (Ley 6/1985 y Decreto 2/2002 de 9 de enero).

SAFJA no se da por vencido y más aún cuando son numerosas las sentencias dictadas contra esta forma de ocupación que señalan el concurso como el sistema normal de provisión de puestos de trabajo y recuerdan que la Ley califica la libre designación como excepcional.

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