¡SEGUNDA SENTENCIA CONTRA LA AGENCIALIZACIÓN!
¡ENHORABUENA COMPAÑEROS!

segunda sentencia sae asociaciones(Viñeta de ROPO en Por Andalucía Libre). Como ya hizo con la anterior sentencia, SAFJA vuelve a dar la enhorabuena por este nuevo éxito que, además, es firme y repercute en todos y cada uno de los funcionarios públicos. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha vuelto a dar un nuevo golpe a la Agencialización, esta vez definitivo, a instancia de la Asociación Al-Andalus de Empleados Públicos de la Junta y la Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública (Ver en prensa).

Así, "la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, estimando el recurso interpuesto por la Asociación Al-Andalus de Empleados Públicos de la Junta de Andalucía y la Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública, ha dictado sentencia con fecha 15 de noviembre y de la que se ha tenido conocimiento hoy mismo, por la que, en trámite de apelación, acuerda suspender cautelarmente la integración del personal, procedente de las antiguas empresas públicas y fundaciones, en la nueva Agencia Servicio Andaluz de Empleo (SAE).

La suspensión implica que, automáticamente, ese personal debe dejar de ejercer sus funciones en el SAE, por lo que la importancia de esta resolución es extraordinaria.

La transcendencia de esta sentencia es mayor aún si se tiene en cuenta que la suspensión la acuerda no ya un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo como sucediera en el caso de la Agencia de Medio y Agua, sino el Tribunal Superior que tiene la competencia última para resolver los recursos contra las sentencias y autos que puedan dictar los Juzgados ante los que se han recurrido los Protocolos de Integración.

La Sala se basa en su reciente sentencia de 2 de noviembre de 2011 que anulaba la integración operada en la Agencia de Instituciones Culturales, y reitera su criterio de que dicha integración no respeta los principios rectores de acceso al empleo público exigidos en la Constitución Española y demás normativa de aplicación, es decir, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y que vulnera por lo tanto los artículos 23.2 y 14 de la Constitución, lo que supone un desprecio al Estado de Derecho.

Considera la Sala que ese supuesto es idéntico al del SAE y que por lo tanto, siendo ése el criterio de la Sala respecto del fondo del asunto, debe procederse a la suspensión de la integración cautelarmente, para así evitar la frustación de la sentencia final que se dicte.

Esta resolución significa en definitiva que ene este caso del Protocolo del SAE cuanto menos, se paralice todo el proceso de integración de los trabajadores procedentes de las antiguas empresas y fundaciones públicas en la nueva Agencia Pública, dejando de prestar sus funciones en esta Administración, hasta tanto existan pronunciamientos firmes y definitivos de los Tribunales.

En aras de la seguridad jurídica y de evitar perjuicios irreparables, los compañeros de las Asociaciones instarán ante los Tribunales las acciones que correspondan para que la suspensión del proceso de integración en las nuevas Agencias Públicas se generalice y se haga efectivo, bien mediante la adopción de medidas cautelares, bien mediante la ejecución provisional de las sentencias de fondo que están comenzando a dictarse" (Texto correspondiente al informativo facilitado por los abogados y las asociaciones recurrentes).

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¡GRACIAS A TODOS LOS QUE ESTÁN LUCHANDO
POR LA DEROGACIÓN DE LA LEY DEL ENCHUFISMO!