El Sindicato destaca la profesionalidad, la imparcialidad y la legalidad en el desempeño de sus funciones de este personal funcionario.

imagen webAlmería.- El Delegado Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en la provincia de Almería, imputado como consecuencia de la autorización de un cambio de uso de un terreno forestal al agrícola, ha dado entender en su declaración ante la jueza instructora, según se ha publicado en prensa, que no tenía responsabilidad alguna sobre el asunto y que se "limitó" a "dar el ok" a las propuestas de resolución favorables "hechas por los técnicos". El Delegado se refiere a un informe del Jefe de Servicio, PLD, no de los técnicos (Ver en prensa).

SAF muestra su apoyo a los funcionarios de la Delegación Territorial almeriense y subraya la profesionalidad, la imparcialidad y la dignidad con las que realizan su trabajo, caracterizado por el estricto cumplimiento y sometimiento a la ley.

SAF manifiesta su hastío ante el constante refugio en el parapeto de las responsabilidades políticas para obviar las directrices exigibles para algunos y no para el resto de ciudadanos almerienses.

SAF afirma que el cambio de uso de un terreno forestal al agrícola es un procedimiento que está debidamente reglada a través de las Instrucciones publicadas el 18 de agosto de 2011 por la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en las que se recogen de forma explícita los informes necesarios y la legislación aplicable a estos expedientes de cambio de uso.

Estos expedientes son necesarios para realizar este tipo de transformación en el suelo y deben ser realizados por los servicios técnicos de la Administración y refrendados por el máximo responsable en la provincia, o lo que es lo mismo, por el Delegado Provincial. SAF recuerda que, en ocasiones, los servicios administrativos superiores al personal técnico sugieren que las exigencias establecidas en las Instrucciones queden en "meras recomendaciones", alegando cuestiones que quedan al margen del personal técnico.

SAF entiende que es la autoridad judicial la que considerará si correspondía o no la autorización, quién o quienes son los responsables de otorgar dicha autorización a la vista de los citados expedientes y, en consecuencia, depurará responsabilidades.

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