El recurso reitera la petición formal, omitida por el Auto, de acumulación al procedimiento que por la misma causa se sigue en el Juzgado número seis.

imagen recurso 42 altos cargosEl Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, presenta un recurso de reforma y subsidiario de apelación ante el Juzgado de Instrucción número nueve de Sevilla contra el Auto de 24 de octubre de 2014 que acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la denuncia contra 42 altos de cargos y ex altos cargos de la Junta de Andalucía y de siete agencias públicas y entes instrumentales (Ver primera página del recurso) (Ver en prensa).

SAF rebate, con el máximo respeto, cada argumento establecido en el Auto que pasa de puntillas por el fondo del asunto. El Sindicato expone que no se ha entendido el trasfondo de lo denunciado, ni la gravedad de los hechos expuestos que, en modo alguno, están alejados de la punibilidad penal.

El recurso aclara que el Auto omite la petición formal de acumulación al procedimiento que por la misma causa se sigue en el Juzgado de Instrucción número seis, bajo diligencias previas 6324/2013, e insiste en los posibles delitos de prevaricación, usurpación de potestades públicas y malversación de fondos. Además, el Sindicato manifiesta su sorpresa ante la celeridad en dictar el sobreseimiento provisional, sin práctica de prueba alguna.

En el recurso, SAF insiste que la prolija prueba documental presentada da fe de la participación de personal ajeno a la Función Pública en labores que los propios tribunales consideran potestades públicas como son inspección, sanción, concesión de subvenciones, etcétera, reservadas a funcionarios vulnerando el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Protección de Datos, al tener acceso a datos de ciudadanos con claves del personal funcionario. Según SAF, los hechos denunciados deben ser aval suficiente para, al menos, considerar su investigación y un análisis exhaustivo. La sociedad lo demanda y la justicia no puede hacer oídos sordos ante un clamor, cada vez más generalizado.

El ciudadano o la empresa que solicita una ayuda pública confían que la misma será valorada y resuelta con respeto absoluto al Derecho y a la ley que, precisamente, establece que en las Mesas de Contratación habrá personal funcionario encargado de velar por la legalidad del procedimiento con objetividad.

SAF señala que la discrecionalidad y la arbitrariedad de los responsables de personal, tanto de la Administración andaluza como de las Agencias, es patente en el distinto trato realizado a la hora de adscribir el personal funcionario, en base a la atribución estatutaria de potestades.

El Sindicato recuerda que la denuncia aporta un análisis sobre una muestra de contratos adjudicados, ayudas y subvenciones gestionadas desde 2011 por una cantidad estimada de más de 950 millones de euros tramitados por agencias y entes, exceptuando las de cuantía inferior a 3.000 euros, por no ser obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En definitiva, SAF entiende que los hechos denunciados van más allá del mero control de legalidad ordinario en vía administrativa y solicita que se revoque la resolución dictada y se ordene la práctica de la prueba interesada, continuando las diligencias por los trámites de ley.

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