El Sindicato exige que se revise de oficio el procedimiento, vuelva a llevarse a cabo conforme a la legalidad y se diriman responsabilidades.
Málaga.- El Sindicato Andaluz de Funcionarios, SAF, ha presentado un escrito ante la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Málaga para solicitar la inmediata revisión de oficio de la provisión del puesto de libre designación (PLD) de la jefatura de Servicio de Formación para el Empleo en Málaga por el procedimiento de artículo 30 de la Ley 6/1985 de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía (Ver en prensa).
El Decreto 2/2002 establece que "los puestos de trabajo de libre designación y, por tanto, de libre remoción se proveerán mediante convocatoria pública anunciada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»", requisito que no se ha llevado a cabo.
Si la provisión de los PLD se ha realizado por artículo 30, no se ha seguido el cauce procedimental previsto legalmente (convocatoria en BOJA, propuestas, informes, publicación del nombramiento etc.), por lo que el Sindicato pide en su escrito que se declaren nulas las actuaciones practicadas y se diriman responsabilidades. Así, insiste SAF, debe realizarse un proceso de provisión de la citada plaza acorde con lo establecido en la legislación vigente y se tengan en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad para obtener una Administración más independiente.
Es más, dictar una resolución arbitraria sabiendas, puede llevar aparejada la posible exigencia de responsabilidades penales previstas en el Código Penal así como disciplinarias por comisión de falta disciplinaria muy grave prevista en la Ley 7/2007.
La libre designación o la apreciación discrecional no puede convertirse en arbitrariedad, el proceso de selección debe cumplir los principios establecidos en la Constitución Española. Este tipo de actuaciones es una demostración de la dedocracia que se realiza también en el ingreso de personal en las agencias y en el acceso a PLD.
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